Leyes de Indias - Laws of the Indies

La plaza o plaza de la ciudad de Manila, Filipinas

Las Leyes de Indias ( español : Leyes de las Indias ) son todo el cuerpo de leyes emitidas por la Corona española para las posesiones americanas y asiáticas de su imperio . Regulaban la vida social, política, religiosa y económica en estas áreas. Las leyes se componen de innumerables decretos emitidos a lo largo de los siglos y las importantes leyes del siglo XVI, que intentaron regular las interacciones entre los colonos y los nativos, como las Leyes de Burgos (1512) y las Leyes Nuevas (1542). A lo largo de los 400 años de presencia española en estas partes del mundo, las leyes fueron compiladas varias veces, la más notable en 1680 bajo Carlos II en la Recopilación de las Leyes de los Reynos de las Indias [1] (Recopilación de las Leyes del Reinos de Indias). Esto se consideró la colección clásica de leyes, aunque leyes posteriores reemplazaron partes de ella y se emitieron otras compilaciones.

Historia

Los virreinatos españoles en las Américas generaron conflictos entre los pueblos indígenas ('nativos' o 'indios') y los colonos españoles. Los españoles intentaron controlar a los nativos para forzar su trabajo. Al mismo tiempo, se produjeron conflictos de política e implementación entre los encomenderos y la Corona.

Dos de los principales conjuntos de leyes emitidos en el siglo XVI regulaban la interacción de los españoles con los pueblos nativos , un tema por el que la Corona se preocupó rápidamente poco después de los viajes de Cristóbal Colón y su gobernación. Las Leyes de Burgos (1512), firmadas por el rey Fernando II de Aragón , se centraron en el bienestar de los pueblos originarios conquistados. El tema fue revisado después de que Bartolomé de las Casas llamara la atención sobre los abusos cometidos por encomenderos . Las Leyes de Burgos fueron revisadas por las Leyes Nuevas de 1542 emitidas por Carlos I y rápidamente revisadas nuevamente en 1552, después de que las leyes encontraran la resistencia de los colonos. Estos fueron seguidos por las Ordenanzas Concernientes a los Descubrimientos en 1573, que prohibían cualquier operación no autorizada contra los nativos americanos independientes.

Colegio de San Gregorio, Valladolid
Colegio de San Gregorio, donde nacieron las Leyes de Indias

El debate de Valladolid (1550-1551) fue el primer debate moral en la historia europea para discutir los derechos y el trato de un pueblo colonizado por los colonizadores. Celebrado en el Colegio de San Gregorio , en la ciudad española de Valladolid , fue un debate moral y teológico sobre la colonización de América , su justificación para la conversión al catolicismo y más específicamente sobre las relaciones entre los colonos europeos y los nativos de el Nuevo Mundo . Consistía en una serie de puntos de vista opuestos sobre la forma en que los nativos debían integrarse en la vida colonial, su conversión al cristianismo y sus derechos y obligaciones. Según el historiador francés Jean Dumont El debate de Valladolid supuso un importante punto de inflexión en la historia mundial “En ese momento en España apareció el amanecer de los derechos humanos” .

Para orientar y regularizar el establecimiento de presidios (ciudades militares), misiones y pueblos (ciudades civiles), el rey Felipe II desarrolló la primera versión de las Leyes de Indias. Esta guía completa se compuso de 148 ordenanzas para ayudar a los colonos a ubicar, construir y poblar asentamientos. Estas ordenanzas se utilizarían en lo que ahora se llama América del Sur, América Central, México, el oeste de Estados Unidos y las Indias Orientales españolas . Codificaron el proceso de planificación de la ciudad y representaron algunos de los primeros intentos de un plan general. Firmadas en 1573, las Leyes de Indias se consideran las primeras pautas de amplio alcance para el diseño y desarrollo de las comunidades. Estas leyes fueron fuertemente influenciados por Vitruvio ' Diez libros de arquitectura y Leon Battista Alberti ' s tratados sobre el tema.

Ejemplos: urbanismo

En el Libro IV de la compilación de 1680 de Las Leyes de Indias, se establecieron planes en detalle sobre cada faceta de la creación de una comunidad, incluida la planificación urbana . Entre los ejemplos de la gama de reglas se incluyen:

  • Aquellos [colonos] que quieran comprometerse a construir un nuevo asentamiento en la forma y manera ya prescritas, ya sea de más o menos de 30 vecinos (hombres libres), (sepan que) debe ser de no menos de doce personas. y recibir la autorización y el territorio de acuerdo con las condiciones prescritas.
  • Una vez realizada la selección del lugar donde se va a construir la ciudad, debe, como ya se ha dicho, estar en un lugar elevado y saludable; [estar] con medios de fortificación; [tener] suelo fértil y con abundante tierra para la agricultura y el pastoreo; tener combustible, madera y recursos; [tener] agua dulce, una población nativa, facilidad de transporte, acceso y salida; [y estar] abierto al viento del norte ; y, si se encuentra en la costa, se debe prestar la debida atención a la calidad del puerto y que el mar no se encuentre al sur o al oeste; y si es posible, no cerca de lagunas o pantanos en los que se reproduzcan animales venenosos y aire y agua contaminados.
  • Ellos [los colonos] tratarán en la medida de lo posible de tener todos los edificios de un tipo por el bien de la belleza de la ciudad.
  • Dentro del poblado se delimitará un bien común , lo suficientemente amplio para que si bien la población pueda experimentar una rápida expansión, siempre habrá suficiente espacio para que la gente pueda acudir a recreo y llevar su ganado a pastar sin que ocasione ningún daño.
  • Plano de la ciudad amurallada de Manila con elementos de planificación colonial presentes
    El sitio y los lotes de construcción para mataderos, pesquerías, curtidurías y otros negocios que produzcan suciedad deberán estar ubicados de manera que la suciedad pueda eliminarse fácilmente.

Estas normas forman parte de un cuerpo de 148 reglamentos que configuran cualquier asentamiento de acuerdo con el dominio de España y sus colonias. Esto siguió siendo un precedente en todos los pueblos bajo control español hasta la cesión de la tierra a otros, como en el caso de las colonias americanas y su crecimiento. Las Leyes de Indias todavía se utilizan como ejemplo para diseñar pautas para las comunidades de hoy.

Las leyes especifican muchos detalles de las ciudades. Se realiza un plan centrado en una Plaza Mayor (plaza principal) de tamaño dentro de límites especificados, a partir de la cual se construyen doce calles rectas en una cuadrícula rectilínea. Las direcciones de las calles se eligen de acuerdo con los vientos dominantes, para proteger la Plaza Mayor. Las pautas recomiendan un hospital para casos no contagiosos cerca de la iglesia y uno para enfermedades contagiosas más lejos.

La mayoría de los municipios fundados en cualquier parte del Imperio español en América antes de que las distintas partes se convirtieran en países independientes se planificaron de acuerdo con las leyes. Estos incluyen muchos municipios con nombres en español ubicados en lo que ahora es Estados Unidos. La creación de una plaza central y una cuadrícula rectilínea de calles fue diferente del crecimiento desordenado y orgánico que llevó a calles serpenteantes en muchos municipios antiguos de Iberia.

Ver también

Referencias

Notas

Bibliografía

  • España / Consejo de Indias y Juan Manzano Manzano. Recopilación de leyes de los reynos de las Indias . 4 vols. Madrid: Ediciones Cultura Hispánica, 1973 [1681] ISBN  978-84-7232-204-2
  • España / Consejo de Indias. Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, 1681 . 5 vols. México: MA Porrúa, 1987. ISBN  978-968-842-091-1
  • España / Consejo de Indias. Recopilación de leyes de los reynos de las Indias . 3 vols. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitutionales: Boletín Oficial del Estado, 1998 [1681]. ISBN  978-84-340-1040-6
  • Tyler, S. Lyman. The Indian Cause in the Spanish Laws of the Indies: With an Introduction and the First English Translation of Book VI, Concerning the Indians, from the Recopilación de leyes de los reinos de las Indias, Madrid, 1681 . Salt Lake City: American West Center, Universidad de Utah, 1980.
  • Tyler, S. Lyman. Leyes españolas sobre descubrimientos, pacificaciones y asentamientos entre los indios: con una introducción y la primera traducción al inglés de las nuevas ordenanzas de Felipe II, julio de 1573, y del libro IV de la Recopilación de leyes de los reinos de las Indias, relativo a estos temas . Salt Lake City: American West Center, Universidad de Utah, 1980.

enlaces externos