Lista de enjuiciamientos por genocidio en Bosnia - List of Bosnian genocide prosecutions

Esta es una lista completa de enjuiciamientos iniciados contra personas por el crimen de genocidio en Bosnia y Herzegovina , y casos internacionales iniciados contra estados por el mismo crimen. Además, también se enumeran los casos de derecho civil entablados contra personas y Estados en busca de daños y perjuicios, en relación con el delito de genocidio.

Caso de genocidio en Bosnia

La Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Bosnia y Herzegovina c. Serbia y Montenegro) , caso 91, Sentencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitida el 26 de febrero de 2007.

El caso ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el máximo órgano judicial de las Naciones Unidas , que atiende exclusivamente las disputas entre estados, estaba relacionado con los supuestos intentos de Serbia de acabar con la población bosnia musulmana de Bosnia. Fue presentado por el Dr. Francis Boyle , asesor de Alija Izetbegović durante la Guerra de Bosnia . El caso fue escuchado en el tribunal de la CIJ en La Haya , Países Bajos , y terminó el 9 de mayo de 2006.

La CIJ presentó su sentencia el 26 de febrero de 2007, en la que confirmó la sentencia del TPIY de que la masacre de Srebrenica fue un genocidio, declarando:

La Corte concluye que los actos cometidos en Srebrenica comprendidos en el artículo II (a) y (b) de la Convención se cometieron con la intención específica de destruir en parte al grupo de musulmanes de Bosnia y Herzegovina como tal; y, en consecuencia, que se trataba de actos de genocidio cometidos por miembros del VRS en Srebrenica y sus alrededores desde aproximadamente el 13 de julio de 1995.

La Corte determinó que Serbia no era directamente responsable del genocidio de Srebrenica, ni que era cómplice de él, pero dictaminó que Serbia había cometido la violación de la Convención sobre el Genocidio al no evitar el genocidio de Srebrenica, por no cooperar con el TPIY en el castigo. a los autores del genocidio, en particular respecto del General Ratko Mladić , y por violar su obligación de cumplir con las medidas provisionales ordenadas por la Corte.

Acusación y condenas individuales por el delito de genocidio

Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia

Al 9 de mayo de 2007, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) había dictado veredictos jurídicamente vinculantes contra seis personas acusadas de genocidio y crímenes cometidos en Srebrenica desde 1993. Los juicios contra siete acusados ​​están en curso y tres aún deben comenzar. El panorama general de la jurisprudencia indica que la mayoría de las condenas se realizaron bajo la doctrina de empresa criminal conjunta y el modo de ayuda y complicidad de responsabilidad, y comparativamente menos bajo la doctrina de responsabilidad de mando.

Caso Krstić

En 1998, el general de división Radislav Krstić fue acusado de genocidio, crímenes de lesa humanidad y violaciones de las leyes o costumbres de la guerra , sobre la base de su presunta participación en los acontecimientos ocurridos en el enclave bosnio de Srebrenica y sus alrededores entre el 11 de julio de 1995 y el 1 de noviembre de 1995 en el TPIY . El 2 de agosto de 2001, después de que la Sala de Primera Instancia se convenciera más allá de toda duda razonable de que se había cometido un crimen de genocidio en Srebrenica, condenó a Krstić por genocidio , quien se convirtió en la primera persona condenada ante el Tribunal, y lo condenó a 46 años. en prisión. La Sala de Apelaciones, después de confirmar la conclusión de la Sala de Primera Instancia de que las fuerzas de los serbios de Bosnia habían llevado a cabo un genocidio en Srebrenica, entre otras cosas, había reducido la responsabilidad de Krstić por el genocidio y el asesinato de los musulmanes bosnios de un participante directo a un asistente. e instigador, y acortó su sentencia a 35 años de prisión. Posteriormente, Krsić fue trasladado al Reino Unido para cumplir su condena de prisión en la prisión de Wakefield , pero más tarde fue trasladado a la prisión de Long Lartin .

Popović y col. caso

En el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, el 14 de julio de 2006 comenzó el juicio de varios militares y oficiales de policía serbios de alto rango que enfrentan cargos que van desde genocidio hasta asesinato y deportación por los crímenes cometidos en Srebrenica. Sus nombres son:

  • Ljubiša Beara , fue acusada de un cargo de genocidio o, alternativamente, de complicidad para cometer genocidio, cuatro cargos de crímenes de lesa humanidad y un cargo de violación de las leyes o costumbres de la guerra. Como Jefe de Seguridad del Estado Mayor del Ejército de los Serbios de Bosnia (VRS), "tenía la responsabilidad de ocuparse de los prisioneros musulmanes bosnios capturados en Srebrenica desde el 11 de julio de 1995 hasta el 1 de noviembre de 1995". Fue trasladado al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 10 de octubre de 2004 y compareció por primera vez el 12 de octubre de 2004, cuando no se declaró culpable. En nuevas comparecencias el 9 de noviembre de 2004 y el 11 de noviembre de 2004, se declaró inocente de los cargos de la acusación.
  • Ljubomir Borovčanin , fue acusado de un cargo de complicidad en genocidio, cuatro cargos de crímenes de lesa humanidad y un cargo de violación de las leyes o costumbres de la guerra, porque el Fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia "alega que Ljubomir Borovcanin estaba presente en las zonas y sus alrededores de Bratunac, Potocari, Sandici, Kravica, Srebrenica y Zvornik del 11 de julio al 18 de julio de 1995. Se desplegaron unidades bajo su mando en las zonas de Potocari, Sandici, Kravica y Zvornik y sus alrededores del 12 al 18 de julio de 1995. En varias Días después del ataque a Srebrenica, las fuerzas del VRS y del Ministerio del Interior ("MUP") capturaron, detuvieron, ejecutaron sumariamente y enterraron a más de 7.000 hombres y niños bosnios musulmanes del enclave de Srebrenica y trasladaron por la fuerza a las mujeres y niños bosnios musulmanes de Srebrenica fuera del enclave. La acusación contra Ljubomir Borovcanin se refiere a su presunta participación en: asesinatos oportunistas en Potocari, asesinatos oportunistas en Bratunac, gran escala y org matanzas anizadas en Potocari y Tisca, matanzas y malos tratos de prisioneros capturados a lo largo de la carretera Bratunac / Milici y matanzas organizadas y a gran escala en la zona de Zvornik, así como otras matanzas oportunistas. Ljubomir Borovcanin, junto con otros oficiales y unidades de VRS y MUP identificados en esta Acusación, era miembro y participó conscientemente en una Empresa Criminal Conjunta , cuyo propósito común era, entre otras cosas: trasladar por la fuerza a mujeres y niños de el enclave de Srebrenica a Kladanj el 12 de julio y el 13 de julio de 1995; y para capturar, detener, ejecutar sumariamente por un pelotón de fusilamiento, enterrar y volver a enterrar a miles de hombres y niños musulmanes bosnios de entre 16 y 60 años del enclave de Srebrenica desde el 12 de julio de 1995 hasta el 19 de julio de 1995 ". Fue trasladado al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia en la Haya el 1 de abril de 2005.
  • Drago Nikolić , era un segundo teniente que se desempeñó como Jefe de Seguridad de la Brigada Zvornik del VRS y reportó a Vinko Pandurevic. Fue acusado por el fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de ayudar e incitar al genocidio, el exterminio, el asesinato, las persecuciones, el traslado forzoso y la deportación. Se rindió el 15 de marzo de 2005 y fue trasladado al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 17 de marzo de 2005. El 23 de marzo de 2005 no se declaró culpable. El 20 de abril de 2005 se declaró inocente de todos los cargos y nuevamente el 4 de abril de 2006.
  • Vinko Pandurević , era un teniente coronel al mando de la Brigada Zvornik del Cuerpo Drina del VRS. Fue acusado por el fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de ayudar e incitar al genocidio, el exterminio, el asesinato, las persecuciones, el traslado forzoso y la deportación. Se rindió el 15 de marzo de 2005 y fue trasladado al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 17 de marzo de 2005. El 23 de marzo de 2005 no se declaró culpable. El 20 de abril de 2005, se declaró inocente de todos los cargos; y nuevamente el 4 de abril de 2006, se declaró inocente de todos los cargos.
  • Vujadin Popović , fue acusado de "genocidio o complicidad en genocidio; asesinato, persecución, traslado forzoso y actos inhumanos como crímenes contra la humanidad; y asesinato como violación de las leyes o costumbres de la guerra ... durante el ataque del VRS al enclave de Srebrenica y los posteriores asesinatos y ejecuciones de hombres musulmanes bosnios, Vujadin Popovic era teniente coronel y comandante adjunto de seguridad en el estado mayor del Drina Corps. Estuvo presente y de servicio en la zona de responsabilidad del Drina Corps, que incluía Srebrenica, Potocari, Bratunac y Zvornik, del 11 de julio al 31 de agosto de 1995 ".
Veredictos de juicio

La Sala de Primera Instancia dictó sentencia el 10 de junio de 2010, mediante la cual manifestó que "[l] a escala y naturaleza del operativo homicida, la focalización de las víctimas, la forma sistemática y organizada en que se llevó a cabo, y la La intención de eliminar a todos los hombres musulmanes bosnios que fueron capturados o entregados prueba más allá de toda duda razonable que los miembros de las Fuerzas de los Serbios de Bosnia, incluidos los miembros del Estado Mayor y la Sección de Seguridad del VRS, tenían la intención de destruir a los musulmanes del este de Bosnia como grupo ".

En cuanto a la responsabilidad penal individual, la Sala dictó las siguientes sentencias:

  • Vujadin Popović - declarado culpable, de genocidio, conspiración para cometer genocidio y crímenes de lesa humanidad: asesinato por encargo (también un crimen de guerra), comisión de exterminio, comisión del crimen de persecución mediante asesinato y trato cruel e inhumano (la comisión de asesinato , el exterminio y la persecución se llevaron a cabo como parte de una Empresa Criminal Conjunta ). Fue declarado no culpable de los siguientes crímenes de lesa humanidad: actos inhumanos (traslado forzoso) y deportación. Fue condenado a cadena perpetua.
  • Ljubiša Beara - declarado culpable de genocidio, conspiración para cometer genocidio y crímenes de lesa humanidad: comisión de exterminio, comisión de exterminio y comisión de asesinato (el último también fue un crimen de guerra). Fue declarado no culpable de los siguientes crímenes de lesa humanidad: actos inhumanos (traslado forzoso) y deportación. Fue condenado a cadena perpetua.
  • Drago Nikolić - declarado culpable de ayudar e incitar al genocidio, y culpable de crímenes de lesa humanidad: exterminio, persecución y asesinato (el último también es un crimen de guerra). Fue declarado no culpable de los cargos de conspiración para cometer genocidio y los crímenes de lesa humanidad de: actos inhumanos (traslado forzoso) y deportación. Fue condenado a 35 años de prisión.
  • Ljubomir Borovčanin - declarado culpable de complicidad en crímenes de lesa humanidad: exterminio, persecución, actos inhumanos (traslado forzoso) y asesinato (el último también es un crimen de guerra). Fue declarado culpable, bajo su responsabilidad superior , de los cargos de homicidio, como crimen de lesa humanidad y asesinato, como violación de las leyes o costumbres de la guerra. Fue declarado inocente de los cargos de genocidio, conspiración para cometer genocidio y deportación, un crimen de lesa humanidad. Fue condenado a 17 años de prisión.
  • Radivoje Miletić - declarado culpable, por cometer, por cargos de asesinato, como crimen de lesa humanidad, persecución, como crimen de lesa humanidad y actos inhumanos (traslado forzoso), un crimen de lesa humanidad. Fue declarado inocente de los cargos de asesinato, como violación de las leyes o costumbres de la guerra y deportación, crimen de lesa humanidad. Fue condenado a 19 años de prisión.
  • Milan Gvero - declarado culpable de dos cargos de crímenes de lesa humanidad (persecución y actos inhumanos (traslado forzoso)). Fue declarado inocente de los cargos de asesinato, como crimen de lesa humanidad, asesinato, como violación de las leyes o costumbres de la guerra y deportación, crimen de lesa humanidad. Fue condenado a 5 años de prisión.
  • Vinko Pandurević: declarado culpable de dos cargos de complicidad en crímenes de lesa humanidad (persecución y actos inhumanos (traslado forzoso)). Fue declarado culpable de complicidad y complicidad en el asesinato como crimen de lesa humanidad y como violación de las leyes de la guerra. También fue declarado culpable como superior, de asesinato como crimen de lesa humanidad y como infracción de las leyes de la guerra. Fue declarado no culpable de los cargos de genocidio, conspiración para cometer genocidio y de exterminio y deportación (crímenes de lesa humanidad). Fue condenado a 30 años de prisión.
Veredictos de apelación

La Sala de Apelaciones dictó su sentencia el 30 de enero de 2014. Ljubomir Borovčanin no apeló la sentencia y fue trasladado a Dinamarca en 2011 para cumplir su condena de 17 años, mientras que Milan Gvero murió, por lo que la Sala de Apelaciones dio por concluido el proceso contra él en marzo 2013 y sostuvo que la Sentencia de Primera Instancia era definitiva a su respecto. Respecto al resto, la Cámara dictó las siguientes sentencias:

  • Vujadin Popović y Ljubiša Beara - declarados culpables de genocidio, conspiración para cometer genocidio, violaciones de las leyes o costumbres de la guerra y crímenes de lesa humanidad, mediante su participación en una empresa criminal conjunta. La sala aceptó su apelación con respecto al asesinato de seis hombres musulmanes bosnios cerca de Trnovo por la unidad paramilitar Scorpions y, en consecuencia, revocó sus convicciones con respecto a ese asesinato. También concedió en parte la apelación de la fiscalía para dictar condenas por conspiración para cometer genocidio tanto contra Popović como contra Beara, por lo que emitió una condena contra los dos recurrentes por este crimen. Se afirmaron sus condenas a cadena perpetua.
  • Drago Nikolić: sus condenas por ayudar e incitar al genocidio y los crímenes de lesa humanidad y las violaciones de las leyes o costumbres de la guerra a través de su participación en una empresa criminal conjunta fueron confirmadas. La cámara revocó sus condenas por el asesinato de seis musulmanes bosnios cerca de Trnovo. Se reafirmó su condena de 35 años de prisión.
  • Radivoje Miletić - declarado culpable de crímenes de lesa humanidad y violaciones de las leyes o costumbres de la guerra, por su participación en una empresa criminal conjunta. La sala también revocó sus condenas por persecución y actos inhumanos (traslado forzoso) como crímenes de lesa humanidad en relación con el traslado forzoso de los musulmanes bosnios que cruzaron el río Drina huyendo de Žepa. También concedió en parte su motivo de apelación relativo a la sentencia, reconociendo que la Sala de Primera Instancia incurrió en un error de derecho al considerar su uso de autoridad dentro del Estado Mayor de VRS como una circunstancia agravante. La sala también concedió el motivo de apelación de la acusación en relación con los homicidios "oportunistas" en Potočari y declaró culpable a Miletić por asesinato como violación de las leyes o costumbres de la guerra por estos homicidios. Su condena de 19 años de prisión se redujo a 18 años de prisión.
  • Vinko Pandurević: declarado culpable de ayudar e incitar a violaciones de las leyes o costumbres de guerra y crímenes de lesa humanidad. También fue declarado culpable de no prevenir y sancionar los delitos de sus subordinados. La sala aceptó la apelación de la fiscalía con respecto a una variedad de incidentes e introdujo una serie de nuevas condenas. Pandurević fue así declarado culpable como ayudante e instigador o por responsabilidad de mando, en relación con diversos actos delictivos, de asesinato como violación de las leyes o costumbres de la guerra, exterminio como crimen de lesa humanidad y persecución por asesinato y por actos crueles y crueles. trato inhumano como crimen de lesa humanidad. La sala emitió nuevas condenas por estos delitos y también anuló algunas de las condenas de Pandurević en el juicio. Al desestimar una de las impugnaciones de Pandurević en relación con la complicidad y la complicidad, la sala recordó que la "dirección específica" no es un elemento de la complicidad en el derecho internacional consuetudinario. Se reafirmó su condena de 13 años de prisión.

Caso Karadžić

Radovan Karadzic (acusado de genocidio y complicidad en el genocidio en varios municipios de Bosnia y Herzegovina, en un principio, incluyendo: Bijeljina, Bratunac , Bosanski Šamac , Brcko, Doboj , Foca , Ilijaš , Ključ , Kotor Varos, Bosanski Novi, Prijedor, Rogatica , Sanski Most , Srebrenica, Višegrad , Vlasenica , Zavidovići y Zvornik, pero más tarde excluyendo Brčko, Kotor Varoš y Višegrad). Karadžić fue detenido en Belgrado el 21 de julio de 2008 y trasladado a la custodia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia en La Haya nueve días después, el 30 de julio. Karadžić se negó a declararse culpable en su primera comparecencia ante el tribunal de crímenes de guerra el 31 de julio de 2008, luego los jueces hicieron una declaración formal de "no culpable" en su nombre. Su juicio comenzó el 26 de octubre de 2009. Karadžić insiste en defenderse (como tiene derecho según el reglamento del tribunal de las Naciones Unidas) y, al mismo tiempo, está formando un equipo de asesores jurídicos.

El 28 de junio de 2012, la Sala de Primera Instancia dictó su fallo oral sobre la moción de sentencia absolutoria, de conformidad con la Regla 98 bis de las Reglas de Procedimiento y Prueba del Tribunal, donde concedió la moción de Karadžić en relación con el cargo uno de la acusación en la que estaba acusado de genocidio por los crímenes cometidos entre el 31 de marzo de 1992 y el 31 de diciembre de 1992 en varios municipios de Bosnia y Herzegovina, quedando únicamente el caso de Srebrenica como cargo de genocidio. El 11 de julio de 2013, la Sala de Apelaciones revocó la absolución de Karadžić por genocidio por parte de la Sala de Primera Instancia en el cargo 1 de la acusación y remitió el asunto a la Sala de Primera Instancia. La Sala de Apelaciones concluyó que la Sala de Primera Instancia incurrió en un error de hecho al concluir que no había pruebas, tomadas en su punto más alto, sobre la base de la cual un evaluador razonable de los hechos pudiera estar satisfecho de que Karadžić y otros presuntos miembros de la JCE poseían una intención genocida , y que este error resultó en un error judicial.

Veredicto del juicio

El 24 de marzo de 2016, la Sala de Primera Instancia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia emitió su veredicto de primera instancia contra los acusados. Con respecto a los cargos de genocidio, encontró a Karadžić no culpable del cargo 1, ya que no estaba satisfecha de que se hubiera cometido genocidio en los siete municipios, a saber, Bratunac, Foča, Ključ, Prijedor, Sanski Most, Vlasenica y Zvornik, donde el La supuesta campaña persecutoria incluyó o escaló para incluir conductas e intenciones que equivalían a genocidio. En relación con el cargo 2, la Sala de Primera Instancia declaró a Karadžić responsable de genocidio sobre la base de su participación en la empresa criminal conjunta de Srebrenica.

Se ha argumentado que el veredicto de primera instancia contra Karadžić, en relación con su condena por el crimen de genocidio, "demuestra una evolución en la interpretación judicial de la Convención [sobre el genocidio], ya que los jueces del TPIY en Karadžić parecen más dispuestos a inferir una intención genocida y adoptar una visión generalmente más amplia de la Convención ".

Caso Mladić

Ratko Mladic fue acusado formalmente el 24 de julio de 1995 (modificado el 10 de octubre de 2002) por el Fiscal del TPIY y acusado de genocidio y complicidad en genocidio en varios municipios de Bosnia y Herzegovina, incluidos Ključ, Kotor Varoš, Prijedor, Sanski Most, Srebrenica, Banja. Luka, Bosanska Krupa, Bratunac, Vlasenica y Zvornik. El 31 de mayo de 2011, Mladić fue extraditado a La Haya, donde fue procesado en el centro de detención que alberga a los sospechosos del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ITCY). El 4 de julio de 2011 Mladić no se declaró culpable, tras lo cual se declaró inocente en su nombre, mientras que el 8 de diciembre de 2011 se declaró inocente (del nuevo cargo en la tercera acusación enmendada). Su juicio comenzó el 16 de mayo de 2012. El 15 de abril de 2014, la Sala de Primera Instancia I rechazó en su totalidad las alegaciones de Mladić para la absolución formuladas de conformidad con la Regla 98 bis de las Reglas de Procedimiento y Prueba del Tribunal, relativas a dos cargos de genocidio y cargos relacionados con varios de delitos individuales en varios otros cargos de la acusación.

Caso tolimir

El 31 de mayo de 2007, Zdravko Tolimir (también conocido como: 'Químico Tolimir'), fugitivo desde hace mucho tiempo y ex comandante adjunto de Inteligencia y Seguridad del Estado Mayor del VRS que informaba directamente al Comandante del Estado Mayor, Ratko Mladic, y que había acusado por el Fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia por cargos de genocidio en la guerra de Bosnia de 1992-1995 fue arrestado por la policía serbia y bosnia. Tolimir es famoso por solicitar el uso de armas químicas durante el genocidio para gasear a civiles para que las tropas bosnias pudieran rendirse. Se cree que Tolimir es uno de los principales organizadores de la red que ayuda al principal acusado de crímenes de guerra Ratko Mladić a eludir la justicia.

El 3 de julio de 2007 Tolimir no se declaró culpable, tras lo cual se declaró inocente en su nombre, mientras que el 16 de diciembre de 2009 se declaró inocente de nuevos cargos. Su juicio comenzó el 26 de febrero de 2010. La sala de primera instancia emitió su sentencia el 12 de diciembre de 2012 por la que declaró a Tolimir culpable, entre otras cosas, de genocidio y conspiración para cometer genocidio. Fue condenado a cadena perpetua.

Condenas por genocidio anuladas en apelación

  • Vidoje Blagojević (Srebrenica) es un ex comandante de la Brigada Bratunac del Ejército de la República Srpska. Fue capturado el 10 de agosto de 2001 y pronto fue internado en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia en La Haya. Blagojević fue juzgado junto con Dragan Jokic . Ambos se declararon inocentes. En enero de 2005, Blagojević fue absuelto del cargo de exterminio como crimen de lesa humanidad, sin embargo, fue declarado culpable de los otros cargos, incluida la complicidad para cometer genocidio mediante la complicidad y la complicidad en el genocidio. Fue condenado a 18 años de prisión. El 9 de mayo de 2007, la corte de apelaciones del TPIY revocó la condena por genocidio y redujo su sentencia a 15 años que actualmente cumple en prisión.

Negociaciones de la súplica

Individuos acusados ​​por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de genocidio en el que se retiraron dichos cargos, y los acusados ​​se declararon culpables de crímenes de lesa humanidad :

  • Momir Nikolic fue acusado formalmente por el Fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 26 de marzo de 2002 acusado de genocidio o, alternativamente, de complicidad en genocidio y persecuciones , y de violaciones de las leyes o costumbres de la guerra . Fue detenido por la SFOR el 1 de abril de 2002 y trasladado a la custodia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia al día siguiente. Nikolic hizo su aparición inicial el 3 de abril de 2002, declarándose inocente de todos los cargos. Se llegó a un acuerdo de declaración de culpabilidad el 7 de mayo de 2003, y Nikolic se declaró culpable del cargo 5 de la acusación: Crímenes de lesa humanidad .
  • Dragan Obrenovic fue acusado por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia en La Haya el 1 de noviembre de 1998 por complicidad en genocidio, exterminio, persecución y dos cargos de asesinato. El 15 de abril de 2001, fue detenido por personal de la SFOR , y ese mismo día fue trasladado a La Haya. Se declaró inocente en todos los ámbitos en su comparecencia el día 18. El 20 de mayo de 2003, Obrenovic firmó un acuerdo de declaración de culpabilidad con la fiscalía del TPIY. Se declaró culpable de un cargo de persecución y, a cambio de una asignación veraz a su papel en la masacre de Srebrenica y su testimonio contra sus coacusados ​​(su acusación iba a sumarse a la de otros cuatro el 27 de mayo) se le prometió una sentencia reducida. El 10 de diciembre de 2003, Obrenovic fue condenado a 17 años de prisión, con un crédito de 969 días por tiempo cumplido. Actualmente está cumpliendo su condena en Noruega y podrá ser liberado en abril de 2018.
  • Biljana Plavšić La acusación del TPIY la acusó de dos cargos de genocidio, cinco cargos de crímenes contra la humanidad y un cargo de crímenes de guerra. Se entregó voluntariamente al Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 10 de enero de 2001 y quedó en libertad provisional el 6 de septiembre. El 16 de diciembre de 2002, se declaró culpable de negociar con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia para declararse culpable de un cargo de crímenes de lesa humanidad por su participación en la dirección de la guerra y atacar a civiles, y expresó "pleno remordimiento" a cambio de que los fiscales retiraran los demás cargos. Más tarde fue condenada a 11 años de prisión y comenzó su condena el 26 de junio de 2003. Después de cumplir seis años de su condena en la prisión de mujeres Hinseberg en Örebro , Suecia , fue puesta en libertad el 27 de octubre de 2009.

Otros resultados y casos pendientes

Murió durante el juicio
  • Slobodan Milosevic fue acusado de genocidio o complicidad en genocidio en territorios dentro de Bosnia y Herzegovina, incluidos: Bijeljina , Bosanski Novi , Brčko , Ključ , Kotor Varoš , Prijedor , Sanski Most y Srebrenica . El 16 de junio de 2004, la Sala de Primera Instancia, después de que la Fiscalía cerró su caso, tomó una decisión sobre el recurso de absolución en la que había desestimado el recurso de Amici Curiae presentado de conformidad con la Regla 98 bis de las Reglas de Procedimiento y Prueba. , que pidió a la sala de primera instancia que absolviera al acusado porque la fiscalía no presentó pruebas suficientes para que un tribunal pudiera llegar a un veredicto de culpabilidad en relación con los cargos de genocidio. Por lo tanto, el procedimiento continuó con la defensa presentando su argumento, sin embargo, Milošević murió el 11 de marzo de 2006 durante su juicio.
  • Milan Kovačević fue acusado de genocidio, complicidad para cometer genocidio y varios cargos de crímenes de lesa humanidad, violaciones de las leyes de la guerra y graves infracciones de las convenciones de Ginebra de 1949. Murió detenido por causas naturales en 1998.
Encontrado culpable de otros delitos
  • Goran Jelisic , en 1999, se declaró culpable de los cargos de crímenes contra la humanidad y de violar las leyes y costumbres de la guerra y se declaró inocente de genocidio. La Sala de Primera Instancia determinó que, a pesar de la intención discriminatoria y la comisión de actos dentro de la definición del actus reus de genocidio, Jelisić no tenía la intención necesaria de destruir total o parcialmente al grupo musulmán de Brčko. Fue condenado a 40 años de prisión. La Sala de Apelaciones, entre otras cosas, sostuvo que la aplicación errónea por parte de la Sala de Primera Instancia de la norma bajo la Regla 98 bis (B) dio lugar a una evaluación incorrecta de las pruebas como insuficientes para sustentar una condena por genocidio, pero no consideró apropiado para revertir la absolución y remitir el caso para nuevos procedimientos, ya que un nuevo juicio solo se limitaría a la cuestión de si Jelisić poseía la intención genocida y, por lo tanto, afirmó la sentencia. El 29 de mayo de 2003, Jelisić fue trasladado a Italia para cumplir el resto de su condena con crédito por el tiempo cumplido desde su arresto el 22 de enero de 1998.
  • Momcilo Krajisnik fue procesado por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y acusado de genocidio , complicidad en genocidio, crímenes de lesa humanidad (a saber, exterminio, asesinato, persecución, deportación y traslado forzoso) y varios crímenes de guerra , en relación con los actos cometidos en 1992 en Bosnia y Herzegovina . Fue detenido el 3 de abril de 2000 por la SFOR . Después de la muerte de Slobodan Milosevic, Krajisnik fue el político de más alto rango juzgado en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. El 27 de septiembre de 2006, Krajisnik fue condenado por los siguientes crímenes de lesa humanidad: exterminio, asesinato, persecución, deportación y traslado forzoso. Fue absuelto de los cargos de asesinato como crimen de guerra, genocidio y complicidad en genocidio. Fue condenado a 27 años de prisión. El 17 de marzo de 2009, la Sala de Apelaciones del TPIY revocó algunas de las condenas de la Sala de Primera Instancia por crímenes de lesa humanidad y redujo la sentencia de Krajisnik a 20 años. Krajisnik fue trasladado al Reino Unido para cumplir su condena.
  • Milomir Stakic (Prijedor). En la acusación formal del TPIY, Stakić fue acusado de genocidio o, alternativamente, de complicidad en genocidio, asesinato como crimen de lesa humanidad, exterminio, asesinato como violación de las leyes o costumbres de la guerra, persecuciones, deportación y actos inhumanos. El 31 de julio de 2003, la Sala de Primera Instancia lo declaró inocente de genocidio, complicidad en genocidio o traslado forzoso (un crimen de lesa humanidad). Fue declarado culpable de: exterminio (crimen de lesa humanidad); asesinato (una violación de las leyes y costumbres de la guerra); y persecuciones (crímenes de lesa humanidad, incluido el asesinato y deportación, ambos también crímenes de lesa humanidad). Fue condenado a cadena perpetua con una pena mínima de 20 años. La Sala de Apelaciones confirmó la decisión de la Sala de Primera Instancia de condenar a Stakić por su responsabilidad en el exterminio, el asesinato y la persecución de la población no serbia de Prijedor. La Sala de Apelaciones también concluyó que la Sala de Primera Instancia no lo condenó incorrectamente por deportar y trasladar por la fuerza a la población no serbia. La Sala de Apelaciones estuvo de acuerdo con la decisión de la Sala de Primera Instancia de absolver a Milomir Stakić de genocidio y complicidad en genocidio. La Sala de Apelaciones indicó que "[sin] duda, la Sala de Primera Instancia formuló conclusiones fácticas que, en principio, podrían tomarse como prueba de que el Apelante tenía la intención de destruir en parte al grupo musulmán bosnio, incluidos los identificados por la Fiscalía", pero que "no puede concluir que las pruebas en este caso son tan inequívocas que una Sala de Primera Instancia razonable se vio obligada a inferir que la intención se estableció más allá de toda duda razonable". La Sala de Apelaciones determinó que Stakić participó en una empresa criminal conjunta cuyo propósito era cometer crímenes contra las poblaciones bosnia-musulmana y bosnia-croata de Prijedor. Estos crímenes formaron parte de una campaña para perseguir a la población no serbia de Prijedor, con el objetivo final de crear un municipio serbio para que finalmente forme parte de un estado serbio puro previsto. Fue condenado a 40 años de prisión.

Poder judicial en Bosnia y Herzegovina

Antes del establecimiento del Tribunal Estatal de Bosnia y Herzegovina , hubo varias acusaciones por el crimen de genocidio, sin embargo, solo un miembro, Borislav Herak , ha sido declarado culpable de genocidio. Desde 2003 no se han presentado acusaciones por genocidio ante los tribunales locales de Bosnia y Herzegovina, salvo el Tribunal de Bosnia y Herzegovina.

Fallos antes del establecimiento de la Corte de Bosnia y Herzegovina

  • Borislav Herak y Sretko Damjanović: el 7 de febrero de 1993, la Fiscalía Militar de Distrito de Sarajevo presentó una acusación formal ante el Tribunal Militar de Distrito de Sarajevo contra Herak, por genocidio, crímenes de guerra contra la población civil y crímenes de guerra contra prisioneros de guerra , por crímenes cometidos mientras él estaba miembro de "Bioča Company" y "Kremeš Company", Damjanović (por genocidio, crímenes de guerra contra la población civil), por crímenes cometidos mientras era miembro de "Kremeš Company" y Nada Tomić (por encubrimiento de delitos). En marzo de 1993, por sentencia del Tribunal Militar de Distrito, fueron declarados culpables de todos los delitos y Herak y Damjanović fueron condenados a muerte. En julio de 1993, el tribunal de segunda instancia aceptó parcialmente los recursos de los abogados defensores, pero confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la determinación de la culpabilidad de todos los delitos y las penas impuestas. El tribunal de tercera instancia, en diciembre de 1993, rechazó los recursos de las capas de la defensa y confirmó la sentencia del tribunal de segunda instancia. Tras un nuevo proceso procesal, se ordenó un nuevo juicio de Damjanović de conformidad con la decisión de la Cámara de Derechos Humanos de B&H y durante el nuevo juicio Damjanović fue absuelto de los cargos de genocidio. En la apelación, el tribunal confirmó la absolución por genocidio en relación con Damjanović, así como la pena de nueve años de prisión por otros delitos. Todas las solicitudes de nuevo juicio de Herak fueron rechazadas, lo que lo convierte en la única persona condenada por genocidio por el tribunal local en B & H antes del establecimiento del Tribunal de Bosnia y Herzegovina, y también es la primera persona en ser condenada por el crimen de genocidio. después de la Segunda Guerra Mundial. La pena de muerte de Herak se modificó a 20 años de prisión y fue puesto en libertad en agosto de 2012.
  • Tešić Tešo y Borović Dušan: el 22 de julio de 1996, Tešić, miembro de la Brigada paramilitar Vlasenica, y Borović, miembro de unidades de voluntarios de Serbia, fueron acusados ​​por la Fiscalía Superior de Sarajevo, ya que se presume que "participaron y organizaron destrucción sistemática de personas, miembros de nacionalidad no serbia ", y por lo tanto cometieron el crimen de genocidio (en virtud del Código Penal de la República Federativa Socialista de Yugoslavia , o FBiH , adoptado por el decreto ley) en la parte norte del municipio de Vlasenica y Bijeljina y Zvornik, respectivamente. El Tribunal Cantonal de Tuzla, el 19 de septiembre de 1997, absolvió al acusado de los cargos ya que los cargos no fueron probados, y esta sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo de la Federación de Bosnia y Herzegovina el 1º de agosto de 2000.
  • Čančar Veselin: el 11 de noviembre de 1996, Čančar, capitán de reserva del JNA , fue acusado por la Fiscalía Superior de Sarajevo de, entre otras cosas, presunta comisión de genocidio en el territorio de Foča. El 9 de enero de 1998 se eliminó de la acusación el cargo de genocidio y el acusado fue finalmente declarado culpable de haber cometido crímenes de guerra contra la población civil.

El Tribunal de Bosnia y Herzegovina

Hasta ahora, la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina solo ha presentado acusaciones por el crimen de genocidio relacionado con la masacre de Srebrenica , y ha afirmado que "las investigaciones no han mostrado elementos de genocidio en ninguna otra zona [que no sea Srebrenica]". Muchos analistas indican que las razones de esto radican en el hecho de que los fiscales no están dispuestos a desviarse de la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia , pero Erna Mackic, escribiendo en BIRN BiH en noviembre de 2009, afirmó que "algunos activistas de derechos creen que esto puede cambiar" una vez que el El juicio del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de Radovan Karadžić ha terminado.

Detenido
  • Marko Boškić: el 25 de agosto de 2004, agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE . UU. Arrestaron y acusaron a Boškić de fraude y uso indebido de visas, permisos y otros documentos. Posteriormente, el 29 de abril de 2010, fue extraditado a Bosnia y Herzegovina y entregado a miembros de SIPA (Agencia Estatal de Investigación y Protección) y debe ser acusado por la presunta participación en el genocidio de Srebrenica .
  • Dragan Nešković - El 25 de agosto de 2010, la Agencia Estatal de Investigación y Protección arrestó a Nešković en Bijeljina bajo sospecha de participación en el genocidio de Srebrenica.
  • Branko Popić - fue detenido por agentes de Operaciones de Ejecución y Remoción (ERO) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de Estados Unidos por sospecha de participación en el genocidio de Srebrenica. Fue deportado a Bosnia y Herzegovina.
  • Dejan Radojković - fue arrestado en enero de 2009 en Estados Unidos y deportado en 2012 a Bosnia y Herzegovina para enfrentar los cargos de su presunta participación en el genocidio de Srebrenica.
  • Milorad Obradovic - fue arrestado en Munich, Alemania, en enero de 2018 por presunta actividad en los numerosos secuestros, encarcelamientos ilegales y asesinatos de musulmanes bosnios en la región de Prijedor de Bosnia en la primavera y el verano de 1992.
  • Nueve ex oficiales militares y tropas de los serbios de Bosnia fueron arrestados en Bosnia el 16 de septiembre de 2020 por ser sospechosos de estar involucrados en la matanza de 44 civiles bosnios musulmanes durante la Guerra de Bosnia de 1992-95.
  • Dusan Culibrk: fue arrestado en Bosnia en noviembre de 2020 acusado de participar en el asesinato de 51 civiles no serbios en el noroeste de Bosnia y Herzegovina a principios de la guerra en la década de 1990.
  • Siete ex militares y policías serbios de Bosnia fueron arrestados en Bosnia el 8 de diciembre de 2020 acusados ​​de encarcelar ilegalmente y torturar a 150 civiles bosnios y croatas en los alrededores de la ciudad de Donji Vakuf, en el centro de Bosnia, en la primavera y el verano de 1992.
Acusado a juicio
  • Nedeljko Milidragović y Aleksa Golijanin: el 19 de julio de 2012, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó el auto de acusación en virtud del cual ambos acusados ​​fueron acusados ​​del delito de genocidio cometido en Srebrenica en el período del 10 al 19 de julio de 1995. En la fecha pertinente período Milidragović fue comandante del segundo pelotón de la 1.a Compañía, Centro de Entrenamiento Jahorina de la Brigada Especial de Policía del Ministerio del Interior de la RS (SBP del RS MUP), mientras que Golijanin fue subcomandante del 3.er Pelotón de la 1.a Compañía , Centro de Formación Jahorina de SBP de la RS MUP. Ninguno de los acusados ​​estaba detenido y los datos disponibles sugerían que Milidragović vivía en Belgrado, mientras que Golijanin residía en Sremska Kamenica, ambos en Serbia. El 18 de marzo de 2015 ambos fueron detenidos en Serbia.
  • Branimir Tešić y Miodrag Josipović: por decisión del Tribunal de Bosnia y Herzegovina de 5 de septiembre de 2014, se ordenó al sospechoso Tešić permanecer bajo custodia durante un mes, mientras que en relación con el sospechoso Jovanović, el Tribunal ordenó una serie de medidas de prohibición, incluida la prohibición de salir el lugar de residencia (arresto domiciliario). Ambos son sospechosos de cometer el crimen de genocidio. El 2 de octubre de 2014, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación contra ambos acusados ​​por el crimen de genocidio. La acusación formal alega que Josipović, en calidad de jefe de la comisaría de seguridad pública Bratunac y miembro del personal de las fuerzas policiales del centro de seguridad pública de Zvornik, se alojó en la comisaría de seguridad pública de Bratunac, y Tešić, como subcomandante de la comisaría de policía de Bratunac, en el período del 12 al 19 de julio de 1995 ayudó e instigó la destrucción parcial de los bosnios del enclave de Srebrenica.
  • Dragomir Vasić, Danilo Zoljić y Radomir Pantić: el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación contra los acusados ​​el 16 de diciembre de 2014, acusándolos del delito de genocidio en Srebrenica, mediante la complicidad y la complicidad.
  • Srećko Aćimović: el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación contra el acusado el 28 de diciembre de 2015, acusándolo del delito de genocidio en Srebrenica, mediante la complicidad y la complicidad.
  • Tomislav Kovač, la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina acusó al acusado de genocidio en Srebrenica el 29 de diciembre de 2017. La acusación se envió al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para su confirmación.
  • El 28 de diciembre de 2017, 14 musulmanes bosnios fueron acusados ​​por el gobierno bosnio de crímenes contra los serbios.
  • El ex general serbio-bosnio Milomir Savcic fue acusado de genocidio cerca de Srebrenica el 31 de diciembre de 2019.
  • Ranko Radulovic: el ciudadano montenegrino y ex combatiente serbio de Bosnia fue acusado en septiembre de 2020 de crímenes de lesa humanidad por su participación en ataques a bosnios, violación, toma de rehenes y destrucción de propiedades en el área de Foca de Bosnia en 1992.
Caso Mitrović y otros ("Kravice")
El veredicto de primera instancia

El 29 de julio de 2008, tras un juicio de dos años, la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina declaró a siete hombres culpables de genocidio por su papel en la masacre de Srebrenica, incluida la muerte de 1.000 bosnios en un solo día. En el veredicto del juicio, el Tribunal determinó que los acusados ​​Milenko Trifunović, Aleksandar Radovanović, Brano Džinić, Slobodan Jakovljević y Branislav Medan, por sus acciones como coautores (no como miembros de la JCE ), cometieron el delito de genocidio en violación del artículo 171 (a) en conjunción con los artículos 29 y 180 (1) del Código Penal de Bosnia y Herzegovina (CC de Bosnia y Herzegovina), mientras que el acusado Miloš Stupar fue declarado culpable del delito de genocidio bajo la responsabilidad de mando, en violación del artículo 171 (a) en conjunción con el artículo 180 (2) del CC de Bosnia y Herzegovina, ya que actuó con intención genocida al no castigar a sus subordinados. El tribunal determinó que a los hombres bosnios que intentaban escapar de Srebrenica se les había dicho que los mantendrían a salvo si se rendían. En cambio, fueron transportados a una cooperativa agrícola en el pueblo de Kravica , y luego ejecutados en masa .

Declarado culpable de genocidio (29 de julio de 2008)
  • Milos Stupar (comandante del segundo escuadrón de la policía especial Šekovići) - declarado culpable, condenado a 40 años.
  • Milenko Trifunovic (comandante del 3er Pelotón "Skelani", parte del 2º Escuadrón de la Policía Especial Šekovići) - declarado culpable, condenado a 42 años.
  • Brano Dzinic (un oficial de la policía especial de la 2da Brigada de Policía Especial Šekovići) - declarado culpable, condenado a 42 años.
  • Slobodan Jakovljevic (miembros de la fuerza policial especial del 3er pelotón "Skelani") - declarado culpable, condenado a 40 años.
  • Branislav Medan (miembros de la fuerza policial especial del 3er pelotón "Skelani") - declarado culpable, condenado a 40 años.
  • Petar Mitrovic (miembros de la fuerza policial especial del 3er pelotón "Skelani") - declarado culpable, condenado a 38 años.
  • Aleksandar Radovanovic (miembros de la fuerza policial especial del 3er Pelotón "Skelani") - declarado culpable, condenado a 42 años.
Pagado
  • Velibor Maksimovic (miembros de la fuerza policial especial del 3er pelotón "Skelani") - absuelto.
  • Milovan Matic (miembro de RSA ) - absuelto.
  • Miladin Stevanovic (miembros de la fuerza policial especial del 3er pelotón "Skelani") - absuelto.
  • Dragisa Zivanovic (miembros de la fuerza policial especial del 3er pelotón "Skelani") - absuelto.
El veredicto del Panel de Apelaciones, las decisiones del Tribunal Constitucional y un nuevo juicio
  • Milovan Matić: el Panel de Apelación confirmó el veredicto del juicio y, por lo tanto, rechazó por infundada la apelación presentada por el Fiscal.
  • Miloš Stupar: el Panel de Apelación revocó el veredicto del juicio y ordenó un nuevo juicio ante el panel de la División de Apelaciones de la Sección I del Tribunal de Bosnia y Herzegovina.
  • Milenko Trifunović, Brane Džinić, Aleksandar Radovanović, Slobodan Jakovljević, Branislav Medan - el Panel de Apelación dictaminó que el veredicto del juicio está alterado en el sentido de que el acusado, consciente de la existencia del plan genocida de otros, realizó las acciones por las que considerablemente contribuyeron a la comisión de ese delito, por lo que participaron en el delito de Genocidio como cómplices (no como coautores), ya que no se demostró más allá de toda duda razonable que los propios imputados actuaron con intención genocida. Por lo tanto, Trifunović fue condenado a 33 años, Džinić a 32 años, Radovanović a 32 años, Jakovljević a 28 años y Medan a 28 años.

Finalmente, el Panel de Apelación subrayó que es "indiscutible que el genocidio se cometió en Srebrenica en julio de 1995. Debido a su naturaleza, ese crimen no pudo haber sido cometido por una sola persona, pero tuvo que incluir una participación activa de varios personas, cada una de las cuales tiene un rol. Sin embargo, es evidente que no todos los participantes en los hechos de Srebrenica en el momento referido actuaron con idéntico estado de ánimo, ni tomaron las mismas acciones ".

El 22 de octubre de 2013, el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina confirmó las apelaciones de Milenko Trifunović, Aleksandar Radovanović, Brano Džinić, Slobodan Jakovljević, Petar Mitrović y Branislav Medan, y concluyó que el Tribunal de Bosnia y Herzegovina había violado sus derechos en virtud del artículo 7 de la Convención Europea de Derechos Humanos, cuando aplicó el nuevo Código Penal de Bosnia y Herzegovina, en lugar del que estaba en vigor cuando se cometió el crimen de genocidio. Las causas se remitieron al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para un nuevo juicio. De conformidad con la decisión del Tribunal Constitucional, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina puso fin a la ejecución de la pena de prisión para los acusados ​​y los puso en libertad antes del inicio de nuevos juicios.

El 29 de abril de 2014, el Panel de la Sección I de Crímenes de Guerra de la División de Apelaciones del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó una sentencia concediendo en parte las apelaciones presentadas tras la decisión del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina, revisando así el veredicto de primera instancia de 29 de julio de 2008 sobre la calificación jurídica del delito y la determinación del imputado del delito de genocidio en virtud del artículo 141 del Código Penal de la República Federativa Socialista de Yugoslavia, según se lee en el artículo 24 (complicidad) de dicho Código, y condena al acusado Milenko Trifunović, Brane Džinić, Aleksandar Radovanović, Slobodan Jakovljević y Branislav Medan a 20 años de prisión cada uno.

El veredicto del Panel de Apelación en el caso Mitrović, decisión del Tribunal Constitucional y nuevo juicio

En una sentencia separada, el Panel de Apelación aceptó parcialmente la apelación de Petar Mitrović y lo declaró culpable del delito de genocidio, pero como cómplice (complicidad), y lo condenó a 28 años de prisión.

El 22 de octubre de 2013, el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina confirmó la apelación de Petar Mitrović, al concluir que el Tribunal de Bosnia y Herzegovina había violado sus derechos del artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, cuando aplicó el nuevo Código Penal de Bosnia. y Herzegovina, en lugar de la que estaba en vigor cuando se cometió el crimen de genocidio. El caso se remitió al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para un nuevo juicio. De conformidad con la decisión del Tribunal Constitucional, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina puso fin a la ejecución de la pena de prisión para el acusado y lo puso en libertad antes de que se iniciara un nuevo juicio.

El Panel de la Sección I de Crímenes de Guerra de la Sala de Apelaciones del Tribunal de Bosnia y Herzegovina emitió el 29 de abril de 2014 un veredicto en este caso aceptando en parte la apelación de la defensa del acusado, revisando así la sentencia anterior en relación con su legalidad. calificación, declarando al acusado Petar Mitrović culpable del delito de genocidio, ahora bajo el Código Penal de la República Federativa Socialista de Yugoslavia, como cómplice (complicidad), y condenándolo a 20 años de prisión.

Nuevo juicio en el caso Miloš Stupar

Stupar, quien presuntamente actuó como Comandante del 2. ° Destacamento Šekovići de la Policía Especial, fue acusado del delito de genocidio bajo la responsabilidad del mando, ya que presuntamente no tomó las medidas necesarias y razonables para evitar que miembros de su Destacamento participaran en la perpetración del genocidio en Srebrenica y, tras la perpetración del delito, no tomó las medidas necesarias para castigarlos.

Stupar fue declarado culpable en el veredicto de primera instancia, de 29 de julio de 2009, pero la Sala de Apelaciones de la Sección I de Crímenes de Guerra, por su veredicto de 9 de septiembre de 2009, modificó el veredicto del juicio en su parte de sentencia y, entre otras cosas, ordenó un nuevo juicio con respecto a Stupar ante el panel de la División de Apelaciones de la Sección I del Tribunal de Bosnia y Herzegovina. La División de Apelaciones dictó su veredicto el 5 de mayo de 2010 por el cual había adquirido a Stupar de todos los cargos, ya que no era comandante de facto o de jure del segundo destacamento Šekovići de la policía especial y dado que no tenía el control efectivo sobre la autores de los crímenes.

Caso Milorad Trbić
Veredicto de primera instancia

Milorad Trbić, un ex capitán de reserva de la brigada Zvornik del ejército de la República Srpska, fue acusado de genocidio de conformidad con el artículo 171 del Código Penal de Bosnia y Herzegovina (CC BiH) junto con el asesinato de miembros del grupo, lo que provocó Daños corporales o mentales graves a los miembros del grupo, infligiendo deliberadamente al grupo condiciones de vida calculadas para provocar su destrucción física total o parcial, imponiendo medidas destinadas a prevenir los nacimientos dentro del grupo. El 16 de octubre de 2009, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina, en un veredicto de primera instancia, declaró a Milorad Trbić directamente responsable de los crímenes que cometió como parte de una empresa criminal conjunta para destruir a todos los bosnios llevados a su zona de responsabilidad durante el período posterior a la caída. de Srebrenica. El Tribunal condenó a Trbić por su participación en los crímenes a treinta años de prisión.

Veredicto de segunda instancia

El 16 de octubre de 2009, el Panel de Apelación del Tribunal de Bosnia y Herzegovina, tras una audiencia pública, rechazó por infundadas las apelaciones presentadas por la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina y el Abogado Defensor, y confirmó el veredicto y la sentencia en su totalidad. .

Sentencia del Tribunal Constitucional y nuevo juicio

El 6 de noviembre de 2014, el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina confirmó la apelación de Milorad Trbić al concluir que el Tribunal de Bosnia y Herzegovina había violado sus derechos del artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, cuando aplicó el nuevo Código Penal de Bosnia y Herzegovina. Herzegovina, en lugar de la que estaba en vigor cuando se cometió el crimen de genocidio. El caso se remitió al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para un nuevo juicio. Tras la decisión del Tribunal Constitucional, el 3 de febrero de 2015, el Panel de la División de Apelaciones de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina emitió el veredicto de 19 de enero de 2015 en virtud del cual se revisa la sentencia del tribunal de primera instancia en los términos de la aplicación del Código Penal y la decisión sobre la sanción, por lo que las acciones por las que Trbić es declarado culpable en la sentencia de primera instancia se definen como el delito de genocidio en violación del artículo 141 del Código Penal de los Socialistas. República Federativa de Yugoslavia asumida sobre la base de la Ley de aplicación del Código Penal de Bosnia y Herzegovina y el Código Penal de la República Federativa Socialista de Yugoslavia, según se lee con el artículo 22 (coautoría) de dicho Código. El Tribunal también revisó la sentencia en términos de la sanción y, por lo tanto, pronunció contra Trbić una pena de prisión de veinte años. La parte restante de la sentencia del tribunal de primera instancia se mantuvo sin cambios.

Caso Radomir Vuković y otros
Veredicto de primera instancia y orden de segundo juicio de segunda instancia

El 21 de octubre de 2008, la Corte dictó una decisión sobre la acumulación de causas de Radomir Vuković (X-KR-06 / 180-2) y Zoran Tomić (X-KR-08/552), y el juicio principal comenzó el 4 de diciembre de 2008 Ambos fueron acusados ​​del delito de genocidio y ambos se declararon inocentes. El 22 de abril de 2010, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó el veredicto de primera instancia declarando culpables a ambos acusados ​​de ayudar a sabiendas en la perpetración del crimen de genocidio porque, como miembros de la fuerza de policía especial del segundo destacamento de la policía especial de Šekovići de la República Srpska MUP, participaron en mantener la carretera transitable durante el transporte de bosnios en camiones y autobuses, para luego capturar a un gran número de hombres bosnios que intentaron escapar de la Zona Segura de la ONU y llevarlos a la Cooperativa Agrícola Kravica donde participó en su ejecución. Cada uno de ellos fue condenado a una pena de prisión de 31 años. El 11 de mayo de 2011, el Panel de la División de Apelaciones de la Sección I para Crímenes de Guerra del Tribunal, tras una sesión pública, emitió una Decisión de Apelación revocando el veredicto del juicio y ordenando un nuevo juicio ante el Panel de Apelación.

Veredicto de segunda instancia

El 25 de enero de 2012, la Sala de la Sala de Apelaciones de la Sección I de Crímenes de Guerra, tras una sesión pública, dictó el veredicto de segunda instancia por el que Radomir Vuković fue declarado culpable de perpetrar el delito penal de complicidad y complicidad en el genocidio, y fue condenado a una pena de prisión de 31 años. Zoran Tomić fue absuelto.

Sentencia del Tribunal Constitucional y nuevo juicio

El 27 de octubre de 2015, el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina confirmó la apelación de Radomir Vuković al considerar que el Tribunal de Bosnia y Herzegovina había violado sus derechos del artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, cuando aplicó el nuevo Código Penal de Bosnia y Herzegovina. Herzegovina, en lugar de la que estaba en vigor cuando se cometió el crimen de genocidio. El caso se remitió al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para un nuevo juicio. Tras la decisión del Tribunal Constitucional, el 17 de diciembre de 2015, el Panel de la División de Apelaciones de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina emitió el veredicto en virtud del cual se revisa la sentencia del tribunal de primera instancia en términos de la demanda. del Código Penal y la decisión sobre la sanción y, por lo tanto, las acciones por las que Vuković es declarado culpable en la sentencia de primera instancia se definen como el delito de genocidio en violación del artículo 141 del Código Penal de la República Federativa Socialista de Yugoslavia. asumido sobre la base de la Ley de Aplicación del Código Penal de Bosnia y Herzegovina y el Código Penal de la República Federativa Socialista de Yugoslavia. El Tribunal también revisó la sentencia en cuanto a la sanción y, por lo tanto, pronunció contra Vuković una pena de prisión de veinte años. La parte restante de la sentencia del tribunal de primera instancia se mantuvo sin cambios.

Momir Pelemiš y Slavko Perić
Veredicto de primera instancia

El acusado Momir Pelemiš actuó como Subcomandante del 1er Batallón de la 1ra Brigada de Infantería Zvornik (1er Batallón) y como Comandante interino del 1er Batallón en el período comprendido entre el 9 y el 21 de julio de 1995, mientras que en el período comprendido entre el 14 y el El 17 de diciembre de 1995, el acusado Slavko Perić actuó como Subcomandante de Seguridad e Inteligencia en el 1er Batallón. El tribunal confirmó la acusación contra el acusado el 28 de noviembre de 2008, acusando a ambos acusados ​​de genocidio. En una audiencia de declaración de culpabilidad ante la Sección I de Crímenes de Guerra de la Corte, celebrada el 16 de enero de 2009, ambos acusados ​​se declararon inocentes y el juicio principal comenzó el 10 de marzo de 2009.

El 31 de octubre de 2011, el Panel de Primera Instancia de la Sección 1 del Tribunal de Bosnia y Herzegovina anunció el veredicto de primera instancia, condenando a Momir Pelemiš y Slavko Perić a 16 y 19 años de prisión respectivamente por el delito de genocidio, y concluyó que el acusado prestó asistencia a sabiendas a miembros de la empresa criminal conjunta destinada a matar a los bosnios sanos de Srebrenica, durante un ataque generalizado y sistemático llevado a cabo en la zona segura de las Naciones Unidas en Srebrenica entre el 10 de julio y el 1 de noviembre de 1995 por miembros de la República Srpska Army y RS MUP.

Veredicto de segunda instancia

El 26 de diciembre de 2012, la Sala de la Sala de Apelaciones de la Sección I de Crímenes de Guerra, tras una sesión pública, dictó el veredicto de segunda instancia mediante el cual revocó el veredicto de juicio contra el acusado Momir Pelemiš y ordenó un nuevo juicio ante la sala de apelaciones. . También modificó parcialmente la sentencia contra Branko Perić, de modo que se le vuelve a condenar a 11 años de prisión.

Nuevo juicio en el caso Momir Pelemiš

El juicio principal ante el Panel de la Sección I de Crímenes de Guerra de la Sala de Apelaciones del Tribunal de Bosnia y Herzegovina se inició el 14 de febrero de 2013, y el veredicto de segunda instancia se pronunció el 13 de junio de 2013. La Sala de Apelaciones declaró inocentes al acusado del crimen de genocidio.

Duško Jevic et al caso
Veredicto de primera instancia

El 22 de enero de 2010, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación en el caso Duško Jević et al. caso, acusando a los acusados ​​Duško Jević, Mendeljev Đurić y Goran Marković del delito de genocidio, en relación con la masacre de Srebrenica. El 19 de abril de 2010, el Tribunal dictó una decisión sobre la fusión de este caso con el caso contra Neđo Ikonić, contra quien el 21 de enero de 2010, el Tribunal dictó una decisión en la que ordenaba al acusado permanecer en custodia durante un mes, después de su detención en los Estados Unidos. de América y extraditado a Bosnia y Herzegovina, y contra quien posteriormente confirmó la acusación, acusando al acusado del delito de genocidio en Srebrenica. Ikonić se declaró inocente de los cargos. El acusado Jević se encontraba en el momento pertinente en calidad de Subcomandante de la Brigada Especial de Policía del MUP RS y Comandante del Centro de Capacitación de la Brigada Especial de Policía Jahorina; el acusado Đurić, en calidad de Comandante de la 1.ª Compañía del Centro de Formación Jahorina; el acusado Marković, en calidad de Comandante del 2º Pelotón de la 1ª Compañía del Centro de Formación Jahorina y el acusado Ikonić, en calidad de Comandante de la 2ª Compañía del Centro de Formación Jahorina del MUP RS Special Brigada de Policía.

El 25 de mayo de 2012, la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó el veredicto de primera instancia en el que declaró culpables a los acusados ​​Jević y Đurić por ayudar voluntariamente a miembros de la empresa criminal conjunta a cometer genocidio en Srebrenica, mientras Ikonić y Marković fueron declarados inocentes de los delitos imputados. Jević fue condenado a 35 y Đurić a 30 años de prisión.

Veredicto de segunda instancia

El 16 de agosto de 2013, el Panel de Apelación de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó su veredicto de segunda instancia por el que había reducido la pena de prisión de larga duración del acusado Jević a 32 años y del acusado Đurić a 28 años, rechazando por infundada la apelación interpuesta por la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina.

Caso Željko Ivanović
Veredicto de primera instancia y orden de segundo juicio de segunda instancia

El acusado Željko Ivanović fue acusado de un delito penal de genocidio, en el que presuntamente participó como miembro de la Unidad de Policía Especial del 2.º Destacamento de Šekovići, RS MoI, durante el período del 10 al 19 de julio de 1995 en Srebrenica y sus alrededores. El 29 de junio de 2009, el acusado se declaró inocente del cargo de genocidio. El 24 de abril de 2012, el Panel de Primera Instancia de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó un veredicto en el que declaró al acusado culpable del delito de crímenes de lesa humanidad y lo condenó a una pena de prisión de 13 años. La fiscalía movió al Panel de Apelaciones de la Corte a conceder su apelación, revocar el veredicto impugnado y programar un nuevo juicio, o alterar el veredicto encontrando al acusado culpable del delito penal de genocidio, mientras que la defensa también apeló. El 5 de diciembre de 2012, el Panel de la Sección I de Crímenes de Guerra de la División de Apelaciones del Tribunal de Bosnia y Herzegovina concedió las apelaciones del fiscal y la defensa, revocó el veredicto de primera instancia del Tribunal y programó un nuevo juicio ante el Panel de la División de Apelaciones.

Veredicto de segunda instancia

El 17 de junio de 2003, el Panel de Apelaciones del Tribunal de Bosnia y Herzegovina declaró al acusado culpable del crimen de genocidio, como cómplice, y lo condenó a 24 años de prisión.

Sentencia del Tribunal Constitucional y nuevo juicio

El 28 de marzo de 2014, el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina confirmó la apelación de Željko Ivanović al considerar que el Tribunal de Bosnia y Herzegovina había violado sus derechos del artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, cuando aplicó el nuevo Código Penal de Bosnia y Herzegovina. Herzegovina, en lugar de la que estaba en vigor cuando se cometió el crimen de genocidio. El caso se remitió al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para un nuevo juicio. De conformidad con la decisión del Tribunal Constitucional, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina puso fin a la ejecución de la sanción de prisión para los acusados ​​y liberó a hom de la prisión antes del inicio de un nuevo juicio.

Después de la decisión del Tribunal Constitucional, el Panel de la División de Apelaciones de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina declaró a Ivanović culpable del delito de genocidio, pero ahora en virtud del artículo 141 del Código Penal de la República Federativa Socialista. de Yugoslavia, en conjunción con el artículo 24 del mismo Código (complicidad), y lo condenó a 20 años de prisión.

Caso Goran Sarić

El 29 de agosto de 2013, la Fiscalía del Tribunal de Bosnia y Herzegovina acusó a Sarić del delito de genocidio por la masacre cometida en Srebrenica. El Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación contra Sarić el 9 de septiembre de 2013.

Veredicto de primera instancia

El 16 de febrero de 2018, el Panel de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó una sentencia en la que absolvió a Goran Sarić de los cargos por el delito penal de genocidio en Srebrenica.

Caso Aleksandar Cvetković

El 18 de enero de 2010, Cvetković fue detenido por la Unidad de Investigaciones Internacionales de Israel porque se sospecha que participó en el genocidio de Srebrenica. El 15 de agosto de 2013, Cvetković fue extraditado de Israel a Bosnia y Herzegovina para ser juzgado por los cargos de participación en el genocidio de Srebrenica. El Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación contra Cvetković el 12 de septiembre de 2013. Se le acusó de que, como miembro del 10º Destacamento de Sabotaje del Estado Mayor del Ejército de la República Srpska, a finales de junio de 1995, participó en el lanzamiento del primer ataque a la zona segura de la ONU de Srebrenica y la base de la UNPROFOR con el objetivo de intimidar a la población bosnia, y que, el 11 de julio de 1995, participó en la operación militar "Krivaja -95", o la captura de la ONU zona segura de Srebrenica. También se le acusó de que, tras la entrada en Srebrenica, y tras la expulsión de toda la población bosnia de la zona segura, el 16 de julio de 1995, en la Cooperativa Agrícola Branjevo, junto con otros miembros del 10º Destacamento de Sabotaje, disparó desde un fusil automático a los detenidos reunidos en grupos de diez hombres, en cuya ocasión, al menos novecientos bosnios detenidos y muchachos jóvenes del enclave de Srebrenica fueron ejecutados sumariamente, y sólo dos detenidos sobrevivieron.

Veredicto de primera instancia

El Panel de Primera Instancia de la Sección I de Crímenes de Guerra de la Corte de Bosnia y Herzegovina dictó, el 2 de julio de 2015, un veredicto que absolvió al acusado de todos los cargos por el delito de genocidio en virtud del artículo 171 (a) y (b) del Código Penal de Bosnia y Herzegovina, según se lee junto con el artículo 29 del mismo Código.

Stanišić Ostoja y otro caso

Ostoja Stanišić y Marko Milošević fueron detenidos el 21 de junio de 2012, bajo las acusaciones de participación en el genocidio de Srebrenica, por ayudar a sabiendas en la perpetración del genocidio en la zona de las aldeas Petkovci y Đulići, municipio de Zvornik. El 2 de agosto de 2012, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación contra el acusado. En el período relevante, Ostoja Stanišić era el comandante del 6º batallón de la brigada Zvornik, mientras que Marko Milošević era el comandante adjunto del 6º batallón de la brigada Zvornik. El 5 de septiembre de 2012, ambos acusados ​​se declararon inocentes de los cargos.

Veredicto de primera instancia

El Panel de Primera Instancia de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó, el 31 de marzo de 2017, un veredicto mediante el cual el acusado Ostoja Stanišić fue declarado culpable del crimen de genocidio y condenado a 11 años de prisión, mientras que el acusado Marko Milošević fue absuelto.

Encontrado culpable de otros delitos
Franc Kos y col. caso

El 12 de agosto de 2010, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación en la " causa Franc Kos y otros " en la que se imputaban a los acusados ​​Franc Kos, Stanko Kojić, Vlastimir Golijan y Zoran Goronja, como miembros del 10º Destacamento de Sabotaje del Estado Mayor de el Ejército de la República Srpska, con el delito de genocidio en Srebrenica. En la audiencia de declaración de culpabilidad, el 8 de septiembre de 2010, el acusado Vlastimir Golijan se declaró culpable, mientras que los acusados ​​Kos, Kojić y Goronja se declararon inocentes del delito de genocidio.

El 15 de junio de 2012, la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó su veredicto de primera instancia, determinando que el crimen de genocidio se cometió en Srebrenica en el período pertinente, pero concluyó que todos los acusados ​​son culpables de crímenes de lesa humanidad. Stanko Kojić fue condenado a 43 años, mientras que Franc Kos y Zoran Goronja fueron condenados a 40 años de prisión. Vlastimir Golijan fue condenado a 19 años de prisión. El 15 de febrero de 2013, el Panel de Apelación del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó su fallo rechazando la apelación de la Fiscalía y aceptando parcialmente la apelación de los acusados, y redujo sus sentencias. Franc Kos fue condenado a 35 años, Stanko Kojić a 32 años, Vlastimir Golijan a 15 años y Zoran Goronja a 30 años de prisión.

Caso Božidar Kuvelja

El 17 de enero de 2010, Božidar Kuvelja, ex oficial de policía del II Pelotón de la 1.ª Compañía del Centro de Formación de Jahorina, fue privado de libertad en la zona de Čajniče por orden del Fiscal del Departamento Especial para Crímenes de Guerra de la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina. Office y se sospecha que participó en el genocidio de Srebrenica. Se ordenó su detención el 19 de enero de 2011. El 4 de marzo de 2011, la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina envió el auto de procesamiento al Tribunal de Bosnia y Herzegovina para su confirmación. Kuvelja está acusado, entre otras cosas, de la presunta ejecución de alrededor de mil hombres y niños bosnios durante el genocidio de Srebrenica. El 9 de marzo de 2011, el Tribunal de Bosnia y Herzegovina confirmó la acusación, acusando a Kuvelja del delito de genocidio. Posteriormente, Kuvelja se declaró inocente.

El 11 de enero de 2013, el Panel de Primera Instancia de la Sección I de Crímenes de Guerra del Tribunal de Bosnia y Herzegovina dictó un veredicto en el que declaró al acusado culpable de crímenes de lesa humanidad y lo condenó a 20 años de prisión. Tanto el fiscal como la defensa han indicado que apelarán la sentencia. El 19 de noviembre de 2013 la Corte confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando tanto la apelación de la defensa como la del fiscal.

Negociaciones de la súplica
  • Vaso Todorović : el Tribunal confirmó el auto de acusación en su contra el 2 de junio de 2008, en virtud del cual se alegaba que Todorović, como miembro de la Policía Especial del 2º Destacamento de Šekovići durante el período del 10 al 19 de julio de 1995, con la intención de exterminó parcialmente a un grupo de bosnios, participó en una empresa criminal conjunta destinada a la reubicación forzosa de alrededor de 40 mil civiles de la Zona de Protección de la ONU en Srebrenica, y fue acusado del crimen de genocidio. El 23 de junio de 2008 Todorović se declaró inocente y el juicio se inició el 13 de octubre de 2010. Todorović llegó a un acuerdo de declaración de culpabilidad con la Fiscalía el 16 de octubre de 2010, tras lo cual el cargo de genocidio fue reemplazado por crímenes de lesa humanidad. El 22 de octubre de 2010 fue declarado culpable de complicidad en el asesinato, la deportación y el traslado forzoso como crimen de lesa humanidad cometido en Srebrenica en julio de 1995, y fue condenado a seis años de prisión.
  • Dragan Crnogorac : el 15 de noviembre de 2010, Crnogorac fue privado de libertad en Banja Luka por orden del Fiscal del Departamento Especial para Crímenes de Guerra dentro de la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina y se sospecha que lo hizo como miembro de las fuerzas policiales de la Formación Jahorina. Center - una parte del RS MoI, participó personalmente en la captura de hombres musulmanes en la aldea de Sendici que habían intentado escapar de Srebrenica y su ejecución, durante el genocidio de julio de 1995. Crnogorac llegó a un acuerdo con el fiscal después de ser acusado de genocidio. tras lo cual fue condenado a 13 años de prisión por crímenes de lesa humanidad.

Procesos alemanes

A finales de la década de 1990, los tribunales alemanes dictaron sentencias de prisión a varias personas que fueron declaradas culpables por los tribunales alemanes de participar en genocidios en Bosnia. Dos de estos casos fueron citados en la sentencia dictada por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia contra Radislav Krstic , al considerar si la masacre de Srebrenica cumplía con el requisito de " en parte " de la Convención de las Naciones Unidas para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio .

Novislav Džajić

Novislav Džajić fue acusado en Alemania de participación en genocidio, pero el Tribunal Regional Superior no pudo encontrar suficiente certeza, para una condena penal, de que había tenido la intención de cometer genocidio. Sin embargo, Džajič fue declarado culpable de 14 casos de asesinato y un caso de intento de asesinato. En la apelación de Džajić el 23 de mayo de 1997, la Sala de Apelaciones de Baviera determinó que se cometieron actos de genocidio en junio de 1992, confinados en el distrito administrativo de Foca .

Nikola Jorgić

El Tribunal Regional Superior ( Oberlandesgericht ) de Düsseldorf, en septiembre de 1997, dictó una condena por genocidio contra Nikola Jorgic , un serbio de Bosnia de la región de Doboj que era el líder de un grupo paramilitar ubicado en la región de Doboj. Fue condenado a cuatro penas de cadena perpetua por su participación en actos genocidas que tuvieron lugar en regiones de Bosnia y Herzegovina distintas de Srebrenica. Su apelación fue desestimada por el Tribunal Constitucional Federal de Alemania.

Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El 12 de julio de 2007, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desestimó la apelación de Nikola Jorgic , pero destacó que los tribunales alemanes habían interpretado el derecho interno alemán sobre genocidio de manera más amplia que las sentencias más recientes del TPIY y la CIJ.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos había revisado el caso y los fallos internacionales más recientes sobre el tema sostuvo que "la interpretación de los tribunales [alemanes] de 'intención de destruir un grupo' no requiere una destrucción física del grupo, que también ha sido adoptada por un número de académicos, [...] por lo tanto, está cubierto por la redacción, leída en su contexto, del crimen de genocidio en el Código Penal [alemán] y no parece irrazonable ", por lo que concluyó que" si bien muchas autoridades habían favoreció una interpretación estrecha del crimen de genocidio, ya había varias autoridades en el momento de los hechos que habían interpretado el delito de genocidio de la misma manera más amplia que los tribunales alemanes "y que" [Jorgic], si fuera necesario, con la ayuda de un abogado, podría haber previsto razonablemente que corría el riesgo de ser acusado y condenado por genocidio por los actos que había cometido en 1992 ", y por esta razón el tribunal rechazó la afirmación de Jorgic de que se había violado el artículo 7 (sin juego de palabras sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos de Alemania.

Maksim Sokolović

El 29 de noviembre de 1999, el Tribunal Regional Superior (Oberlandesgericht) de Düsseldorf condenó a Maksim Sokolović a nueve años de prisión por ayudar e incitar al crimen de genocidio y por infracciones graves de los Convenios de Ginebra.

Đurađ Kušljić

En 1999, Đurađ Kušljić fue declarado culpable de genocidio y condenado a cadena perpetua por un tribunal alemán por el asesinato de seis bosnios y orden de expulsión de otra población no serbia mientras era jefe de policía de Vrbanjci (municipio de Kotor Varoš ) en 1992. La calificación de sus crímenes se cambió a complicidad en genocidio en apelación, pero su sentencia no se modificó. Algunos juristas han afirmado que "los tribunales han adoptado una visión relativamente amplia" con respecto al elemento mental del genocidio en ese caso.

El 11 de enero de 2006, Kušljić presentó una apelación ante el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina alegando que se violaron sus derechos a un juicio justo cuando no le fue posible participar en el procedimiento ante el Ministerio de Asuntos Civiles y Comunicaciones de B&H y el Ministerio de Foreign Affairs de B&H, cuando se decidió que B&H no solicitaría su extradición en relación con el proceso penal en su contra por genocidio, aunque en su opinión B&H tenía jurisdicción, ya que ni siquiera sabía que el proceso estaba en curso. El Tribunal desestimó su recurso por ser ratione materiae incompatible con la Constitución de Bosnia y Herzegovina .

Procesos en Austria

Duško Cvjetković, que presuntamente era comandante de un grupo de milicias serbio-bosnio en Kucice, fue detenido en Austria el 19 de mayo de 1994. El 27 de julio de 1994, la Fiscalía de Salzburgo presentó una acusación contra Cvjetković por genocidio y genocidio mediante la complicidad de conformidad con a §321 (1) primera y cuarta alternativa del Código Penal de Austria en relación con el asesinato y traslado forzoso y §12 tercera alternativa del StGB relacionada con la complicidad, asesinato de conformidad con §75 del Código Penal de Austria y asesinato por complicidad de conformidad con §§12 tercera alternativa, 75 del Código Penal de Austria, así como incendio provocado mediante ayuda e complicidad de conformidad con §12 tercera alternativa, 169 (1) del Código Penal de Austria. Posteriormente fue absuelto por un jurado.

Procesos de los Países Bajos

Un ex intérprete de la ONU, Hasan Nuhanović y la familia de Rizo Mustafić, un electricista que trabajaba para el Batallón de la ONU en Srebrenica, han presentado una denuncia penal solicitando que se presenten cargos de genocidio contra tres oficiales militares holandeses: el comandante Thom Karremans, su adjunto Rob Franken y el segundo al mando, Berend Oosterveen, porque los miembros de la familia de Nuhanović fueron expulsados ​​del recinto de la ONU (su padre y su hermano murieron posteriormente), así como Mustafić, que sigue desaparecido. El fiscal de los Países Bajos ha decidido abrir una investigación de conformidad con la denuncia penal. El 7 de marzo de 2013, las autoridades neerlandesas decidieron no enjuiciar, mientras que Nuhanović indicó que apelaría esa decisión. Las familias presentaron una denuncia sobre la decisión del fiscal ante la Sala Militar del Tribunal de Apelación de Arnhem-Leeuwarden, pero el 29 de abril de 2015 el Tribunal de Apelación desestimó la denuncia y consideró que era poco probable que los enjuiciamientos condujeran a una condena. Contra la decisión del Tribunal de Apelación, las familias presentaron una solicitud ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la que se quejaban de que el Tribunal de Apelación no había ordenado el procesamiento penal de los tres militares holandeses, o al menos una investigación penal sobre su participación en el incidente. muertes de sus familiares. El 30 de agosto de 2016 la Corte Europea de Derechos Humanos declaró la demanda como inadmisible por ser manifiestamente infundada, concluyendo que "no se puede decir que las autoridades internas hayan incumplido la obligación procesal del artículo 2 de la Convención de realizar una efectiva investigación ... que pudiera conducir al esclarecimiento de los hechos, ... e identificar y, en su caso, sancionar a los responsables ".

Procesos serbios

El 11 de agosto de 2010, Humanitarian Law Center , una organización no gubernamental de derechos humanos de la República de Serbia, presentó una denuncia penal ante la Oficina del Fiscal de Crímenes de Guerra de la República de Serbia contra un número indeterminado de miembros del antiguo Ejército de Serbia. la República Srpska (VRS) por la presunta comisión del crimen de guerra de genocidio en Srebrenica, de acuerdo con el artículo 14 del Código Penal de la República Federativa de Yugoslavia (KZ SRJ) con respecto al artículo 22 de la KZ SRJ como coautores .

Procesos suizos

En mayo de 2016, el tribunal de primera instancia de Suiza declaró culpable al político suizo Donatello Poggi por discriminación racial y lo condenó a dos años de prisión condicional por negación del genocidio en Srebrenica en dos artículos de opinión sobre el Corriere del Ticino y TicinoLibero. sitios web. El 13 de junio de 2017, el tribunal de segunda instancia rechazó su recurso.

Trajes Civiles

Bosnia y Herzegovina

En un caso de Ferida Selimović et al. contra la República Srpska, la Cámara de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina resolvió 49 solicitudes que incluían los "casos de Srebrenica" que incluían solicitudes presentadas por familiares directos de hombres bosnios presuntamente asesinados como parte de las ejecuciones en masa durante el genocidio de Srebrenica en Julio de 1995. Los casos plantearon cuestiones en virtud de los artículos 3 , 8 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos , y de discriminación en relación con estos derechos en virtud del artículo II (2) (b) del Acuerdo de Derechos Humanos que figura en el anexo 6. al Acuerdo Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina . Los demandantes alegaron que ellos, como familiares cercanos, directa o indirectamente, fueron ellos mismos víctimas de presuntas o aparentes violaciones de derechos humanos resultantes de la falta de información específica sobre la suerte y el paradero de sus familiares vistos por última vez en Srebrenica en julio de 1995. Solicitaron las autoridades para llevar a los perpetradores ante la justicia, y la mayoría también solicitó una indemnización por su sufrimiento en una cantidad no especificada.

La Sala se basó en la sentencia del juicio de Krstić para el contexto histórico y los hechos subyacentes, aunque solo utilizó las partes fácticas de la sentencia de Krstić que no estaban incluidas en la apelación que estaba en curso en el momento de la decisión de la Sala. En su decisión, la Sala concluyó que el hecho de que la República Srpska no hiciera accesible y no revelara la información solicitada por los solicitantes sobre sus familiares desaparecidos constituía una violación de sus obligaciones positivas de asegurar el respeto de sus derechos a la vida privada y familiar, garantizados por el artículo 8 de la Convención Europea. Además, sostuvo que el hecho de que la República Srpska no informara a los solicitantes sobre la verdad de la suerte y el paradero de sus familiares desaparecidos, incluida la realización de una investigación significativa y efectiva sobre la masacre de Srebrenica en julio de 1995, violó sus derechos a no vivir en seres humanos y trato degradante , garantizado por el artículo 3 de la Convención Europea. Finalmente, la Sala concluyó que, al no cumplir con sus obligaciones con los solicitantes en virtud del Convenio Europeo, la República Srpska había discriminado a los solicitantes debido a su origen bosnio .

En cuanto a las reparaciones, la Sala ordenó a la República Srpska que divulgara cualquier información que tuviera sobre la suerte corrida por los familiares de los demandantes; liberar a las personas desaparecidas que tuviera bajo custodia; que lleve a cabo una investigación completa y significativa del papel de sus autoridades y fuerzas armadas en la masacre de Srebrenica, sus esfuerzos para encubrir el crimen y la suerte corrida por las personas desaparecidas, y que publique este informe dentro de los seis meses posteriores a la decisión; publicar la decisión de la Cámara en idioma serbio en su Gaceta Oficial; y hacer una donación total de 4.000.000 de marcos convertibles al memorial del genocidio de Srebrenica . Tras la decisión, el gobierno de la República Srpska formó la Comisión de Srebrenica para investigar los acontecimientos que ocurrieron en Srebrenica y sus alrededores en julio de 1995. Se ha argumentado que, aunque el impacto general de la Comisión fue limitado, su formación y trabajo supusieron un problema. primer paso de la República Srpska en reconocimiento del genocidio.

Estados Unidos

En 1994, dos conjuntos de denuncias ( Doe v. Karadžić y Kadić v. Karadžić ), ambas con varios demandantes, presentaron demandas en virtud de la Ley de reclamaciones por agravio de extranjeros y la Ley de protección de víctimas de tortura en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York , contra Radovan Karadžić por diversas atrocidades "llevadas a cabo por las fuerzas militares de los serbios de Bosnia como parte de una campaña genocida ". El tribunal de distrito desestimó ambos casos alegando que los estatutos mencionados requerían "acción estatal", sin embargo, el tribunal de apelaciones revisó y devolvió esa sentencia, declarando que "Karadžić puede ser declarado responsable de genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad en su capacidad privada y por otras violaciones en su calidad de actor estatal, y que no es inmune al servicio del proceso ". Karadžić recibió personalmente una citación y denuncia en cada acción durante sus visitas a la ONU en Nueva York, y participó activamente a través de sus abogados en el proceso ( Ramsey Clark , como su abogado), hasta que la Corte Suprema de los Estados Unidos denegó su solicitud. para revisar la decisión del tribunal de apelaciones. En 2000, el tribunal de distrito emitió una orden de incumplimiento en Kadić v. Karadžić , después de lo cual el caso pasó a una fase de daños en la que el jurado emitió un veredicto de 745 millones de dólares (265 millones de dólares en daños compensatorios y 480 millones de dólares en daños punitivos ), que luego se incorporó a la sentencia del tribunal, a favor de catorce demandantes. El tribunal también emitió una orden judicial permanente por la cual Karadžić y sus subordinados fueron prohibidos y prohibidos de cometer o facilitar "cualquier acto de 'limpieza étnica' o genocidio (...) o cualquier otro acto cometido con el fin de dañar, destruir o exterminar cualquier persona por motivos de etnia, religión y / o nacionalidad ". Ese mismo año, en Doe v. Karadžić , el tribunal falló a favor de veintiún demandantes y les otorgó 407 millones de dólares en daños compensatorios y 3.800 millones de dólares en daños punitivos. A partir de 2008, los demandantes no recibieron daños. El Alto Representante Adjunto para Bosnia y Herzegovina, Raffi Gregorian , afirmó que la Oficina de Derechos Humanos estaba considerando formas de confiscar los bienes de Karadžić, incluidos los de sus parientes más cercanos y la red de sus partidarios, y que la EUFOR había tomado medidas de la casa de su familia en Pale .

Los países bajos

Actualmente se están llevando a cabo dos casos ante el Tribunal de Distrito de La Haya en los Países Bajos contra el Estado de los Países Bajos y las Naciones Unidas .

Un caso está encabezado por un equipo de 14 abogados del bufete de abogados holandés Van Diepen Van der Kroef , que representa a 11 demandantes, incluida la fundación "Madres de los enclaves de Srebrenica y Žepa" (que representa a 6.000 familiares de las víctimas), que preguntó el tribunal, entre otras cosas , para otorgar una declaración judicial de que la ONU y el Estado de los Países Bajos incumplieron su obligación de prevenir el genocidio , según lo establecido en la Convención sobre el genocidio, y para responsabilizarlos solidariamente de pagar una indemnización por las pérdidas y lesiones sufridas por los demandantes así como los daños aún por determinar por el tribunal, y resolverlos de acuerdo con la ley. El 10 de julio de 2008, el tribunal dictaminó que no tenía jurisdicción contra la ONU, sin embargo, el proceso contra el Estado de los Países Bajos continuó. Los demandantes han apelado la sentencia (en relación con la inmunidad de la ONU), y el 28 de enero de 2010 se celebraron las primeras audiencias públicas relacionadas con este tema. La decisión del Tribunal se tomó el 30 de marzo de 2010, mediante la cual se confirmó la inmunidad absoluta de la ONU. Los demandantes también han apelado esta sentencia, pero la Corte Suprema de los Países Bajos sostuvo en abril de 2012 que la ONU disfrutaba de inmunidad. El 11 de junio de 2013 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró por unanimidad la inadmisibilidad de la demanda, en relación con la presunta violación del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos debido a la concesión de inmunidad absoluta a la ONU por parte del Tribunal Supremo holandés. El 16 de julio de 2014, el Tribunal de Distrito de La Haya dictaminó que los Países Bajos son responsables de la muerte de unas 300 víctimas que estaban bajo el control efectivo de Dutchbat, y que fueron expulsadas del recinto de Dutchbat en Potočari, pero no por la muerte de otras víctimas. . El 27 de junio de 2017, el Tribunal de Apelaciones de La Haya confirmó la sentencia de primera instancia contra los Países Bajos, pero limitó la responsabilidad del gobierno holandés al 30 por ciento de los daños.

El segundo caso se refiere a un ex intérprete de la ONU, Hasan Nuhanović , y la familia de Rizo Mustafić , un electricista que trabajaba para el Batallón de la ONU en Srebrenica. Nuhanović presentó una demanda contra el Estado de los Países Bajos ante el Tribunal de Distrito de La Haya alegando que las tropas holandesas dentro del contingente de mantenimiento de la paz de la ONU que eran responsables de la seguridad en la entonces zona protegida de Srebrenica, permitieron que las tropas del VRS mataran a su familia (hermano, padre y madre), mientras que la familia de Mustafić archivó la suite porque fue asesinado en circunstancias similares. La responsabilidad del estado de los Países Bajos se basó en la opinión de que el gobierno holandés (Ministro de Defensa) tenía el mando operativo de facto del batallón, según lo establecido por la Constitución holandesa (artículo 97 (2)), que otorga al gobierno mando superior ("oppergezag") sobre las fuerzas militares holandesas. El 10 de septiembre de 2008, el Tribunal de Distrito de La Haya falló en contra de los demandantes, señalando que el estado de los Países Bajos no puede ser considerado responsable de los actos u omisiones de Dutchbat, ya que ese contingente de tropas se puso a disposición de la ONU y, como cuestión o principio, cualquiera de sus actos debe atribuirse estrictamente a la ONU. Al mismo tiempo, concluyó que los actos de Dutchbat no pueden atribuirse simultáneamente a los Países Bajos ya que, en opinión de la Corte, no se presentó ninguna prueba de que el gobierno holandés "atravesara la estructura de mando de las Naciones Unidas" al ordenar al contingente que ignorara o desobedecer las órdenes de UNPROFOR . El 5 de julio de 2011, tras la apelación de los demandantes, el tribunal de apelación neerlandés sostuvo que los Países Bajos eran responsables de las tres muertes indicadas en la demanda y que los demandantes eran responsables de los daños y perjuicios. El 3 de mayo de 2013, el Procurador General de la Corte Suprema de los Países Bajos concluyó en su denominada "opinión consultiva" que la apelación contra la sentencia del Tribunal de Apelación de La Haya debería ser rechazada. El 6 de septiembre de 2009, el Tribunal Supremo de los Países Bajos confirmó la decisión del Tribunal de Apelaciones que responsabilizaba a los Países Bajos de las tres muertes en este caso. Los Países Bajos decidieron otorgar a las familias de las víctimas 20.000 euros cada uno por daños morales, mientras que los daños materiales se determinarán en una fecha posterior.

Referencias y notas