Tercera Enmienda de la Constitución de la India - Third Amendment of the Constitution of India
Ley de la Constitución (Tercera Enmienda) de 1954 | |
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Parlamento de la India | |
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Citación | 3ra Enmienda |
Extensión territorial | India |
Promulgado por | Lok Sabha |
Aprobado | 23 de septiembre de 1954 |
Promulgado por | Rajya Sabha |
Aprobado | 28 de septiembre de 1954 |
Aceptó | 22 de febrero de 1955 |
Firmado por | Rajendra Prasad |
Comenzó | 22 de febrero de 1955 |
Historia legislativa | |
Bill presentado en el Lok Sabha | Proyecto de Ley de la Constitución (Tercera Enmienda), 1954 |
Proyecto de ley publicado el | 6 de septiembre de 1954 |
Presentado por | TT Krishnamachari |
Informe del comité | Informe del proyecto de ley del Comité Conjunto de la Constitución (Tercera Enmienda), 1954 |
Fecha aprobada por el comité de la conferencia | 20 de septiembre de 1954 |
Estado: vigente |
La Tercera Enmienda de la Constitución de la India , oficialmente conocida como Ley de la Constitución (Tercera Enmienda) de 1954 , volvió a promulgar la entrada 33 de la Lista Concurrente en la Séptima Lista de la Constitución con relación a incluir el comercio y la producción , suministro y distribución de 4 clases de productos esenciales, productos alimenticios , incluyendo comestibles semillas oleaginosas y aceites ; forrajes para ganado , incluidas tortas oleaginosas y otros concentrados; prima algodón si desmotado o sin desmotar, y semillas de algodón ; y yute crudo .
Texto
SEA promulgado por el Parlamento en el quinto año de la República de la India de la siguiente manera:
1. Título abreviado Esta Ley puede denominarse Ley de Constitución (Tercera Enmienda) de 1954.
2. Enmienda del Séptimo Anexo En el Séptimo Anexo de la Constitución, para la entrada 33 de la Lista III , se sustituirá la siguiente entrada, a saber: -
"33. Comercio y producción, suministro y distribución de:
- a) los productos de cualquier industria en la que el Parlamento declare por ley que el control de dicha industria por parte de la Unión es conveniente para el interés público, y las mercancías importadas del mismo tipo que dichos productos;
- b) productos alimenticios, incluidos los aceites y semillas oleaginosas comestibles;
- c) forrajes para ganado, incluidas tortas oleaginosas y otros concentrados;
- d) algodón en rama, desmotado o sin desmotar, y semillas de algodón; y
- (e) yute en bruto ".
El texto completo de la entrada 33 de la Lista concurrente, antes de la 3ra Enmienda, se muestra a continuación:
33. El comercio y la producción, el suministro y la distribución de los productos de las industrias en las que el Parlamento declara por ley que el control de dichas industrias por parte de la Unión es conveniente para el interés público.
Propuesta y promulgación
El proyecto de ley de la Constitución (Tercera Enmienda) de 1954 se introdujo en la Lok Sabha el 6 de septiembre de 1954, como el Proyecto de Ley de la Constitución (Tercera Enmienda) de 1954 (Proyecto de Ley Nº 40 de 1954). Fue presentado por TT Krishnamachari , entonces ministro de Comercio e Industria . El proyecto de ley buscaba el Séptimo Anexo de la Constitución, sustituyendo una nueva entrada por la entrada original 33 de la Lista III ( Lista Concurrente ). El texto completo de la Declaración de Objetos y Motivos adjunta al proyecto de ley se proporciona a continuación:
La entrada 33 de la lista concurrente permitió al Parlamento legislar con respecto a las industrias declaradas bajo control de la Unión. Además, el artículo 369 faculta al Parlamento, por un período de cinco años, para legislar con respecto a determinados productos básicos esenciales. No se consideró aconsejable que después de la expiración del artículo 369 se controle la producción, el suministro y la distribución de algunos de estos productos básicos. El proyecto de ley busca ampliar la Entrada 33 de la Lista Concurrente en consecuencia.
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Preámbulo |
La Lok Sabha presentó una moción para remitir el proyecto de ley a un Comité Conjunto el 10 de septiembre y fue adoptada el 13 de septiembre. El Rajya Sabha aprobó la moción el 16 de septiembre de 1954. El Comité Conjunto presentó su informe al Lok Sabha el 20 de septiembre. El Rajya Sabha aprobó el proyecto de ley el 28 de septiembre de 1954. El proyecto de ley, tras la ratificación de los Estados, recibió la aprobación del entonces presidente Rajendra Prasad el 22 de febrero de 1955. Se notificó en The Gazette of India y también entró en vigor en la misma fecha. .
Ratificación
El Proyecto de Ley fue aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 368 de la Constitución, y fue ratificado por las Legislaturas de más de la mitad de los Estados especificados en las Partes A y B del Primer Anexo mediante resoluciones al efecto aprobadas por dichas Legislaturas. antes de que el proyecto de ley que prevé tal enmienda sea presentado al Presidente para su aprobación, como lo requiere dicho artículo. Las legislaturas estatales que ratificaron la enmienda se enumeran a continuación:
- Rajasthan
- Punjab
- Unión de los Estados de Patiala y Punjab Oriental
- Saurashtra
- Madhya Pradesh
- Madras
- Bihar
- al oeste de Bengala