Real Audiencia de Guadalajara - Royal Audiencia of Guadalajara

La Real Audiencia de Guadalajara (o Real Audiencia de Nueva Galicia ), fue el tribunal más alto de la corona española en lo que hoy es el norte de México y el suroeste de Estados Unidos en el Virreinato de Nueva España . Fue creado por Real Cédula el 13 de febrero de 1548, y se ubicó originalmente en Compostela y asentado definitivamente en Guadalajara en 1560. Su presidente era el máximo responsable político y ejecutivo del distrito, subordinado únicamente al Virrey.

Estructura

Ley VII (Audiencia y Chancillería Real de Guadalaxara de la Galicia en Nueva España) del Título XV (De las Audiencias y Chancillerias Reales de las Indias) del Libro II de la Recopilación de Leyes de las Indias de 1680 — que recopila los decretos de febrero 13, 1548; 26 de mayo de 1574; y 3 de mayo de 1575 — describe los límites y funciones de la Audiencia .

En la ciudad de Guadalajara de Nueva Galicia residirá otra Real Audiencia y Cancillería nuestra, con un presidente, y cuatro jueces de causas civiles [ oidores ], que serán también jueces de causas penales [ alcaldes del crimen ]; un abogado de la corona [ fiscal ]; un alguacil [ alguacil mayor ]; teniente del Gran Canciller; y los demás ministros y funcionarios necesarios; y que tendrá por comarca la Provincia de Nueva Galicia , las de Culiacán , Copala , Colima , Zacatula y los pueblos de Avalos , compartiendo fronteras: al este con la Audiencia de Nueva España ; en el sur con el Mar del Sur ; y en el oeste y norte con provincias aún no descubiertas ni pacificadas; y el presidente de dicha Audiencia de Guadalajara, y no los oidores , tendrá el gobierno ( gobernación ) de su distrito, y en su ausencia dicha Audiencia de Guadalajara, independientemente de cualesquiera decretos en los que haya participado en el gobierno junto con los presidentes concedido a los oidores , que revocamos y anulamos. Y ordenamos que se guarde esta ley nuestra, tal como está contenida, y en lo que respecta al gobierno de guerra y al tesoro, se guarden las órdenes que hemos dado.

La Ley XXXXVII, del mismo libro y título, reprodujo el Decreto de Felipe III del 30 de enero de 1600, que ordenaba que cuando quedara vacante el cargo de virrey, la Audiencia de México pasaba a ser virrey interina, gobernando directamente las provincias bajo su jurisdicción judicial. y supervisó el distrito de la Audiencia de Guadalajara en materia administrativa.

Referencias

Bibliografía

  • Parry, JH (2008) [1948]. La Audiencia de Nueva Galicia en el siglo XVI: un estudio sobre el gobierno colonial español . Cambridge: Cambridge University Press. ISBN  978-0-521-08096-5

Ver también