Consejo de Asociación UE-Reino Unido - EU–UK Partnership Council

El Consejo de Asociación es un Comité Conjunto establecido tras la aplicación provisional del Acuerdo de Cooperación y Comercio UE-Reino Unido . Tiene varias tareas de gobierno dentro del TCA y complementa los acuerdos entre el Reino Unido y la UE (artículos COMPROV 2 e Inst 1.2). Cada parte del acuerdo puede remitir al Consejo cualquier asunto relacionado con la implementación, aplicación e interpretación del TCA. El consejo tiene, en los primeros años, el poder de enmendar ciertas partes de la TCA "siempre que tales enmiendas sean necesarias para corregir errores o para abordar omisiones u otras deficiencias", y tiene la capacidad de delegar algunos de sus poderes al Comité de Asociación Comercial o un Comité Especializado.

El Consejo está compuesto por representantes de la UE y del Reino Unido , y está copresidido por un miembro de la Comisión Europea y un representante a nivel ministerial del gobierno del Reino Unido . El proyecto de decisión del Consejo de la UE sobre la firma del TCA establece el derecho de cada estado miembro a estar representado en las reuniones del Consejo de Asociación como parte de la delegación de la UE. Se reúne a petición de la UE o del Reino Unido, y al menos una vez al año, con la agenda establecida de común acuerdo. El consejo está separado del mecanismo de manejo de conflictos a través de un procedimiento de arbitraje.

Acuerdos cubiertos por el Consejo

El consejo tiene un papel en el TCA y otros "acuerdos complementarios", a menos que se disponga lo contrario. A continuación se muestran los acuerdos en los que se establece un rol del consejo:

Escribe Convención Entrada en vigor Aplicación provisional Base legal Referencia
TCA Acuerdo de cooperación y comercio UE-Reino Unido 1 de mayo de 2021 1 de enero de 2021 Artículo Inst.1

Acuerdo complementario
Acuerdo sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada no en vigor 1 de enero de 2021

Esquema del marco institucional UE-Reino Unido

Secretaría

La Secretaría estará compuesta por un funcionario de la UE y un funcionario del Gobierno del Reino Unido. Realizará las tareas que le confiere el Reglamento; en particular, se ocupará de las tareas administrativas como la correspondencia entre la UE y el Reino Unido, agendas y actas. Las lenguas oficiales serán las lenguas oficiales de la UE y el Reino Unido; el idioma de trabajo será el inglés.

Comités y Grupos de Trabajo

Los artículos Int.2 e Inst.4 establecen 16 comités y 4 grupos de trabajo. Junto con el propio consejo y su secretaría existen las siguientes (sub) organizaciones.

  • Consejo de asociación
    • Secretaría del Consejo de Asociación
    • Comité de Asociación Comercial
    • Comité Especializado en Comercio de Mercancías
    • Comité Comercial Especializado en Cooperación Aduanera y Reglas de Origen
    • Comité Especializado en Comercio de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
    • Comité Especializado en Comercio de Obstáculos Técnicos al Comercio
      • Grupo de trabajo sobre productos orgánicos
      • Grupo de trabajo sobre vehículos de motor y repuestos
      • Grupo de trabajo sobre medicamentos
    • Comité Especializado en Comercio de Servicios, Inversiones y Comercio Digital
    • Comité Especializado en Comercio de Contratación Pública
    • Comité Especializado en Comercio de Cooperación Reglamentaria
    • Comité Especializado Comercial de Cooperación Administrativa en IVA y Recuperación de Impuestos y Derechos
    • Comité Especializado de Energía
    • Comité Especializado en Transporte Aéreo
    • Comité Especializado en Transporte por Carretera
    • Comité Especializado de Coordinación de la Seguridad Social
      • Grupo de Trabajo de Coordinación de la Seguridad Social
    • Comité especializado de pesca
    • Comité Especializado en Aplicación de la Ley y Cooperación Judicial
    • Comité especializado de participación en programas de la Unión

Otros posibles cuerpos

Las siguientes organizaciones pueden establecerse con base en el marco institucional:

  • Asamblea de asociación parlamentaria
  • Foro de la sociedad civil

Marcha

A marzo de 2021, se publicó 1 decisión. La prórroga de la fecha límite de aplicación provisional del acuerdo de Comercio y Cooperación hasta el 30 de abril de 2021.

Decisión Convenio Fecha Contenido Referencia
1/2021 Acuerdo de cooperación y comercio UE-Reino Unido 23 de febrero de 2021 Prórroga de la fecha límite de aplicación provisional desde el 28 de febrero hasta el 30 de abril de 2021.

Ver también

Referencias

enlaces externos