Estado TN - TN status
El estado TN o visa TN ( Trade NAFTA ) es una clasificación especial de no inmigrante en los Estados Unidos que ofrece autorización de trabajo acelerada a un ciudadano de Canadá o un nacional de México, creada como resultado de las disposiciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte que Exigir permisos de entrada y empleo simplificados para ciertos profesionales de cada uno de los tres estados miembros del TLCAN en los demás estados miembros.
Un ciudadano canadiense o mexicano con una oferta de trabajo en ciertas profesiones definidas y que cumpla con los requisitos mínimos de educación para cada profesión definida puede trabajar en los Estados Unidos, por hasta tres años. El permiso potencialmente puede renovarse indefinidamente.
El correspondiente permiso de trabajo del NAFTA de Canadá para ciudadanos estadounidenses y mexicanos a veces también se conoce extraoficialmente como estado TN o visa TN, aunque este nombre es técnicamente solo una creación de la ley estadounidense.
Tiene una similitud, en algunos aspectos, con la visa H-1B de EE. UU. , Pero también tiene muchas características únicas.
Historia
Negociación y ratificación del TLCAN
Los gobiernos de Canadá, México y Estados Unidos negociaron un acuerdo regional de libre comercio, que llegó a conocerse como TLCAN, durante la década de los ochenta. Los líderes de las tres naciones firmaron el acuerdo en sus respectivas capitales el 17 de diciembre de 1992.
El TLCAN incluyó un Apéndice 1603.D.1 que requería que cada uno de los estados miembros instituyera leyes y regulaciones para el libre movimiento temporal de ciertos profesionales entre los tres estados miembros con procedimientos especiales de inmigración simplificados.
Ley federal de los Estados Unidos
El TLCAN se implementó en la ley federal de los EE. UU. En 1993 a través de la Ley de Implementación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, HR 3450, Pub. L. 103-182, 107 Stat. 2057.
Después de la aprobación de la medida por la Cámara de Representantes y el Senado de los Estados Unidos , el presidente Bill Clinton firmó la ley el 8 de diciembre de 1993, poniendo en vigor el TLCAN el 1 de enero de 1994.
La medida insertó un nuevo subpárrafo en la sección 214 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad , codificada en el Código de los Estados Unidos , título 8, sección 1184, que establece:
Un extranjero que sea ciudadano de Canadá o México, y el cónyuge e hijos de dicho extranjero si lo acompaña o sigue para unirse a dicho extranjero, que busque ingresar a los Estados Unidos de conformidad con las disposiciones de la Sección D del Anexo 1603 del El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (en este inciso denominado 'TLCAN') para realizar actividades comerciales a nivel profesional según lo dispuesto en dicho Anexo, podrá ser admitido para tal fin de conformidad con los reglamentos del Fiscal General promulgados después de consultar con los Secretarios. de Estado y Trabajo, para propósitos de esta Ley, incluyendo la emisión de documentos de entrada y la aplicación de la subsección (b), dicho extranjero será tratado como si buscara clasificación, o clasificable, como no inmigrante bajo la sección 101 (a} (15 ).
Regulaciones federales de Estados Unidos
El reglamento descrito en la Ley de Implementación del TLCAN fue promulgado el 30 de diciembre de 1993, en un reglamento titulado "Entrada temporal de personas de negocios bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)".
Enmendó la sección 214.6 del Código de Regulaciones Federales , título 8, para proporcionar procedimientos para "ciudadanos canadienses y mexicanos que buscan entrada temporal para participar en actividades comerciales a nivel profesional".
La sección establece que "De conformidad con el TLCAN, un solicitante que busque admisión bajo esta sección deberá demostrar actividad comercial a nivel profesional en una de las profesiones establecidas en el Apéndice 1603.D.1 al Anexo 1603" y luego establece las profesiones acordadas por parte de los estados miembros del TLCAN.
Descripción
La categoría de visa "Profesionales bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte" (NAFTA), también conocida como visa TN (Tratado NAFTA ), está disponible solo para ciudadanos de Canadá y México, bajo los términos del NAFTA. A partir de 1989 y continuando hasta 1993, las personas calificadas que practicaban una de las profesiones identificadas en el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos (CUSFTA) pudieron obtener el estatus de CT para el trabajo legal en los Estados Unidos y Canadá, creando libertad de movimiento laboral. En 1994, el estatus TN se hizo efectivo a través del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA), que reemplazó a CUSFTA.
Calificaciones
Una persona puede ser elegible para el estatus TN, si:
- El posible empleado es ciudadano de Canadá o México;
- La profesión es una de las que se cita en el tratado NAFTA;
- La empresa que busca obtener el estatus TN con el posible empleado cumple con las calificaciones citadas bajo el tratado NAFTA;
- El posible empleado ha recibido una oferta de empleo formal, por escrito, de tiempo completo o parcial en los Estados Unidos, Canadá o México;
- El posible empleado tiene las calificaciones para ejercer en la profesión en cuestión.
Período inicial de estadía
Una vez que se otorga el estatus TN, es válido por hasta tres años, pero solo para el empleador específico para el cual se solicitó originalmente. Cambiar de empleador requerirá comenzar desde cero con una nueva aplicación. Si se desea trabajar con un solo empleador durante más de tres años, puede renovarse indefinidamente.
Antes del 16 de octubre de 2008, el período inicial de estadía para un titular de estatus TN era de hasta un año solamente.
Renovación
La renovación se logra mediante una renovación por correo dentro de los Estados Unidos o regresando a la frontera y, en efecto, presentando una nueva solicitud.
Sin embargo, el estatus TN puede renovarse indefinidamente en incrementos de tres años, pero no es una visa permanente y si los funcionarios de inmigración de EE. UU. Sospechan que se está utilizando como una tarjeta verde de facto , entonces pueden optar por denegar renovaciones adicionales. El conjunto de ocupaciones permitidas para solicitar el estatus TN también es bastante más limitado que para la visa H-1B .
La renovación es posible, en teoría, de forma indefinida, pero el estado TN no sustituye a la residencia permanente (una tarjeta verde ), y el funcionario fronterizo tiene la discreción de rechazar renovaciones adicionales si siente que se está abusando de la capacidad de renovación indefinida. La forma en que esto suceda en la práctica depende en gran medida del estado de ánimo del funcionario fronterizo individual. Algunos canadienses han renovado con éxito su estatus TN durante una década o más; otros han descubierto que después de 3 a 4 años, un funcionario fronterizo puede negar la renovación.
Dependientes
El cónyuge y los hijos dependientes menores de 21 años de un profesional de TN pueden solicitar el estatus de TD (TD-1 para los miembros de la familia de un trabajador ciudadano canadiense, o TD-2 para los de un trabajador mexicano). El estado de TD no se puede otorgar por más tiempo que el período de tiempo otorgado al titular profesional principal de TN.
El estado de TD no les permite trabajar, aunque se les permite asistir a la escuela. En la mayoría de los estados, se aplicarán tarifas de matrícula para no residentes para las instituciones postsecundarias. Si el cónyuge que solicita la condición de TD no es ciudadano canadiense, por lo general aún calificará para la condición de TD, pero primero debe solicitar una visa de TD formal en un consulado de los EE. UU.
Los consulados de EE. UU. Informan de 3.000 a 4.000 visas TD emitidas en cada año fiscal de EE. UU. De 2007 a 2009; esto incluye visas emitidas tanto a familiares de titulares de visas TN-2 mexicanas como a familiares no canadienses de participantes canadienses TN-1.
Ciudadanos canadienses
Para los canadienses, el estatus TN no implica una visa. Los profesionales canadienses son admitidos en los Estados Unidos con estatus TN-1 en la frontera. Los ciudadanos canadienses no están obligados a obtener una visa, sino que reciben el estado TN con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los EE. UU. En su puerto de entrada (lo más común es que se haga al entrar a los Estados Unidos desde Canadá, pero la entrada en el estado TN es permitido en cualquier puerto de entrada, como un aeropuerto con autorización previa en la frontera de los Estados Unidos ). El estatus TN solo se otorgará si el período de estadía es temporal . No hay recurso de apelación si a uno se le niega el estatus TN.
La ciudadanía canadiense para propósitos de estatus TN puede ser por descendencia o naturalización. Aquellos con calificaciones de fuentes fuera de Canadá o los EE. UU. Deben demostrar la equivalencia con los requisitos de los EE. UU.
Los canadienses tienen dos procedimientos alternativos para solicitar el estatus TN. Uno yendo directamente a su puerto de entrada y el otro enviando su solicitud por correo a la oficina de procesamiento designada antes de su viaje previsto a los Estados Unidos [tiempo de procesamiento de dos a seis meses, a menos que use el servicio de Procesamiento Premium]; Los canadienses que ya se encuentran en EE. UU. Podrían hacer lo mismo, sin tener que irse.
Directamente a un puerto de entrada
Solicitar este estatus es un procedimiento bastante simplificado. El canadiense en el puerto de entrada de EE. UU. Debe:
- Solicitar estado TN;
- Presentar un comprobante de una oferta de trabajo de un empleador con sede en los EE. UU., En forma de una carta de empleo que detalle un empleo temporal por no más de tres años;
- Traiga la documentación original y proporcione una copia del título universitario y los registros de empleo del solicitante que establezcan la calificación para el posible trabajo;
- Presentar una prueba de ciudadanía canadiense (pasaporte); y
- Pague una tarifa de US $ 50 (más $ 6 adicionales en un cruce terrestre o marítimo; esto se incluye en los boletos de avión al llegar por aire).
El oficial de inmigración de los EE. UU. Adjudicará la solicitud en el lugar y otorgará o denegará el estatus TN. Si la decisión es otorgar el estatus TN, el canadiense ingresa inmediatamente a los EE. UU. Y comienza a trabajar en TN. Si la decisión es denegar, el oficial de inmigración a menudo detallará las deficiencias en la solicitud; si estos son relativamente sencillos de corregir, el canadiense a menudo corregirá el problema en un día más o menos y luego regresará a la frontera para volver a presentar la solicitud.
Solicitar con el USCIS
Alternativamente, un posible empleador de TN puede solicitar un cambio de estado de visa a TN en nombre de la persona. El procedimiento para hacer esto es mediante la presentación de la petición del Formulario I-129 con una tarifa de US $ 460 al centro de servicio de USCIS correspondiente (California o Vermont).
Si USCIS aprueba el Formulario I-129, el posible trabajador puede solicitar a CBP la admisión a los Estados Unidos como un no inmigrante TN proporcionando la siguiente documentación a un Oficial de CBP en ciertos puertos de entrada de EE. UU. Designados por CBP o en un lugar designado previamente. estación de autorización / inspección previa al vuelo:
- Prueba de ciudadanía canadiense; y
- Aviso de aprobación de USCIS para el Formulario I-129.
Además, al solicitar la admisión, el solicitante debe tener en su poder una copia del Formulario I-129 y toda la documentación de respaldo que se envió al USCIS, para responder a cualquier pregunta sobre elegibilidad. El solicitante también debe estar preparado para pagar cualquier tarifa de inspección aplicable en el momento en que solicita la admisión. Si un oficial de CBP determina que el solicitante es elegible para la admisión, la persona será admitida como no inmigrante de TN.
Pareja de hecho / convivientes
Un titular de una visa TN puede traer a su pareja de hecho a vivir con ellos. La pareja de hecho obtendrá una visa B2 hasta por un año, pero probablemente solo por 6 meses. No podrán trabajar para una empresa estadounidense en los EE. UU. O estudiar en los EE. UU.
Ciudadanos mexicanos en los Estados Unidos
Un ciudadano mexicano primero debe obtener una visa estadounidense TN-2 en un consulado estadounidense (generalmente en México). Una vez que el sello de visa TN está en el pasaporte del ciudadano mexicano, pueden ingresar a los Estados Unidos con estatus TN de manera similar a un ciudadano canadiense. En los años fiscales 2007 a 2009, los consulados estadounidenses emitieron entre 4,000 y 5,000 visas TN (incluidas las visas TN-2 para mexicanos) cada año.
Antes de 2004, los mexicanos estaban sujetos a una cuota anual y a procedimientos similares a una visa H-1B.
Opciones de extensión
La renovación / extensión del estatus TN se puede hacer por correo (que requiere la presentación del formulario I-129 "Petición para un trabajador no inmigrante" por parte del empleador, junto con un comprobante de la ciudadanía y educación del titular de TN, y una carta de extensión similar a la carta de oferta original) o por duplicación del proceso original (para ciudadanos mexicanos, un viaje a un consulado de los EE. UU.; para los canadienses que salen y vuelven a ingresar a los EE. UU., los requisitos de documentación son similares a los que se requieren para obtener el TN original).
Los titulares de TN (y cualquier dependiente) no están obligados a salir de los EE. UU. Tan pronto como expire el estado de TN o se termine el trabajo; existe un período de gracia formal de 10 días al final de la autorización para "salir de los Estados Unidos o tomar otras medidas para extender, cambiar o mantener el estatus legal" y un período de gracia de hasta 60 días consecutivos durante cada período de validez autorizado para ciertos trabajadores no inmigrantes altamente calificados cuando su empleo termina antes del final de su período de validez autorizado, para que puedan buscar más fácilmente un nuevo empleo y una extensión de su estatus de no inmigrante. La persona está legalmente autorizada a permanecer en los EE. UU. Para buscar otro trabajo durante 60 días. https://www.uscis.gov/archive/archive-news/uscis-publishes-final-rule-certain-employment-based-immigrant-and-nonimmigrant-visa-programs
Requisitos del impuesto sobre la renta
Los trabajadores canadienses con estatus TN son responsables de los impuestos de Medicare, estatales, federales y del Seguro Social en los EE. UU. Los trabajadores estadounidenses con estatus TN en Canadá también están sujetos a las correspondientes obligaciones tributarias sobre la renta y a la presentación de declaraciones de impuestos al final del año en Canadá. En general, habrá obligaciones de impuestos sobre la renta de acuerdo con el lugar donde trabaja el empleado, independientemente de dónde se mantenga la residencia legal o física durante el empleo. Esto es muy parecido a los ciudadanos estadounidenses que viven en un estado pero trabajan en otro y luego están sujetos a impuestos estatales sobre la renta y otros impuestos en el estado en el que trabajan. Si su residencia legal todavía se encuentra en su país de origen, es posible que los trabajadores también deban presentar una declaración en su país de origen. Según los tratados de impuestos sobre la renta, el crédito normalmente está disponible en el país de origen para los impuestos sobre la renta y otros impuestos sobre la nómina pagados en el país extranjero. Existen tratados bilaterales que permiten a los trabajadores recuperar los beneficios. Por ejemplo, después de un mínimo de 1,5 años de trabajo en los EE. UU., Los trabajadores se vuelven elegibles para un beneficio prorrateado del Seguro Social bajo lo que se conoce en los EE. UU. Como un acuerdo de totalización. Después de más de 10 años de trabajo en los EE. UU., Se aplicará el cálculo regular de beneficios del Seguro Social menos la Disposición de Eliminación de Ganancias Extraordinarias. Por lo tanto, el trabajador puede recibir 3 cheques, uno de cada uno del Plan de Pensiones de Canadá, el Seguro de Vejez y el Seguro Social de EE. UU.
Comparación con la visa H-1B
El estado TN tiene algunas similitudes con la visa H-1B . El estatus TN puede ser más fácil de obtener para algunos canadienses o mexicanos, ya que no están sujetos al límite anual para visas H-1B emitidas.
Pero la diferencia más importante es que el estatus TN no incluye la doctrina de la doble intención . Por lo tanto, los canadienses o mexicanos con estatus TN deben tener cuidado si desean finalmente obtener la tarjeta verde . Primero deben cambiar a la visa H-1B antes de solicitar la tarjeta verde, o deben programar cuidadosamente las cosas para asegurarse de que no intenten renovar el estado TN después de que la solicitud de la tarjeta verde esté formalmente pendiente (generalmente significa que el Formulario I-485 El paquete ha sido presentado para el titular de TN; aquellos que estén siguiendo el proceso consular pueden renovar hasta justo antes de la cita para la entrevista en un consulado de los EE. UU. que emita una visa de inmigrante).
Requisitos del empleador
Los empleadores no necesitan mantener documentos y registros extensos sobre los trabajadores de TN, a diferencia de los empleados H-1B. En el caso de una investigación o auditoría por parte del Servicio de Inmigración o el Departamento de Trabajo, el empleador debe demostrar que el trabajador se encuentra en situación válida. Un empleador debe completar el Formulario I-9 para los empleados en estado de visa TN, como con todos los demás empleados.
Profesionales TN reconocidos
Las siguientes profesiones califican para la visa TN. Están cubiertos por el Apéndice 1603.D.1 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
|
||
A |
||
|
||
Contador | Bachillerato o Licenciatura; o CPA, CA, CGA o CMA | |
|
||
Agricultor
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Criador de animales | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Científico animal | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Apicultor | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Arquitecto | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Astrónomo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
B |
||
|
||
Bioquímico | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Biólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
C |
||
|
||
Químico | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Analista de sistemas informáticos | Bachillerato o Licenciatura; o Diploma postsecundario o certificado postsecundario, y tres años de experiencia | |
|
||
D |
||
|
||
Científico de productos lácteos | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Dentista | DDS, DMD, Doctor en Odontologia o Doctor en Cirugia Dental; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Dietético | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Ajustador de reclamaciones del seguro de asistencia en casos de desastre
|
Bachillerato o Licenciatura, y finalización exitosa de la capacitación en las áreas apropiadas de ajuste de seguros relacionados con reclamos de ayuda en casos de desastre; o experiencia de tres años en ajuste de reclamaciones y finalización satisfactoria de la capacitación en las áreas apropiadas de ajuste de seguros relacionadas con reclamaciones de socorro en casos de desastre | |
|
||
mi |
||
|
||
Economista | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Ingeniero | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Entomólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Epidemiólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
F |
||
|
||
Guardabosque | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
GRAMO |
||
|
||
Genetista | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Geólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Geoquímico | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Geofísico
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Diseñador grafico | Bachillerato o Licenciatura; o Diploma postsecundario o Certificado postsecundario, y tres años de experiencia | |
|
||
H |
||
|
||
Horticultor | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Gerente del hotel | Bachillerato o Licenciatura en gestión de hoteles / restaurantes; o Diploma postsecundario o Certificado postsecundario en gestión de hoteles / restaurantes, y tres años de experiencia en gestión de hoteles / restaurantes | |
|
||
I |
||
|
||
Diseñador industrial | Bachillerato o Licenciatura; o Diploma postsecundario o Certificado postsecundario, y tres años de experiencia | |
|
||
Diseñador de interiores | Bachillerato o Licenciatura; o Diploma postsecundario o Certificado postsecundario, y tres años de experiencia | |
|
||
J |
||
|
||
K |
||
|
||
L |
||
|
||
Topógrafo | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial / federal | |
|
||
Arquitecto paisajista | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Abogado
|
LL.B., JD, LL.L., BCL o Licenciatura (cinco años); o membresía en un colegio de abogados estatal / provincial | |
|
||
bibliotecario | MLS o BLS (para los cuales otro Bachillerato o Licenciatura era un requisito previo) | |
|
||
METRO |
||
|
||
Consultor en administración | Bachillerato o Licenciatura; o experiencia profesional equivalente según lo establecido por declaración o credencial profesional que acredite cinco años de experiencia como consultor de gestión, o cinco años de experiencia en un campo de especialidad relacionado con el contrato de consultoría | |
|
||
Matemático
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Tecnólogo de laboratorio médico (Canadá) / Tecnólogo médico (México y Estados Unidos) | Bachillerato o Licenciatura; o Diploma postsecundario o Certificado postsecundario, y tres años de experiencia | |
|
||
Meteorólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
norte |
||
|
||
Nutricionista | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
O |
||
|
||
Terapeuta ocupacional | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
PAG |
||
|
||
Farmacéutico | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Farmacólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Médico
|
MD o Doctor en Medicina; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Físico
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Fisioterapeuta / fisioterapeuta | Bachillerato o Licenciatura; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Criador de plantas | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Científico avícola | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Psicólogo | Licencia estatal / provincial; o Licenciatura | |
|
||
Q |
||
|
||
R |
||
|
||
Administrador de rango / Conservacionalista de rango | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Terapeuta recreativo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Enfermera registrada | Licencia estatal / provincial; o Licenciatura | |
|
||
Asistente de investigación
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
S |
||
|
||
Técnico científico / Tecnólogo | Posesión de (a) conocimientos teóricos de cualquiera de las siguientes disciplinas: ciencias agrícolas, astronomía, biología, química, ingeniería, silvicultura, geología, geofísica, meteorología o física; y (b) la capacidad de resolver problemas prácticos en cualquiera de esas disciplinas, o la capacidad de aplicar los principios de cualquiera de esas disciplinas a la investigación básica o aplicada | |
|
||
Trabajador social | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Científico del suelo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Silvicultor
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
T |
||
|
||
Maestro
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
Redactor de publicaciones técnicas | Bachillerato o Licenciatura; o Diploma postsecundario o Certificado postsecundario, y tres años de experiencia | |
|
||
U |
||
|
||
Planificador urbano
|
Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
V |
||
|
||
Veterinario | DVM, DMV o Doctor en Veterinaria; o licencia estatal / provincial | |
|
||
Consejero vocacional | Bachillerato o Licenciatura | |
|
||
W |
||
|
||
X |
||
|
||
Y |
||
|
||
Z |
||
|
||
Zoólogo | Bachillerato o Licenciatura | |
|
Ver también
- Visa E-3 (un arreglo para que los australianos trabajen en los EE. UU.)
- Tarjeta de residente permanente de los Estados Unidos
- Ciudadanía estadounidense
Notas
Referencias
enlaces externos
- Departamento de Estado de los EE. UU., Visas para trabajadores profesionales mexicanos y canadienses del TLCAN
- Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU., Profesionales del TLCAN de TN
- Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU., Comercio de No Inmigrantes NAFTA Professional (TN)
- Oficina de Asuntos Consulares, Departamento de Estado de EE. UU., Visas para trabajadores profesionales canadienses y mexicanos del TLCAN
- Recuperación del número en línea de admisión I-94 de EE. UU.
- VISAS TN: Profesionales bajo NAFTA