Estados Unidos
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Legislación federal sobre la edad laboral legal
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Esta lista estaba incompleta.
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Normas de edad mínima para el empleo no agrícola
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Ninguno: entregar periódicos; actuar en producciones de radio, televisión, cine o teatro; trabajar en negocios propiedad de sus padres (excepto en minería, manufactura o trabajos peligrosos); y cuidar niños o realizar tareas menores en una casa privada.
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14: Edad mínima para trabajar en ocupaciones específicas fuera del horario escolar por períodos de tiempo limitados cada día y cada semana.
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16: Edad mínima básica para trabajar. A los 16 años de edad, los jóvenes pueden ser empleados por horas ilimitadas en cualquier ocupación que no sea una declarada peligrosa por el Secretario de Trabajo.
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18: Edad mínima para trabajar en ocupaciones no agrícolas declaradas peligrosas por la Secretaría de Trabajo.
Estándares de ocupación:
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14 Edad mínima para trabajar (en / as): Oficina y trabajo administrativo; Trabajo de naturaleza intelectual o artísticamente creativa; Cocinar (excepto: cocinar sobre una llama abierta y usar equipos como asadores, asadores, equipo presurizado, incluidos frioladores y dispositivos de cocción que funcionan a temperaturas extremadamente altas, como los "pollos para asar Neico"); Cajero, venta, modelaje, obras de arte, trabajo en departamentos de publicidad, recorte de ventanas y comparativa de compras; Marcado de precios, montaje de pedidos, embalaje y estanterías; Trabajo de entrega (solo a pie, en bicicleta y transporte público); Trabajo de limpieza; Trabajos de cocina (y otros trabajos relacionados con la preparación y el servicio de alimentos y bebidas); Limpieza de equipos de cocina; Limpieza de verduras y frutas, y envasado, sellado, etiquetado, pesaje de precios y almacenamiento de artículos, incluidas verduras, frutas y carne; Carga y descarga de vehículos de motor; Salvavidas (pero no en un entorno natural como una playa, lago, estanque, río, cantera o muelle junto al mar); Trabajar en conexión con automóviles y camiones;
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16 Sin restricciones para empleos no agrícolas
Edad mínima para trabajar (en / as): Ocupación de manufactura; Ocupación minera; Cualquier ocupación encontrada y declarada peligrosa por el secretario de trabajo; Ocupaciones relacionadas con la operación, cuidado, instalación, ajuste, limpieza, lubricación o reparación de aparatos de elevación; Trabajo realizado en o cerca de salas de máquinas o calderas o en relación con el mantenimiento o reparación del establecimiento, máquinas o equipos; Ocupaciones relacionadas con la operación, cuidado, instalación, ajuste, limpieza, lubricación o reparación o de cualquier maquinaria motorizada; La operación de vehículos de motor o el servicio como ayudantes en dichos vehículos; Lavado de ventanas exteriores que implica trabajar desde los alféizares de las ventanas; Todo trabajo que requiera el uso de escaleras, andamios o sus sustitutos; Hornear y la mayoría de las actividades de cocina; Trabajar en congeladores y enfriadores de carne y todos los trabajos en el procesamiento de carne para la venta; Carga o descarga de bienes o propiedad en o desde vehículos de motor, vagones de ferrocarril y cintas transportadoras; Captura y crianza de aves de corral en preparación para el transporte o para el mercado; Servicio de mensajería pública;
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18 Edad mínima para trabajar (en / as): Fabricación y almacenamiento de explosivos; Conducción de vehículos de motor y ayudante externo en un vehículo de motor; Minería de carbón; Ocupaciones en extinción de incendios forestales, prevención de incendios forestales, operaciones de tractos madereros, servicio forestal, tala y aserradero; Uso de máquinas para trabajar la madera accionadas por motor; Exposición a sustancias radiactivas; Aparatos de elevación accionados por motor, incluidas las carretillas elevadoras; Máquinas de corte, punzonado y corte de metales accionadas por motor; Minería, distinta de la minería del carbón; Operar equipos de procesamiento de carne impulsados por motor, incluidas cortadoras de carne y otras cortadoras de alimentos, en establecimientos minoristas (como tiendas de comestibles, cocinas de restaurantes y delicatessen) y establecimientos mayoristas, y la mayoría de las ocupaciones en el sacrificio, empaque, procesamiento o procesamiento de carne y aves de corral; Máquinas de panadería accionadas por motor, incluidas las mezcladoras verticales de masa o rebozado; Empacadoras, compactadoras y procesadoras de papel a motor; Fabricación de ladrillos, tejas y productos afines; Sierras circulares eléctricas, sierras de cinta, sierras de cadena, tijeras de guillotina, trituradoras de madera y discos de corte abrasivos; Operaciones de demolición, desguace y desguace de buques; Operaciones de techado y todo trabajo sobre o alrededor de un techo; Operaciones de excavación;
Estándares de horas-tiempo
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14: Los jóvenes de catorce y 15 años no pueden trabajar antes de las 7 a.m. o después de las 7 p.m. excepto desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo cuando la hora de la tarde se extiende hasta las 9 p.m. (el tiempo se basa en los estándares locales; es decir, si la localidad ha adoptado el horario de verano); Más de 3 horas diarias en un día escolar, incluidos los viernes; Más de 8 horas al día en un día no escolar; Más de 18 horas a la semana durante las semanas escolares; Más de 40 horas a la semana durante las semanas no escolares.
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16: Sin restricciones (la ley estatal puede extender las restricciones para los jóvenes de 16 y 17 años)
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Leyes estatales: Alabama – Hawái
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Estado federal
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Permiso necesario
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Edad legal para trabajar
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Legislación
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Alabama
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno:
(21 años para servir bebidas alcohólicas para el consumo en el local (19 si el titular de la licencia está certificado como RVP); 18 años para trabajar en la parte de un establecimiento donde se venden o sirven bebidas alcohólicas para el consumo en el local; 14 / Los jóvenes de 15 años no pueden trabajar en un establecimiento donde se venden, sirven o dispensan bebidas alcohólicas para el consumo en las instalaciones).
Horas Laborales:
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14: Durante los meses en que las escuelas públicas están en sesión: no más de 3 horas después de la escuela; No más de 8 horas en un día no escolar; No más de 6 días a la semana; No más de 18 horas por semana; No antes de las 7 am o después de las 7 pm todos los días; No durante el horario escolar. Durante los meses de verano: no más de 8 horas al día; No más de 6 días a la semana; No más de 40 horas por semana; No antes de las 7 am o después de las 9 pm todos los días.
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16: Durante los meses en que las escuelas públicas están en sesión: Los menores de 16-17-18 años, que están inscritos en una escuela pública o privada, no pueden trabajar después de las 10 pm o antes de las 5 am en cualquier noche anterior a un día escolar. Durante los meses de verano: No hay restricciones de horas durante las vacaciones de verano.
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- LEYES DE TRABAJO INFANTIL DE ALABAMA
- AL 25-8-32
- AL 25-8-63
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Alaska
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Restricciones laborales adicionales:
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Ninguno: Para: Venta y entrega de periódicos. Cuidado de niños, trabajos manuales y domésticos en o cerca de hogares particulares. Ocupaciones en la industria del entretenimiento, con un permiso de trabajo aprobado por la Administración de Horas y Salarios de Alaska.
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14: Ningún trabajo peligroso o duro; Máximo 9 horas diarias (escuela + trabajo); Está prohibido trabajar de 5:00 am a 9:00 pm; Máximo 23 horas laborales por semana; Durante las vacaciones escolares, las horas de trabajo se limitarán a 40 horas por semana entre las 5:00 am y las 9:00 pm
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16: Todos los menores de 16 años deben tener un permiso de trabajo archivado en el departamento. Si el empleador tiene una designación de restaurante y tiene licencia para vender alcohol, todos los menores de 17 años también deben tener un permiso de trabajo aprobado.
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18: Sin restricciones
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19: Venta de tabaco o productos de tabaco
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21: Vender, almacenar o servir bebidas alcohólicas.
Horas de trabajo:
consulte la ley federal
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Ley de trabajo infantil de Alaska
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Arizona
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Restricciones laborales adicionales:
Consulte la ley federal (algunas restricciones adicionales por ley estatal)
Horas Laborales:
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14: Máximo de 8 horas por día y 40 horas por semana durante el período no escolar; Durante la jornada escolar solo se pueden trabajar 3 horas diarias y 18 horas semanales escolares; La ley de Arizona limita aún más el empleo de niños menores de 16 años, por lo que es ilegal que un niño menor de 16 años trabaje entre las 9:30 p. M. Y las 6 a. M. Si el niño trabaja en ventas o entregas puerta a puerta. , no pueden trabajar entre las 7 p.m. y 6 a . m .
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16: Sin restricciones
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23-230 ARS
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Arkansas
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Las siguientes restricciones laborales no se aplican a menores de 16 y 17 años según las siguientes disposiciones: 1. Se ha graduado de cualquier escuela secundaria, escuela vocacional o escuela técnica. 2. Está casado o es padre.
Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 14 años Ningún niño menor de catorce años debe ser empleado o autorizado a trabajar en cualquier ocupación remunerada en este estado, excepto que durante las vacaciones escolares, los niños menores de catorce años pueden ser empleados por sus padres o tutores en ocupaciones que sean de su propiedad o controladas por ellos. .
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16 Ningún niño menor de dieciséis años deberá ser empleado o autorizado a trabajar en cualquier ocupación peligrosa para la vida y la integridad física, o perjudicial para la salud y la moral del niño, o en cualquier salón, centro turístico o bar donde se encuentren licores intoxicantes de cualquier tipo. vendido o dispensado.
- Ningún niño menor de dieciséis años deberá ser empleado, autorizado o permitido trabajar en ninguna capacidad:
- En, sobre o en conexión con cualquier proceso en el que se utilicen ácidos o gases peligrosos o venenosos u otros productos químicos;
- En soldadura;
- En ocupaciones que provocan polvo en cantidades nocivas;
- En andamios;
- En trabajos pesados en los oficios de la construcción;
- En cualquier túnel o excavación;
- En cualquier mina, triturador de carbón, horno de coque o cantera; o
- En cualquier piscina o sala de billar.
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18 Sin restricciones.
Horas Laborales:
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14: no puede trabajar: más de seis días a la semana; más de cuarenta y ocho horas en cualquier semana; más de ocho horas en cualquier día; antes de las 6:00 a. m. o después de las 7:00 p. m., excepto que las noches anteriores a los días no escolares, pueden trabajar hasta las 9:00 p. m.
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16: No puede funcionar: más de seis (6) días en cualquier semana; más de cincuenta y cuatro (54) horas en cualquier semana; más de diez (10) horas consecutivas en cualquier día; más de diez (10) horas en un período de veinticuatro horas; o antes de las 6:00 am o después de las 11:00 pm, excepto que los niños de dieciséis (16) y diecisiete (17) años pueden trabajar hasta las 12:00 de la noche en las noches anteriores a los días no escolares.
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18: Sin restricciones
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Ley de trabajo infantil de Arkansas
- 6-11-101
- 6-11-102
- 6-11-103
- 6-11-104
- 6-11-105
- 6-11-106
- 6-11-107
- 6-11-108
- 6-11-109
- 11-6-110
- 6/11/11
- 11-6-112
- 6/11/11
- 6-11-114
- 6/11/11
- 6-11-116
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California
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Restricciones laborales adicionales
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12 Edad mínima para trabajar: en relación con la ocupación de venta o distribución de periódicos, revistas, publicaciones periódicas o circulares.
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16 Edad mínima para trabajar: en cualquier tipo de trabajo mecánico o cualquier trabajo en un establecimiento de servicio de gasolina; con Dispensador de gas o aceite, como servicio de cortesía y para limpieza, lavado y pulido de vehículos; En un establecimiento que venda bebidas alcohólicas para consumo fuera de las instalaciones si es supervisado por alguien mayor de 21 años.
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18 Edad mínima para: realizar un acto en un local donde se sirva alcohol; servir alcohol en un establecimiento de comidas público de buena fe si la persona no está empleada como cantinero y el servicio se realiza en la parte del establecimiento que se utiliza para la venta y el servicio de alimentos; Vender boletos de lotería si es supervisado por alguien mayor de 21 años.
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21 Edad mínima para: vender o servir bebidas alcohólicas sin restricciones; vender boletos de lotería sin restricciones.
Horas Laborales
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12: Escuela en sesión: Puede emplearse solo durante las vacaciones escolares y las vacaciones (generalmente se interpreta que incluye los fines de semana). No puede ser empleado en ningún día escolar, ya sea antes o después de la escuela.
Escuela fuera de sesión: 8 horas diarias; 40 horas semanales Distribución horaria: 7 a.m .-- 7 p.m., excepto desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo, hasta las 9 p.m.
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14: (Debe haber completado el 7º grado para trabajar mientras la escuela está en sesión) Escuela en sesión: 3 horas por día escolar fuera del horario escolar; 18 horas a la semana
Escuela fuera de sesión: 8 horas al día; 40 horas semanales Distribución horaria: 7 a.m .-- 7 p.m., excepto desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo, hasta las 9 p.m
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16: (Debe haber completado el 7º grado para trabajar mientras la escuela está en sesión) Escuela en sesión: 4 horas por día en cualquier día escolar; 48 horas a la semana
Escuela fuera de sesión: 8 horas al día; 48 horas a la semana Distribución de horas: 5 a.m .-- 10 p.m. Sin embargo, hasta las 12:30 am de cualquier noche anterior a un día no escolar.
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18: Sin restricciones
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LEYES DE TRABAJO INFANTIL DE CALIFORNIA
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Colorado
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Restricciones laborales adicionales:
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9: Edad mínima para: Entrega de volantes y publicidad; Lustrado de zapatos; Jardinería y cuidado de céspedes que no requieran equipo de césped motorizado; Limpieza de pasillos sin equipo motorizado de remoción de nieve; Trabajo ocasional habitual en el hogar del empleador y no específicamente prohibido; Caddie en campos de golf; Ocupaciones similares a las anteriores.
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12: Edad mínima para: Venta y entrega de publicaciones periódicas; Venta y entrega de mercadería puerta a puerta; Niñera; Jardinería y cuidado de césped y limpieza de paseos; comuníquese con la División con respecto al uso de equipo motorizado; Trabajo agrícola no peligroso; Ocupaciones similares a las anteriores.
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14: Edad mínima para: ocupaciones peligrosas en la industria manufacturera; Servicio de mensajería pública y recados a pie, en bicicleta y transporte público; Operación de ascensores automáticos cerrados de carga y pasajeros .; Servicio de limpieza y custodia; Trabajo de oficina y de oficina; Depósito y almacenamiento, incluida la descarga y carga de vehículos; Construcción no peligrosa y trabajos de reparación no peligrosos; Ocupaciones en el servicio de alimentos al por menor; Ciertas ocupaciones de servicio de gasolina; Ocupaciones en tiendas minoristas; Ocupaciones en restaurantes, hoteles, moteles u otros alojamientos públicos; Ocupaciones relacionadas con parques o recreación; Ocupaciones similares a las anteriores.
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16: Edad mínima para: Las ocupaciones enumeradas anteriormente y la operación de un vehículo de motor si el menor tiene licencia para operar el vehículo de motor para dicho uso de conformidad.
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18: Edad mínima para: Vender o servir bebidas alcohólicas si es supervisado por alguien mayor de 21 años.
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21: Edad mínima para: Vender o servir bebidas alcohólicas (sin restricciones).
Restricción de horas de trabajo:
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Restricción general: A ningún empleador se le permitirá trabajar a un menor de edad más de cuarenta horas en una semana o más de ocho horas en cualquier período de veinticuatro horas.
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Restricción del día escolar : En los días escolares, durante el horario escolar, no se permitirá el empleo a ningún menor menor de dieciséis años, excepto según lo disponga un permiso de salida escolar. Después del horario escolar, ningún menor menor de dieciséis años podrá trabajar más de seis horas a menos que el día siguiente no sea un día escolar.
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Restricción nocturna: Excepto por las niñeras, ningún menor de dieciséis años podrá trabajar entre las nueve y media de la tarde y las cinco de la mañana, a menos que el día siguiente no sea un día escolar. Una excepción a esta regla es un menor empleado como actor, modelo o intérprete.
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Ley de Oportunidades de Empleo para Jóvenes de Colorado (CRS 8-12-101 et seq.)
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Connecticut
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Restricciones laborales adicionales:
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14: Edad mínima para trabajar (en / as): Agricultura; Comercios callejeros (reparto de periódicos, lustrado de zapatos, niñeras, etc.); Hospitales (sin servicio de comida ni lavandería); Hogares de convalecencia (sin servicio de comida ni lavandería); Hoteles y moteles (sin servicio de comida ni lavandería); Bancos; Las compañías de seguros; Oficinas profesionales (abogados, contadores públicos, etc.); Municipios (bibliotecarios, departamentos de recreación, etc.); Caddies de golf; Interino; Tareas domésticas para propietarios privados (jardinería, etc.); Campamentos de verano con licencia; Mercantil / solicitación;
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15: Edad mínima para trabajar (en / as): Establecimiento mercantil como ensacador, cajero o empleado de almacén (esto también incluye la venta de alcohol en tiendas de abarrotes)
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16: Sin restricciones
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18: Edad mínima para: Vender o servir bebidas alcohólicas. Vende productos de tabaco.
Restricción de horas de trabajo:
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14: No puede ser empleado: durante el horario escolar; Antes de las 7 a.m. o después de las 7 p.m., excepto desde el 1 de julio hasta el Día del Trabajo, cuando el horario de la tarde se extiende hasta las 9 p.m .; Más de 3 horas por día en días escolares u 8 horas en días no escolares; Más de 18 horas a la semana en semanas escolares o 40 horas en semanas no escolares.
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16: Depende de la industria.
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18: Sin restricciones
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Ley de empleo de menores
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Delaware
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Restricciones laborales adicionales:
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18: Venta de productos de tabaco.
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19: Servicio de bebidas alcohólicas en restaurantes.
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21: Vender bebidas alcohólicas y trabajar de barman.
Restricción de horas de trabajo:
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14: Antes de las 7:00 am o después de las 7:00 pm, excepto desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo, cuando la hora de la tarde se extenderá hasta las 9:00 pm; Más de cuatro horas diarias en días escolares; Más de ocho horas diarias en días no escolares; Más de dieciocho (18) horas en cualquier semana cuando la escuela está en sesión durante 5 días; Más de seis (6) días en cualquier semana; Más de cuarenta (40) horas a la semana cuando la escuela no está en sesión.
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16: No puede trabajar más de doce horas en una combinación de horas escolares y laborales por día. Debe tener al menos ocho horas consecutivas de tiempo no laboral y no escolar en cada período de 24 horas. No puede trabajar más de cinco horas seguidas sin un período no laborable de al menos 30 minutos consecutivos.
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18: Sin restricciones
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Ley de trabajo infantil de Delaware
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Florida
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Restricciones laborales adicionales:
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Ninguno: Menores que trabajan para sus padres en ocupaciones no declaradas peligrosas en la legislatura de Florida; Entrega de periódicos (10 años); Menores de la industria del entretenimiento registrados en Trabajo Infantil; Cumplimiento;
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14: edad mínima para trabajar
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16: Para el manejo de ciertos animales peligrosos; Realización de ventas de productos puerta a puerta como empleo (algunas excepciones); Pintura con pistola
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18: Sin restricciones. Vender bebidas alcohólicas (como cerveza y vino) y trabajar como barman. Vende productos de tabaco.
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21: Vender bebidas alcohólicas (licores).
Restricción de horas de trabajo:
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14: Puede trabajar hasta 15 horas semanales. No antes de las 7 a.m. o después de las 7 p.m. y por no más de 3 horas al día en días escolares, cuando sigue un día escolar. Puede trabajar hasta 8 horas los viernes, sábados, domingos y en días no escolares, cuando los días escolares no siguen, hasta las 9 p.m.
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16: Puede trabajar hasta 30 horas semanales. No antes de las 6:30 a. M. Ni después de las 11 p. M. y por no más de 8 horas al día cuando la escuela está programada para el día siguiente. En los días en que la escuela no sigue, no hay restricciones de horas.
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18: Sin restricciones
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El estado de Florida y la Ley Federal de Normas Laborales Justas (FLSA)
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Georgia (estado de EE. UU.)
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Menores de 16: Mayores de 16:
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 12 años: ningún menor menor de 12 años debe ser empleado o autorizado a trabajar en una ocupación remunerada en ningún momento, siempre que esta sección del Código no se interprete como aplicable al empleo de un menor en la agricultura, el servicio doméstico en hogares privados, o cualquier empleo específico permitido por este capítulo o el empleo de un padre o una persona que esté en el lugar de un padre.
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12 Se permite el empleo de menores de 12 y 13 años en tiendas mayoristas y minoristas.
Otras restricciones son similares a las leyes federales.
Restricción de horas de trabajo:
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14: 4 horas en un día escolar; 8 horas en un día no escolar; 40 horas durante una semana no escolar; No trabajar antes de las 6 a.m .; No trabajar después de las 9 p.m.
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16: Sin restricciones
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Ley de trabajo infantil GDOL
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Hawai
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (18 años para vender bebidas alcohólicas y trabajar como barman)
Restricciones de horas de trabajo:
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14: No más de 3 horas por día en un día escolar y 8 horas por día en un día no escolar. Durante una semana escolar, no más de 18 horas por semana. Durante una semana no escolar, no más de 40 horas por semana. En los días escolares y el día antes de un día escolar: Entre las 7:00 am y las 7:00 pm En los días no escolares y el día antes de un día no escolar: Entre las 6:00 am y las 9:00 pm No más de 6 días consecutivos y 5 horas consecutivas sin un período de descanso o comida de al menos 30 minutos.
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16: Sin restricciones
Restricciones de horas de trabajo:
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14 No más de 3 horas por día en un día escolar y 8 horas por día en un día no escolar. Durante una semana escolar, no más de 18 horas por semana. Durante una semana no escolar, no más de 40 horas por semana. En los días escolares y el día antes de un día escolar: Entre las 7:00 am y las 7:00 pm En los días no escolares y el día antes de un día no escolar: Entre las 6:00 am y las 9:00 pm No más de 6 días consecutivos y 5 horas consecutivas sin un período de descanso o comida de al menos 30 minutos.
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16 Sin restricciones
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Ley de trabajo infantil de Hawái
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Leyes estatales: Idaho – Massachusetts
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Estado federal
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Permiso necesario
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Edad legal para trabajar
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Legislación
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Idaho
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (19 años para manejar la venta de alcohol o para servirlo en un restaurante)
Restricciones de horas de trabajo:
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14: Ninguna persona menor de dieciséis años será empleada, permitida o autorizada a trabajar en una ocupación remunerada más de cincuenta y cuatro horas en una semana, ni más de nueve horas en un día; ni antes de las seis de la mañana ni después de las nueve de la tarde.
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16: Sin restricciones
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Estatutos de Idaho 44-1301, 44-1302, 44-1303 y 44-1304
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Indiana
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (18 años de edad para vender productos de tabaco; 19 años de edad pueden "registrar" la venta de bebidas alcohólicas en el transcurso de su empleo en una farmacia o tienda de comestibles si hay al menos otro empleado en el local autorizado que tiene veintiún años de edad o más)
Restricciones de horas de trabajo:
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14: Restringido a: 3 horas por día escolar; 8 horas por día no escolar; 18 horas por semana escolar; 40 horas por semana no escolar; No trabajar antes de las 7:00 a. M. O después de las 7:00 p. M. (Excepto las 9:00 p. M. Del 1 de junio hasta el Día del Trabajo)
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16: Restringido a: 8 horas por día escolar; 9 horas por día no seguidas de un día escolar; 30 horas semanales; 40 horas por semana escolar; 48 horas por semana no escolar; No más de 6 días laborables a la semana; No trabajar antes de las 6:00 am; Trabajar hasta las 10:00 pm en las noches seguidas de un día escolar; Trabaje hasta las 12:00 am en noches no seguidas de un día escolar.
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17: de 16 Se aplican restricciones pero trabajando: hasta las 10:00 pm en las noches seguido de un día escolar; Hasta las 11:30 pm en las noches seguidas de un día escolar; Hasta la 1:00 am en las noches seguidas de un día escolar, pero no en noches consecutivas y no se permite más de dos noches escolares por semana.
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18: Sin restricciones
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Ley de trabajo infantil de Indiana 905 IAC 1-15.3-1 IC 7.1-5-7-13 IC 35-46-1-11.7
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Iowa
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Menores de
16:16 y mayores:
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (16 años de edad para vender licor, vino o cerveza en envases originales sin abrir para consumo fuera de las instalaciones (supermercados, tiendas de conveniencia, licorerías, etc.); 18 años de edad para vender y dispensar licor, vino o cerveza para consumo en las instalaciones (restaurantes, bares, clubes, etc.); 21 años de edad para entregar licor, vino o cerveza en envases originales sin abrir a una casa u otro lugar designado para uso personal (titulares de licencias y permisos autorizados para vender licor, vino o cerveza para consumo fuera de las instalaciones))
Restricciones de horas de trabajo:
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14: Permitido: fuera del horario escolar, entre las 7 a . M. Y las 7 p. M., Desde el día posterior al Día del Trabajo (en septiembre) hasta el 31 de mayo, y no más de cuatro horas al día, de lunes a viernes, u ocho horas al día los sábados, Domingos y festivos. No se permite más de un total de 28 horas por semana. Desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo, un menor puede trabajar hasta ocho horas por día entre las 7 a.m. y las 9 p.m., pero no más de 40 horas por semana.
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16: Sin restricciones
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Secciones del Código de Iowa §123.46A, §123.47, §123.49 (2) (f) 185-4.25 Código Administrativo de Iowa Ley de Trabajo Infantil de Iowa
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Kansas
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Menores de
16:16 y mayores:
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (18 años de edad para trabajar como mesero en un restaurante que sirve alcohol y vender cerveza 3.2 ABV; 21 años de edad Sin restricciones)
Restricciones de horas de trabajo:
ninguna (consulte la ley federal)
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Ley de normas laborales justas
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Kentucky
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Restricciones laborales adicionales:
Los menores de 18 años tienen prohibido trabajar en / como: Ocupaciones en o cerca de plantas o establecimientos que fabrican o almacenan explosivos o artículos que contienen componentes explosivos; Conductor de vehículo de motor y ayudante externo en un vehículo de motor; Ocupaciones de minas de carbón; Operaciones de tala o aserradero; Operación de máquinas para trabajar la madera accionadas por motor; Exposición a sustancias radiactivas; Aparatos de elevación accionados por motor, incluidas las carretillas elevadoras; Operación de máquinas de conformado, punzonado y cizallado de metal accionadas por motor; Minería, distinta de la minería del carbón; Funcionamiento de máquinas de panadería accionadas por motor, incluidas las mezcladoras verticales de masa o rebozado; Fabricación de ladrillos, tejas y productos afines; Operaciones de demolición, desguace y desguace de buques; Operaciones de techado y todo trabajo sobre o alrededor de un techo; En, alrededor o en conexión con cualquier establecimiento donde se destilen, rectifiquen, compongan, preparen, fabriquen, embotellen, vendan para el consumo o dispensen licores alcohólicos a menos que lo permitan las reglas y regulaciones de la Junta de Control de Bebidas Alcohólicas (excepto que puedan emplearse en lugares donde la venta de bebidas alcohólicas por paquete es meramente incidental al negocio principal realmente realizado); Piscina o Sala de Billar.
Restricciones de horas de trabajo:
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14: No puede trabajar (más de): antes de las 7:00 a. M. Y después de las 7:00 p. M. (9:00 p. M. Del 1 de junio hasta el Día del Trabajo); 3 horas por día en un día escolar; 8 horas por día en un día no escolar; 18 horas por semana (si la escuela está en sesión) y 8 horas por día 40 horas por semana (si la escuela no está en sesión)
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16: No puede trabajar (más de): antes de las 6:00 am y después de las 10:30 pm antes de un día escolar / 1:00 am antes de un día no escolar; 6 horas por día en un día escolar; 8 horas por día en un día no escolar; 30 horas por semana (si la escuela está en sesión); No hay restricciones si la escuela no está en sesión.
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18: Sin restricciones
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- KRS 339.230
- 803 KAR 1: 100
- KRS 339.210
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Luisiana
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (18 años de edad para trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol o como camarero. La edad no es un factor para trabajar en ningún negocio para el cual vender alcohol no sea su propósito principal, siempre y cuando ese negocio tenga un descuento. licencia local, lo que significa que no se puede consumir alcohol en la propiedad).
Restricciones de horas de trabajo:
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12: Permitido si: El padre o tutor legal del menor es propietario o socio del negocio en el que se empleará al menor. El menor trabaja únicamente bajo la supervisión directa del padre o tutor legal que posee o es socio de la empresa. Todas las protecciones otorgadas a los menores de catorce y quince años se otorgarán a los menores de doce y trece años.
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14: Los menores de 14 a 15 años pueden ser empleados solo después del horario escolar y durante los días no escolares, pero solo en circunstancias muy reguladas. Prohibiciones: más de seis horas en cualquier día; más de 24 horas en cualquier semana; entre las 11 p.m. y 6 a . m .
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Restricciones para películas comerciales, producciones cinematográficas o de video, o modelado:
- Prohibido: antes de las 7 a.m. para producción en estudio, 6 a.m. para producciones en locaciones; para menores de seis años, a partir de las 19 h. para menores de 6 a 15 años, 20 h. en cualquier día antes de un día durante el cual la escuela está en sesión o 10 p.m. en cualquier día antes de un día durante el cual la escuela no está en sesión, según lo definido por el superintendente local del distrito escolar en el que reside el menor;
- Los menores de seis años no deberán trabajar más de seis horas diarias; Los menores de seis a 15 años no deben trabajar más de ocho horas por día.
- Los menores recibirán un descanso de 12 horas al final de cada día de trabajo, antes del comienzo del día de trabajo siguiente.
- Los menores no podrán trabajar más de seis días consecutivos en una semana, ni más de 36 horas semanales para menores de seis años ni más de 48 horas semanales para menores de seis a 15 años.
-
16: Los menores de 16 años no pueden trabajar entre las 11:00 pm y las 5:00 am en ningún día antes de que comience la escuela.
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17: Los menores de 17 años no pueden trabajar entre la medianoche y las 5:00 am en ningún día antes del día en que la escuela está en sesión. Estas restricciones no se aplican a los menores que se hayan graduado de la escuela secundaria.
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La. RS 23: 151 y siguientes y La. Admin. Tit. De código 40, seg. VII. 103-303
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Maine
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Menores de
16:16 y mayores:
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (17 años para trabajar como mesero en un restaurante que sirve alcohol o como bartender y manipular, transportar y vender cerveza, vino y licores. Se requiere la presencia de un supervisor mayor de 21 años)
Restricciones de horas de trabajo:
-
14: No más de 6 días seguidos; No puedo trabajar antes de las 7:00 am; No después de las 7:00 pm durante el año escolar; No se puede trabajar después de las 9:00 pm durante las vacaciones de verano.
-
Cuando la escuela no está en sesión: No más de 8 horas en un día (fin de semana, feriado, vacaciones o taller); No más de 40 horas a la semana (la escuela debe estar fuera de la semana entera).
-
Cuando la escuela está en sesión: No más de 3 horas en un día escolar, incluido el viernes; No más de 18 horas en una semana que la escuela esté en sesión uno o más días;
-
16: No más de 6 días seguidos; No puede trabajar antes de las 7:00 am en un día escolar; No puede trabajar antes de las 5:00 am en un día no escolar; No puedo trabajar después de las 10:15 pm la noche anterior al día escolar; Puede trabajar hasta la medianoche cuando no hay clases al día siguiente.
-
Cuando la escuela no está en sesión: No más de 10 horas en un día (fin de semana, feriado, vacaciones o taller); No más de 50 horas a la semana.
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Cuando la escuela está en sesión: No más de 6 horas en un día escolar; No más de 10 horas en cualquier día festivo, de vacaciones o de taller; El último día de la semana escolar puede trabajar hasta 8 horas; No más de 24 horas a la semana, excepto que se pueden trabajar 50 horas cualquier semana en que el calendario escolar aprobado sea de menos de 3 días o durante la primera y última semana del calendario escolar.
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18: Sin restricciones
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Ley de Maine que rige el empleo de menores
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Maryland
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (18 años para trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol y para vender vino y cerveza en tiendas minoristas)
Restricciones de horas de trabajo:
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14: No antes de las 7:00 am ni después de las 8:00 pm; Los menores pueden trabajar hasta las 9:00 pm desde el Día de los Caídos hasta el Día del Trabajo.
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Cuando la escuela no está en sesión: No más de 8 horas al día; trabajar más de 40 horas en cualquier semana.
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Cuando la escuela está en sesión: No más de 4 horas al día; trabajar más de 23 horas en cualquier semana.
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16: No puede dedicar más de 12 horas en una combinación de horas escolares y horas de trabajo cada día; Se le debe permitir al menos 8 horas consecutivas de tiempo no laboral y no escolar en cada período de 24 horas.
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18: Sin restricciones
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Artículo de Trabajo y Empleo, Título 3, Subtítulo 2, Código Anotado de Maryland
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Massachusetts
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Restricciones laborales adicionales:
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Ninguno: los niños pueden trabajar a cualquier edad en una finca que sea propiedad de sus padres o sea operada por ellos.
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9: Los niños de tan solo 9 años pueden entregar periódicos con una placa especial y el consentimiento por escrito de un padre o tutor.
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10: Los menores de 10 y 11 años pueden realizar trabajos temporales limitados con un permiso especial del Secretario de Trabajo federal.
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12: Los menores de 12 años o más pueden vender ciertos artículos para la venta en lugares públicos, aunque la venta puerta a puerta está prohibida hasta los 16 años. Los menores de 12 y 13 años pueden trabajar en granjas con sus padres o en otras granjas si tienen el consentimiento por escrito de sus padres.
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16: Sin restricciones (consulte la ley federal)
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18: Trabajar como cantinero o en un restaurante que sirva alcohol, y puede manipular, transportar y vender cerveza, vino y licores en una tienda minorista.
Restricciones de horas de trabajo:
-
14: No se puede contratar a menores de 14 a 15 años:
- Durante el horario escolar EXCEPTO lo dispuesto en los programas de exploración de carreras y experiencia laboral aprobados;
- Entre las 7:00 pm y las 7:00 am EXCEPTO desde el 1 de julio hasta el Día del Trabajo, cuando pueden trabajar hasta las 9:00 pm;
- Más de 3 horas por día durante las semanas escolares, no más de 8 horas por día durante las semanas en las que la escuela no está en sesión;
- Más de 18 horas por semana escolar EXCEPTO en programas aprobados de experiencia laboral y exploración de carreras, en cuyo caso, pueden trabajar 23 horas;
- Más de 40 horas por semana cuando la escuela no está en sesión;
- Más de 6 días a la semana.
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16: No se puede contratar a menores de 16 a 17 años:
- Entre las 10:00 pm y las 6:00 am con excepciones:
- Cuando un establecimiento deja de atender a los clientes a las 22:00 horas, el menor puede trabajar hasta las 22:15 horas.
- En las noches que no preceden a un día escolar programado regularmente, pueden trabajar hasta las 11:30 p.m.
- En restaurantes y pistas de carreras, pueden trabajar hasta las 12:00 am en las noches que no preceden a un día escolar programado regularmente.
- Más de 9 horas al día;
- Más de 48 horas a la semana; o
- Más de 6 días a la semana.
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18: Sin restricciones
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MGL c. 149, párrafo 104.
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Leyes estatales: Michigan – Nuevo México
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Estado federal
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Permiso necesario
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Edad legal para trabajar
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Legislación
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Michigan
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Restricciones laborales adicionales:
Los menores no pueden trabajar:
- Contacto con sustancias peligrosas, productos químicos, explosivos o sustancias radiactivas.
- Conducir y trabajar como ayudante externo (repartidor de pizzas, etc.)
- Trabajos en la industria maderera y de aserraderos.
- Trabajos que utilizan maquinaria para trabajar la madera.
- Soldadura fuerte, soldadura fuerte o tratamiento térmico para menores de 16 años.
- Trabajar en sitios de construcción, sitios de excavación, puentes, calles o carreteras.
- Matanza, matanza, corte de carne o el uso de cortadoras de carne, cuchillas o cuchillos para deshuesar.
- Ocupaciones que involucran equipos, herramientas, sierras o maquinaria motorizados (máquinas de panadería, máquinas para fabricar productos de papel y máquinas para formar, perforar y cizallar metales).
(El titular de la licencia no permitirá que ninguna persona menor de 18 años venda o sirva licor alcohólico).
Requisitos especiales:
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11: Los niños de 11 años y los mayores pueden trabajar como caddies de golf, árbitros de eventos deportivos y caddies de bridge, bajo condiciones específicas.
-
13: Los niños de 13 años y los mayores pueden trabajar como desespigadoras de maíz y en eventos de tiro con trampa.
Restricciones de horas de trabajo:
- Un menor no puede trabajar más de seis días a la semana.
- Los menores están limitados a trabajar no más de 10 horas diarias, con un promedio semanal de 8 horas diarias.
- Las horas combinadas de escuela y trabajo no pueden exceder las 48 horas en una semana laboral.
- Se aplican horarios especiales a los trabajadores del procesamiento agrícola. Una hoja de información está disponible en la División de Horas y Salarios.
-
14: Es posible que los niños de 14 y 15 años no trabajen:
- Después de las 9:00 p. M. O antes de las 7:00 a. M., Los jóvenes de 14 y 15 años no pueden trabajar durante el horario escolar.
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16: Es posible que los jóvenes de 16 y 17 años no trabajen:
- Antes de las 6:00 am o después de las 10:30 pm, de domingo a jueves.
- Antes de las 6:00 am o después de las 11:30 pm los viernes y sábados, durante los períodos de vacaciones escolares y durante los períodos en los que un menor no está inscrito regularmente en la escuela.
- Se puede otorgar aprobación para que los jóvenes de 16 y 17 años trabajen más allá de las horas de inicio y finalización especificadas en la Ley de Normas de Empleo Juvenil. Las aprobaciones se pueden obtener de la División de Horas y Salarios
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- LEY DE ESTÁNDARES DE EMPLEO JUVENIL (Michigan) - Ley 90 de 1978
- MCL 436.1707 (6) del Código de Control de Bebidas Alcohólicas establece
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Minnesota
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Restricciones laborales adicionales:
- Los menores tienen prohibido trabajar en las siguientes capacidades:
- Sirviendo licor.
- Trabajar con materiales peligrosos como explosivos.
- Explotación de maquinaria motorizada, incluidos vehículos de motor.
- En o sobre sitios de construcción.
Restricciones de horas de trabajo:
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14: Los menores de 16 años no pueden trabajar:
- Antes de las 7 a.m. o después de las 9 p.m. con la excepción de un portador de periódicos.
- Por más de 40 horas a la semana o más de ocho horas por período de 24 horas, excepto en operaciones agrícolas.
- Durante el horario escolar en los días escolares sin un certificado de empleo emitido por los funcionarios escolares correspondientes.
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16: Los menores de 16 años pero menores de 18 no pueden trabajar:
- Más tarde de las 11 p.m. en las tardes antes de los días escolares o antes de las 5 a.m.en los días escolares. Con el permiso por escrito de un padre o tutor, este horario puede ampliarse a las 11:30 p. M. Y las 4:30 a. M.
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- Reglas de Minnesota 5200.0910 y 5200.0920
- Ley de Normas de Trabajo Infantil de Minnesota
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Misisipí
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Restricciones laborales adicionales:
- No se permite que los menores de 17 años operen los vehículos utilizados con fines de transporte.
(18: servir bebidas alcohólicas en restaurantes; 21: trabajar como barman o manejar alcohol en una licorería).
Restricciones de horas de trabajo:
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14: Solo entre las 6 a.m. y las 7 p.m.
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16: Prohibido trabajar más de 8 horas al día y 44 horas a la semana.
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Matrimonio: las leyes sobre trabajo infantil en el estado de Mississippi no se aplican a los trabajadores menores de edad que están casados antes de cumplir los 18 años.
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- Ley de normas laborales justas
- Título 67 Capítulo 1 - Control de bebidas alcohólicas de opción local
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Misuri
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Menores de 16 durante el período escolar regular:
16 y más:
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Restricciones laborales adicionales:
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Los menores de 16 años no pueden trabajar en / como:
- Cualquier maquinaria motorizada, excepto la maquinaria de jardín y césped utilizada en el servicio doméstico en o alrededor de una residencia privada, siempre que, haya un acuerdo entre un ocupante de la residencia privada y el niño, y por ninguna otra persona, empresa o corporación, que no sea un padre, tutor legal o tutor del niño, para el desempeño de dicho trabajo.
- La lubricación, limpieza, mantenimiento o lavado de maquinaria.
- Cualquier escalera, andamio o su sustituto.
- Cualquier mina o cantera, excepto en oficinas u otro empleo no peligroso.
- Corte o pulido de piedra, excepto los que se encuentran en el negocio del tipo de joyería.
- Cualquier planta que fabrique, procese, almacene o transporte explosivos de Tipo A y B, municiones o materiales similares, o en un establecimiento en el que las ventas de materiales explosivos de Tipo A y B representen el cincuenta por ciento o más de las ventas brutas.
- La operación de cualquier vehículo de motor.
- Cualquier alto horno, laminador, fundición, taller de forja o en cualquier establecimiento donde se lleve a cabo el calentamiento de metales o donde se lleve a cabo el laminado en frío, estampado, cizallamiento, punzonado, de material metálico.
- Aserraderos, almazaras de tonelería o donde se utilice maquinaria para trabajar la madera.
- La operación de montacargas, máquinas elevadoras o grúas, o sobre o cerca de cualquier montacargas.
- Ocupaciones que impliquen exposición a radiaciones ionizantes o no ionizantes o cualquier sustancia radiactiva.
- Cualquier ocupación que implique exposición a sustancias químicas tóxicas o peligrosas.
- Cualquier capacidad en o cerca de un motel, centro turístico, hotel, donde los lugares para dormir están equipados, excepto en oficinas o lugares separados físicamente de los lugares para dormir.
- Cualquier lugar o establecimiento en el que se fabriquen, embotellen, almacenen o vendan bebidas alcohólicas o bebidas alcohólicas embriagantes para el consumo dentro o fuera de las instalaciones, excepto en establecimientos donde al menos el cincuenta por ciento de las ventas brutas consisten en bienes, mercancías o productos básicos distintos de bebidas alcohólicas.
- Ningún niño menor de dieciséis años debe ser empleado o autorizado a trabajar en ninguna ocupación callejera relacionada con la venta ambulante, la mendicidad, la venta puerta a puerta o cualquier actividad que se realice en o cerca de cualquier calle o lugar público. Esta prohibición no se aplica a ninguna escuela pública o iglesia o actividad benéfica de recaudación de fondos, o distribución de literatura relacionada con un candidato político registrado.
- Cualquier otra ocupación o lugar de trabajo que sea peligroso para la vida, la integridad física, la salud o la moral de los niños menores de dieciséis años.
Restricciones de horas de trabajo:
- Un niño no debe ser empleado, autorizado o permitido trabajar en un empleo remunerado por más de tres horas por día en cualquier día escolar, más de ocho horas en cualquier día no escolar, más de seis días o cuarenta horas en cualquier semana. El horario normal de trabajo no comenzará antes de las siete de la mañana ni se extenderá hasta después de las 9:00 pm, salvo lo dispuesto en el inciso 2 de esta sección. El director podrá renunciar a las disposiciones de este inciso, total o parcialmente, según la naturaleza del empleo. El director deberá proporcionar dicha renuncia por escrito al empleador.
- En todas las noches desde el Día del Trabajo hasta el primero de junio, no se podrá emplear, permitir o permitir que un niño trabaje en ningún empleo remunerado después de las 7:00 pm ni después de las 9:00 pm desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo; excepto que un niño que haya cumplido catorce años pero sea menor de dieciséis años puede ser empleado en una feria regional desde el primero de junio hasta el Día del Trabajo, si dicho niño no trabaja después de las 10:30 pm, es supervisado por un adulto , se da el consentimiento de los padres y se cumplen las disposiciones de este inciso. La excepción justa regional no se aplicará a aquellas entidades cubiertas por la Ley de Normas Laborales Justas. Las disposiciones de esta subsección no se aplican a los niños que han sido excusados permanentemente de la escuela de conformidad con las disposiciones del capítulo 167. El director puede renunciar a las disposiciones de esta subsección, en su totalidad o en parte, dependiendo de la naturaleza del empleo. . El director deberá proporcionar dicha renuncia por escrito al empleador.
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- RSMo 1939 § 9622, AL 1957 pág. 525 § 6, AL 1989 HB 461, AL 1997 SB 220
- L. 1989 HB 461, AL 2002 SB 923, et al.
- RSMo 1939 § 9621, AL 1957 pág. 525 § 5, AL 1971 SB 171, AL 1995 HB 300 y 95 fusionados con HB 414, AL 1998 HB 1748, AL 1999 SB 234, AL 2002 SB 923, et al.
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Montana
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (18 años para trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol y vender alcohol en tiendas minoristas)
Restricciones de horas de trabajo:
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14: No puede trabajar durante el horario escolar, excepto según lo dispuesto en los Programas de Experiencia Laboral y Exploración de Carreras aprobados por el departamento o la oficina de instrucción pública.
- Se permite trabajar de 7 a.m. a 7 p.m., excepto que el menor puede trabajar hasta las 9 p.m. durante los períodos fuera del año escolar (desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo, según los estándares locales).
- Máximo 3 horas en un día escolar.
- Máximo 18 horas en una semana escolar.
- Máximo 8 horas en un día no escolar.
- Máximo 40 horas en una semana no escolar.
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16: Sin restricciones
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- Ley de Normas sobre Trabajo Infantil TÍTULO 41. MENORES - CAPÍTULO 2. TRABAJO INFANTIL
- Código de Montana anotado, TÍTULO 16: ALCOHOL Y TABACO
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Nebraska
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Menores de 16 durante el período escolar regular:
16 y más:
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (19 años para trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol y vender alcohol en tiendas minoristas)
Restricciones de horas de trabajo:
Ninguno (consulte la ley federal)
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- Neb. Rev. Stat. §§48-301 a 48-313
- Comisión de Control de Licores de Nebraska
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Nevada
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Restricciones laborales adicionales:
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Los menores de 16 años no pueden trabajar:
- La preparación de cualquier composición en la que se utilicen ácidos peligrosos o venenosos.
- La fabricación de pinturas, colores o albayalde.
- Mojar, secar o envasar fósforos.
- Fabricación de bienes con fines inmorales.
- Cualquier mina, triturador de carbón, cantera, fundición, trabajos de reducción de minerales, lavandería, almacén de tabaco, fábrica de puros u otra fábrica donde se fabrique o prepare el tabaco.
- Cualquier destilería, cervecería o cualquier otro establecimiento donde se fabriquen, envasen, envuelvan o embotellen malta o licores alcohólicos.
- Cualquier horno de vidrio, fundición, montaje exterior y reparación de cables eléctricos, funcionamiento o manejo de ascensores, elevadores o máquinas elevadoras, o engrase de maquinaria peligrosa o peligrosa en movimiento.
- Cambiar cuidado, cuidado de puertas o reparación de vías.
- Ningún niño menor de 16 años debe ser empleado, permitido o permitido trabajar como guardafrenos, bombero, ingeniero, motorista o conductor en ninguna vía férrea en o cerca de establecimientos donde haya nitroglicerina, dinamita, dualin, guncotton, pólvora u otra alta o peligrosa los explosivos se fabrican, combinan o almacenan.
- Ningún niño menor de 16 años debe ser empleado, permitido o permitido trabajar en cualquier otro empleo declarado por el Comisionado de Trabajo como peligroso para la vida o las extremidades, o perjudicial para la salud o la moral de los niños menores de 16 años. años.
-
Los menores de 18 años no pueden trabajar:
- Mendigando, recibiendo limosna o en cualquier oficio mendicante.
- En cualquier práctica o exhibición indecente o inmoral.
- En cualquier práctica o exhibición peligrosa o lesiva para la vida, la integridad física, la salud o la moral.
- Como mensajero para entregar cartas, telegramas, paquetes o bultos a cualquier casa de prostitución o cesión.
- En cualquier salón de baile público dentro de este Estado donde se dispensen bebidas alcohólicas.
- En cualquier área de un casino donde haya juegos o donde la venta de bebidas alcohólicas sea la actividad comercial principal, a menos que el menor se encuentre en el área del casino para brindar entretenimiento de conformidad con un contrato de trabajo.
(La edad mínima para servir o vender alcohol en una tienda de abarrotes o en un centro comercial es de 16 años siempre que el menor sea supervisado por alguien mayor de 21 años; la edad mínima para trabajar como bartender o en un restaurante que venda alcohol es de 21 años. .)
Restricciones de horas de trabajo:
-
14: Máximo 48 horas en 1 semana y 8 horas en 1 día.
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16: Sin restricciones
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- CAPÍTULO 609 - EMPLEO DE MENORES:
- NRS 609.190 Está prohibido emplear o permitir que un niño menor de 16 años trabaje en determinadas ocupaciones.
- NRS 609.210 Emplear o exhibir a un menor en ciertas actividades lesivas, inmorales o peligrosas: Sanción penal.
- NRS 609.240 Máximo de horas de trabajo de un niño menor de 16 años.
- CAPÍTULO 202 - DELITOS CONTRA LA SALUD Y LA SEGURIDAD PÚBLICAS
- NRS 202.020 Compra, consumo o posesión de bebida alcohólica por un menor.
- NRS 202.057 Usar a una persona menor de 18 años para distribuir material que incluye la oferta de bebidas alcohólicas.
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New Hampshire
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Menores de 16
16 años o más: (pero se necesita el permiso por escrito de los padres)
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno (17 años para trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol y vender alcohol en tiendas minoristas)
Restricciones de horas de trabajo:
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12: Los menores de 12 a 15 años no pueden trabajar: (además de las legislaciones federales sobre la edad legal para trabajar)
- Durante el horario escolar.
- Antes de las 7 a.m. o después de las 9 p.m.
- Más de 3 horas por día y un máximo de 23 horas por semana escolar.
- Más de 8 horas por día y un máximo de 48 horas por semana escolar.
-
16: Los menores de 16 y 17 años no pueden trabajar: (Matriculados en la escuela)
- Más de 6 días consecutivos, no más de 30 horas semanales entre pares durante la semana del calendario escolar.
- Más de 6 días consecutivos, no más de 48 horas semanales entre pares durante las semanas de vacaciones escolares o vacaciones de verano.
- Más de 10 horas al día en fabricación, no más de 10-1 / 4 horas al día en mano de obra o mecánica, no más de 8 horas por noche si se trabaja de noche.
-
16: Los menores de 16 y 17 años no pueden trabajar: (No matriculados en la escuela)
- En fabricar más de 10 horas por día, no más de 48 horas por semana.
- En labores manuales o mecánicas, más de 10-1 / 4 horas por día, ni más de 54 horas por semana.
- El trabajo nocturno está restringido a no más de 8 horas por turno y 48 horas por semana.
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- TÍTULO XXIII LABORAL CAPÍTULO 276-A LEY DE EMPLEO JUVENIL:
- Sección 276-A: 4
- Sección 276-A: 11
- Sección 276-A: 13
- Sección 276-A: 5
- Sección 276-A: 12
- CAPÍTULO Lab 1000 EMPLEO JUVENIL
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New Jersey
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Nuevo Mexico
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Leyes estatales: Nueva York – Dakota del Sur
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Estado federal
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Permiso necesario
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Edad legal para trabajar
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Legislación
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Nueva York
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Menores de 18:
Mayores de 18:
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Restricciones laborales adicionales:
(18 años para trabajar como barman, servir alcohol en un restaurante y trabajar en una licorería si es supervisado por alguien mayor de 21 años).
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Los menores de 18 años no pueden trabajar:
- En trabajos de construcción, incluidas las operaciones de demolición, techado o excavación y la pintura o limpieza exterior de la estructura de un edificio desde una superficie elevada.
- Implica la operación de sierras circulares, sierras de cinta y tijeras de guillotina.
- En o cerca de un establecimiento de matanza y empaque de carne o una planta de aprovechamiento.
- Implica la operación de máquinas motorizadas de carpintería, conformado de metales, punzonado de metales, cizallado de metales, panadería y productos de papel.
- Implica la operación de aparatos de elevación motorizados, la fabricación de ladrillos, tejas y productos similares y la exposición a sustancias radiactivas o radiación ionizante, o exposición a sílice u otro polvo nocivo.
- Como ocupaciones madereras y ocupaciones en la operación de cualquier aserradero, molino de listones, molino de tejas o molino de tonelería.
- En minería o en relación con una mina o cantera.
- Como ayudante en un vehículo de motor.
- En el cuidado u operación de un elevador de carga o de pasajeros, excepto que los menores de 16 años pueden operar elevadores automáticos de control con botones.
- En la fabricación, empaque o almacenamiento de explosivos, o en el uso o entrega de explosivos.
- Operar o usar cualquier esmeril, trípoli, colorete, corindón, piedra, carburo de silicio o cualquier disco abrasivo o esmeril para pulir o pulir, donde se fabriquen artículos de metales básicos o iridio.
- Ajustar las correas a la maquinaria o limpiar, engrasar o limpiar maquinaria
- Pinturas de embalaje, colores secos o plomo rojo o blanco.
- Preparar cualquier composición en la que se utilicen ácidos peligrosos o venenosos.
- Explotación de calderas de vapor sujetas al artículo 204 de la Ley del Trabajo.
- En instituciones penitenciarias o correccionales, si el trabajo se relaciona con la custodia o cuidado de presos o reclusos.
- Estas reglas no se aplican a:
- Trabajadores menores de 18 años que son aprendices registrados individualmente en programas de aprendizaje registrados por el DOL.
- Estudiantes-aprendices inscritos en programas de formación profesional cooperativa reconocidos.
- Aprendices en programas aprobados de capacitación en el trabajo.
- Trabajadores de 16 o 17 años que hayan completado su formación como aprendiz o aprendiz en un programa de formación en el puesto de trabajo aprobado.
- Trabajadores de 16 o 17 años que hayan completado un programa de capacitación impartido por una escuela pública o una institución sin fines de lucro que incluye instrucción de seguridad aprobada por el DOL.
-
Los menores de 16 años no pueden trabajar:
- Cualquier trabajo de fábrica, excepto en la entrega y el empleo de oficina en una oficina cerrada de una fábrica o en tiendas de tintorería, talleres de reparación de calzado y tiendas de servicios similares.
- Operar o ayudar a operar cualquier maquinaria a menos que todas las partes móviles que no sean llaves, palancas o manijas estén protegidas para evitar que cualquier parte de la persona o la ropa del operador las toque.
- Pintura o limpieza exterior en relación con el mantenimiento de un edificio o estructura.
- Operar maquinaria de lavado, trituración, corte, rebanado, prensado o mezclado.
- Trabajar en instituciones del Departamento de Salud Mental.
- Tarea industrial.
- Lugares de entretenimiento como un caminante de cuerda o alambre o gimnasta, a menos que estén protegidos por el uso de dispositivos de seguridad o equipo de protección que cumplan con la Ley Federal de Seguridad y Salud Ocupacional.
- Venta ambulante; tráfico de drogas; o cualquier práctica, exhibición o lugar peligroso o lesivo para la vida, la integridad física o la moral.
- Trabajos agrícolas peligrosos.
Restricciones de horas de trabajo:
-
14: Los menores de 14 y 15 años pueden trabajar como máximo:
- Cuando la escuela está en sesión: 3 horas en días escolares; 18 horas semanales; 6 días a la semana; de: 7 a 19 hs.
- Cuando la escuela no está en sesión: 8 horas por día; 40 horas semanales; 6 días a la semana; de: 7 a 21 hs.
-
16: Los menores de 16 y 17 años pueden trabajar como máximo:
- Cuando la escuela está en sesión: 4 horas los días anteriores a los días escolares; 28 horas semanales; 6 días a la semana; de: 6 a 22 hs.
- Cuando la escuela no está en sesión: 8 horas por día; 48 horas semanales; 6 días a la semana; desde: 6 am hasta medianoche
-
Trabajo agrícola: Los menores de 12 o 13 años pueden trabajar como máximo: 4 horas diarias; de: 7 a. m. a 7 p. m. 21 de junio al Día del Trabajo / 9 a. m. a 4 p. m. Día después del Día del Trabajo al 20 de junio; Los menores de 14 años o más no tienen restricciones.
-
Portadores de periódicos: Los menores de 11 a 18 años pueden trabajar como máximo: 4 horas en días escolares 5 horas en otros días; de: 5 am a 7 pm o 30 minutos antes del atardecer, lo que ocurra más tarde.
-
Comercios callejeros: Los menores de 14 a 18 años pueden trabajar como máximo: 4 horas en días escolares 5 horas en otros días; de: 6 a 19 hs.
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- Ley de trabajo infantil de Nueva York: PARTE 186 NIÑOS ACTORES - (Autoridad estatutaria: Ley Laboral §154-a)
- Subparte 186-3
- Subparte 186-4
- Subparte 186-5
- Subparte 186-6
- Subparte 186-7
- Subparte 186-9
- Subparte 186-10
- AUTORIDAD DE LICOR DEL ESTADO DE NUEVA YORK
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Carolina del Norte
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 16 años: ningún niño menor de 16 años debe ser empleado o autorizado a trabajar en, cerca o en conexión con cualquier molino, fábrica, fábrica de conservas, taller, fábrica o establecimiento mercantil, lavandería, panadería, oficina, hotel, restaurante, peluquería, puesto de bota negra, establo público, garaje, lugar de diversión, patio de ladrillos, almacén de madera o cualquier servicio de mensajería o entrega.
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Transportistas de periódicos y revistas: Los transportistas de periódicos y revistas que operan en rutas fijas no están clasificados como empleados en el comercio callejero. Los niños menores de 16 años y mayores de 14 pueden ser empleados como niños portadores, bajo certificados de empleo regulares, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m., pero las horas de trabajo y las horas en la escuela no deben exceder las ocho horas en un día. Estas horas son fijadas por la Sec. 5033, CS, según enmendado por el cap. 125, Leyes Públicas de 1931, que limitan aún más las horas de trabajo de los niños portadores a cuatro horas al día y 24 horas a la semana.
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Ventas de Revistas en el Vecindario: Nada en las reglas anteriores se interpretará en el sentido de prohibir que un niño menor de 14 años venda y entregue revistas y publicaciones periódicas en las cercanías de su casa y bajo la supervisión de sus padres.
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Comercios callejeros: se definen como la venta de mercadería, como periódicos, revistas, cacahuetes, etc., o trabajar como zapateros ambulantes, etc., en las calles. Las niñas menores de 16 años no podrán participar en ningún tipo de comercio callejero. Los niños de 12 y 13 años pueden participar en diversas formas de comercio callejero durante el tiempo escolar.
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Lugar de diversión: el empleo de cualquier niño menor de 14 años en un lugar de diversión es ilegal.
Restricciones de horas de trabajo:
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Menores de 16: Los menores de 16 años pueden trabajar como máximo:
- 8 horas al día.
- 48 horas semanales.
- Ningún niño menor de 16 años (excepto los que transportan periódicos) puede ser empleado o autorizado a trabajar antes de las 6:00 de la mañana o después de las 7:00 de la tarde.
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16: Sin restricciones
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NORMAS Y REGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO RELATIVAS AL EMPLEO DE NIÑOS MENORES DE DIECISÉIS AÑOS NORMAS DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO PARA CLASIFICACIÓN DE PLANTAS INDUSTRIALES
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Dakota del Norte
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Menores de 16:
Mayores de 16:
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 16 años: ningún niño menor de 16 años debe ser empleado o autorizado a trabajar en, como, cerca o en conexión con:
- Empleo que implique el uso de cualquier maquinaria motorizada.
- Trabajos de construcción que no sean limpiar, hacer mandados, mover, apilar, cargar o descargar materiales a mano.
- Operaciones de explotación forestal o maderera y aserraderos o cepilladoras.
- Fabricación, disposición o uso de explosivos.
- Operación de cualquier caldera de vapor, maquinaria de vapor o aparato generador de vapor, operación o asistencia en la operación de maquinaria de lavandería y operación o asistencia en la operación de ascensores de pasajeros o carga
- Preparar cualquier composición en la que se utilicen ácidos peligrosos o venenosos.
- Trabaja en una mina o cantera.
- Fabricación de bienes con fines inmorales.
- Cualquier otro empleo no enumerado en este documento específicamente que pueda considerarse peligroso para la vida o una extremidad o en el que la salud pueda resultar lesionada o la moralidad depravada.
- Ocupaciones que involucran trabajar en una superficie elevada, con o sin el uso de equipo de seguridad, incluidas escaleras y andamios en los que el trabajo se realiza a más de seis pies del suelo.
- Puestos de seguridad u ocupaciones que requieran el uso de un arma de fuego u otra arma.
- Ventas puerta a puerta de cualquier tipo.
- Ocupaciones que involucran la carga, manipulación, mezcla, aplicación o trabajo alrededor o cerca de fertilizantes, herbicidas, fungicidas, pesticidas, insecticidas o cualquier otro químico, toxina o metales pesados.
- Ocupaciones relacionadas con desechos médicos u otros desechos peligrosos.
- Ocupaciones que involucran el manejo o almacenamiento de sangre, productos sanguíneos, fluidos corporales y tejidos corporales.
- Cocinar, hornear, asar a la parrilla o freír.
- Trabajos de almacén o almacenaje.
- Conducción de camiones o comercial.
- Además, se prohíbe cualquier empleo que obligue a la persona a permanecer de pie constantemente.
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Mayores de 16 años: sin restricciones.
(21 para trabajar como barman o vender alcohol en una licorería; 19 para servir alcohol en un restaurante si es supervisado por alguien mayor de 21 años)
Restricciones de horas de trabajo:
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Menores de 16: Los menores de 16 años pueden trabajar como máximo:
- 3 horas en un día escolar.
- 18 horas en una semana escolar.
- 8 horas en un día no escolar.
- 40 horas en una semana no escolar.
- Días laborales: 31 de mayo de 7:00 am a 7:00 pm; 1 de junio de 7:00 a . M. A 9:00 p. M.
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Mayores de 16 años: sin restricciones.
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- Capítulo 34-07 del NDCC: Trabajo infantil 34-07-01 - 34-07-21
- CÓDIGO DEL SIGLO DE DAKOTA DEL NORTE: TÍTULO 5 BEBIDAS ALCOHÓLICAS: CAPÍTULO 5-01
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Ohio
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Menores de 18:
Mayores de 18:
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 18 años: ningún niño menor de 18 años debe ser empleado o autorizado a trabajar en, como o alrededor o en relación con:
- Ocupaciones relacionadas con el sacrificio, el envasado de carne, el procesamiento o el aprovechamiento.
- Máquinas de panadería accionadas por motor, máquinas para fabricar productos de papel, máquinas para moldear, punzonar y cizallar metales, máquinas para trabajar la madera y aparatos de elevación.
- Ocupaciones relacionadas con la fabricación de ladrillos, tejas y productos afines.
- Ocupaciones relacionadas con la fabricación de productos químicos.
- Ocupaciones de fabricación o almacenamiento que involucren explosivos.
- Ocupaciones que implican exposición a sustancias radiactivas y radiaciones ionizantes.
- Ocupaciones involucradas en la operación de sierras circulares motorizadas, sierras de cinta y cizallas de guillotina.
- Las minas de carbón.
- Ocupaciones relacionadas con la minería, distintas del carbón.
- Tala y aserradero.
- Ocupaciones de vehículos de motor.
- Ocupaciones marítimas y estibadores.
- Ferrocarriles.
- Operaciones de excavación.
- Operaciones de techado.
- Naufragio, demolición y desguace de buques.
(21 años para trabajar como bartender; 19 años para trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol; 18 es la edad mínima para trabajar en una licorería o transportar alcohol)
Restricciones de horas de trabajo:
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Menores de 16 años: No se contratará a ninguna persona menor de 16 años:
- Durante el horario escolar, excepto donde se permita específicamente.
- Antes de las 7 a.m. o después de las 9 p.m. del 1 de junio al 1 de septiembre o durante cualquier feriado escolar de 5 días escolares o más; o después de las 7 p.m. en cualquier otro momento.
- Durante más de 3 horas al día en cualquier día escolar; Durante más de 18 horas en cualquier semana escolar.
- Durante más de 8 horas en cualquier día cuando la escuela no esté en sesión.
- Durante más de 40 horas en cualquier semana que la escuela no esté en sesión o durante el horario escolar, a menos que el empleo sea incidental a programas genuinos de capacitación vocacional cooperativa, trabajo-estudio u otros programas orientados al trabajo con el propósito de educar a los estudiantes, y el programa cumple con los estándares establecidos por la junta estatal de educación.
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Menores de 18: No se contratará a ninguna persona de 16 o 17 años que deba asistir a la escuela:
- Antes de las 7 a.m. de cualquier día en que la escuela esté en sesión o 6 a.m. si la persona no estaba empleada después de las 8 p.m. la noche anterior.
- Después de las 11 p.m. cualquier noche anterior al día en que la escuela está en sesión.
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- Código Revisado de Ohio - Título [41] XLI LABORAL E INDUSTRIA Capítulo 4109: EMPLEO DE MENORES
- Código Revisado de Ohio - Título [43] XLIII LICOR Capítulo 4301: LEY DE CONTROL DE LICOR
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Oklahoma
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Menores de 18:
Mayores de 18:
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Restricciones laborales adicionales:
Ninguno
(18 para trabajar como barman, transportar alcohol o trabajar como mesero en un restaurante que vende alcohol)
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Estatuto de Oklahoma 37-537: Licores intoxicantes
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Oregón
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 18 años: ningún niño menor de 18 años debe ser empleado o autorizado a trabajar en, como o alrededor o en relación con:
- Contacto con rebanadoras, trituradoras y picadoras de alimentos accionadas por motor (incluye limpieza, incluso si no están ensambladas)
- Conducción de vehículos motorizados, incluidos los ayudantes externos de vehículos motorizados (excepto en circunstancias limitadas para menores de 17 años)
- Operar, reparar y limpiar máquinas de panadería
- Ocupaciones en aserraderos, madereros y aserraderos
- Tareas realizadas en relación con incendios forestales activos
- Operadoras de empacadoras, bandas de fleje de metal y compactadores
- Operación de taladros manuales motorizados; lijadoras maquinas para trabajar la madera
- Excavar y trabajar en zanjas de más de 4 'de profundidad
- Techado y ocupaciones relacionadas
- Operación de aparatos elevadores y elevadores de motor
- Fabricación, almacenamiento y uso de explosivos.
- Operación de máquinas de conformado, punzonado y cizallado de metal con motor
- Ocupaciones relacionadas con maquinaria de procesamiento de carne accionada por motor
- Sacrificio de carne y aves de corral; envasado, procesamiento o transformación
- Contacto con sierras circulares, de cadena, de cinta y cizallas de guillotina
- Mezcladores comerciales en funcionamiento
- Uso de pistolas eléctricas de clavos / impacto, grapadoras de alambre y sujetadores
- Todas las ocupaciones mineras
- Operación de máquinas de productos de papel accionadas por motor
- Operaciones de demolición, demolición y desguace de barcos
- Fabricación de ladrillos, tejas y productos afines
- Servicios de mensajería entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
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Menores de 16 años: ningún niño menor de 16 años debe ser empleado o autorizado a trabajar en, como, cerca o en conexión con:
- Ocupaciones de fabricación / procesamiento
- Trabajar en lugares donde se utiliza maquinaria motorizada
- Trabajar en talleres o almacenes
- Trabajar en barcos o muelles comerciales.
- Ocupaciones de salvavidas / natación, excepto para jóvenes de 15 años capacitados / certificados
- Trabajar alrededor de sitios de construcción y equipos.
- Usar lavadoras a presión
- Cocinar con parrilla de llama abierta, freidora manual, parrilla o superficie o aceite a más de 100 grados
- Usar hornos para pizza, panadería o convección
- Trabajar en conexión con carritos de golf
- Usar escaleras, andamios o sustitutos
- Limpieza de ventanas exteriores sobre el suelo
- Trabajar en elevadores de granos
- Trabajar en plantas de grava o arena o bunkers.
- Desbroce de tierras
- Carga de madera
- Lavado, carga o descarga de camiones (que no sean herramientas / artículos personales no eléctricos)
- Contacto con segadoras / cortadoras / sopladoras
- Cartel ondeando, a menos que esté frente al negocio
- Empleo en lavanderías comerciales
- Trabajos de soldadura o soldadura
- Ocupaciones relacionadas con diversiones mecánicas.
- Topografía
- Corte / aserrado de madera
- Trabajo de oficina solo en depósitos de demolición de automóviles, traficante de chatarra, obras hidráulicas, tala de árboles, operaciones de transporte de vehículos motorizados
(18 para realizar cualquier trabajo que implique vender o manipular alcohol)
Restricciones de horas de trabajo:
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Menores de 16: Los menores de 16 años pueden trabajar como máximo:
- 3 horas en un día escolar.
- 18 horas en una semana escolar.
- 8 horas en un día no escolar.
- 40 horas en una semana no escolar.
- Solo entre las 7 a.m. y las 7 p.m. No se permite trabajar durante el horario escolar.
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Mayores de 16: Los menores de 16 años pueden trabajar como máximo:
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- WH-218 (Rev. 30/12/13)
- 2013 Estatutos Revisados de Oregon § 471.565
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Pensilvania
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Menores de 18:
Mayores de 18:
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Restricciones laborales adicionales:
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Ocupaciones prohibidas para todos los menores en el entretenimiento:
- Cualquier acto acrobático que sea peligroso para la seguridad o el bienestar del menor.
- Uso de / o exposición a armas peligrosas o artefactos pirotécnicos.
- Actividades que tienen un alto nivel de peligro inherente, incluidas las actividades que involucran velocidad, altura, un alto nivel de esfuerzo físico y equipo altamente especializado o acrobacias espectaculares.
- Un acto que constituye abuso sexual o explotación sexual de menores.
- Boxeo, sparring o lucha libre, a excepción de una competencia o actividad atlética auténtica o amateur reconocida o una representación sin contacto.
- Ayudar a los artistas intérpretes o ejecutantes en un acto animal, llevar a un animal a un ring o en el escenario, o montar un animal cuando el animal excede la mitad del peso del niño intérprete.
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Ocupaciones prohibidas para todos los menores:
- Ladrillo
- Operador de grúa, ascensor
- Trabajador electrico
- Excavador
- Fabricación de explosivos
- Extinción de incendios forestales, Servicio forestal, Trabajador de molino
- Procesamiento de carne
- Proyeccionista de películas
- Vehículos motorizados (Excepción para la conducción ocasional para jóvenes con licencia de 17 años con un curso de educación para conductores aprobado por el estado, si el vehículo no excede las 6,000 libras y tiene un dispositivo de restricción, la conducción es durante el día, dentro del radio de 30 millas del empleador y limitado a 2 viajes por día lejos de la ubicación del empleador).
- Fabricante de pinturas, ácidos y poiso
- Techador
- Trabajo de la madera (uso de máquinas para trabajar la madera con motor, incluida la supervisión / control de la operación de las máquinas, la alimentación / ayuda con la alimentación de materiales en las máquinas; la instalación, el ajuste, la reparación, el engrase o la limpieza de máquinas para trabajar la madera con motor, desbastado de sierras circulares y guillotina cortadores de chapa de acción. * Excepción, los jóvenes de 16 a 17 años pueden colocar material en la cadena / tolva en movimiento para la alimentación automática.)
- Revestidor por pulverización
- Soldador
- Trabajador de demolición y / o demolición
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Todos los menores también tienen prohibido trabajar:
- En establecimientos donde se producen, venden o dispensan bebidas alcohólicas (excepto en parte del establecimiento donde no se sirve alcohol, o en hoteles, clubes o restaurantes donde se sirve alcohol y el establecimiento tiene una licencia de venta dominical emitida por la Junta de Control de Bebidas Alcohólicas, y el menor está sirviendo comida, limpiando mesas y / o deberes relacionados, pero el menor no puede servir ni dispensar alcohol. Los estudiantes de artes escénicas que participan en exhibiciones no remuneradas pueden actuar en un establecimiento con licencia, bajo la supervisión adecuada de acuerdo con el Código de Licores.)
- En barcos (piloto, bombero o ingeniero en cualquier barco o embarcación).
- En maquinaria (incluida la reparación, limpieza o engrase de maquinaria en movimiento y operación o asistencia en la operación de lo siguiente: muelas de esmeril, máquinas para doblar, formar, perforar, martillar, doblar, enrollar y cizallar placas de metal, prensas de punzonado, coser con alambre, etc.). grapadoras, sierras circulares, sierras de cinta, tijeras de guillotina, sierras de cadena, sierras recíprocas, trituradoras de madera y discos de corte abrasivos.
- En maquinaria para hornear (Operar, ayudar, preparar, ajustar, reparar, engrasar o limpiar amasadora / batidora de masa, máquina para dividir, redondear o moldear pan, freno de masa, laminadora de masa, máquina cortadora / envolvedora de pan o sierra de cinta para cortar pasteles, y ajuste máquina para hacer galletas o galletas. Excepto para los jóvenes de 16 y 17 años que instalan, ajustan, reparan, engrasan y limpian batidoras eléctricas portátiles de encimera, livianas y de pequeña capacidad, comparables a los modelos destinados a uso doméstico. Excepto 16 y jóvenes de 17 años que operan rodillos de masa de pizza construidos con protecciones para evitar que los dedos, las manos y la ropa queden atrapados en el punto de funcionamiento de los rodillos, que tienen engranajes completamente cerrados y tienen microinterruptores que desenganchan la maquinaria si la parte posterior / lateral de los rodillos La excepción no se aplica al montaje, ajuste, reparación, engrase o limpieza de los rodillos de masa de pizza).
- En industrias metalúrgicas
- En minas (Ocupaciones peligrosas en o alrededor de cualquier mina, incluido todo el trabajo realizado en cualquier parte de trabajo subterráneo, a cielo abierto o de superficie de cualquier planta de extracción de carbón, que contribuya a la extracción, clasificación, limpieza u otro manejo del carbón. Excepciones para jóvenes de 16 a 17 años: recolección de pizarras / desperdicios en la mesa de recolección / tolva en un volquete o rompedor en una mina de carbón, trabajo en oficinas o talleres de reparación / mantenimiento en la superficie. Para otras minas, todas las ocupaciones están prohibidas, excepto las que se pueden realizar arriba -Oficina de tierra, almacén, casa de suministros, casa de cambio, laboratorio, talleres de reparación / mantenimiento, en viviendas, fuera de la mina en topografía, reparación / mantenimiento de carreteras, limpieza general, trabajo de cuadrilla de vías para secciones de vías férreas cuando se realizan actividades mineras que no se realicen, trabajen en o cerca de operaciones de minería de placeres superficiales que no sean operaciones de dragado de lugares y operaciones de minería de placeres hidráulicos. En las fábricas de metales que no sean las de recuperación de mercurio o las plantas que utilizan el proceso de cianuro pueden operar celdas de flotación ables, filtros-secadores, pueden realizar clasificación manual en la mesa / cinta de recolección, limpieza general. Excepción: los menores de 14 y 15 años pueden trabajar en un cargo y realizar tareas administrativas.
- En canteras (la mayoría de las ocupaciones, incluida la perforación, el disparo de perdigones o la asistencia para cargar o apisonar orificios, la limpieza de la cara, la fijación de bloques a las cadenas para izar cables, la asistencia / operación de palas de vapor, de aire o eléctricas).
- En la industria de la impresión y el papel
- Alrededor de sustancias radiactivas
- En ferrocarriles y vías férreas
- En remaches (Calentar y pasar remaches, excepto para menores de 16 y 17 años a 10 pies o menos del suelo o en un andamio equipado con barandillas y tablas)
- En curtidurías
-
Ocupaciones prohibidas adicionales para menores de 16 años:
- Asistente, operador o despachador de atracciones en el parque de atracciones.
- Panadero y cocinero
- Trabajador de la sala de máquinas o calderas
- Cazador de pollos (captura y enjaulado de aves de corral en preparación para el transporte o para el mercado)
- Obrero
- Aparato de elevación
- Tarea industrial
- Salvavidas
- Mensajero público
- Stzrike o lockouts (Prohibido trabajar en un establecimiento donde se está produciendo una huelga o cierre patronal, a menos que el menor estuviera legalmente certificado para trabajar en un establecimiento antes de la declaración de huelga o cierre patronal).
- Telefonista
- Separador o clasificador de tabaco
- Transporte (transporte de personas / propiedad por ferrocarril, carretera, aire, agua, tubería u otros medios).
- Limpiador de ventanas
- Tráfico de jóvenes (venta de bienes y servicios y actividades promocionales, excepto en el lugar de trabajo del empleador).
-
Los menores de 16 años también tienen prohibido trabajar:
- En establecimientos donde se producen, venden o dispensan bebidas alcohólicas (Excepto en hogares de ancianos de cuidado continuo, estaciones de esquí, boleras, campos de golf, parques de diversiones y otros establecimientos recreativos similares donde se sirven bebidas alcohólicas siempre y cuando el menor no esté manipulando o sirviendo alcohol y no trabajando en un área donde se sirve o almacena alcohol. Los estudiantes de artes escénicas que participen en exhibiciones no remuneradas pueden actuar en un establecimiento autorizado, bajo la supervisión adecuada de acuerdo con el Código de Licores).
- En dragas de carbón
- En congelador o enfriadores de carne
- En las carreteras
- En fabricación (cualquier proceso de fabricación o mecánico)
- En maquinaria
- En tiendas de patronaje
- En la industria de la impresión
- Para servicios públicos (en cualquier capacidad, excepto el trabajo de oficina, como archivar, mecanografiar y limpiar y desempolvar una oficina).
- En andamios
- En camiones, vagones y transportadores
- En túneles
- En almacenaje y almacenaje.
Restricciones de horas de trabajo:
-
Los menores de 14 o 15 años pueden trabajar como máximo:
- 3 horas en un día escolar.
- 18 horas en una semana escolar. (26 horas si se trabaja en sábado y domingo)
- 8 horas en un día no escolar.
- 40 horas en una semana no escolar.
- Los menores de 16 años deben tener una declaración escrita del padre o tutor del menor reconociendo los deberes y horas de empleo y otorgando permiso para trabajar.
-
Los menores de 16 o 17 años pueden trabajar como máximo:
- 8 horas en un día escolar.
- 28 horas en una semana escolar. (36 horas si el trabajo se realiza los sábados y domingos)
- 10 horas en un día no escolar.
- 48 horas en una semana no escolar.
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- Ley de trabajo infantil
- §§ 5 (b) (4) (iv), 5 (k), 34 Pa. Code § 11.1); (b) (4) (v); (b) (4) (i); (b) (4) (ii)
- § 4 (a) (1)
- § 4 (a) (4);
- 34 Pa.
- Código § 11.1
- Código § 11.32, 29 CFR § 570.58
- Código §§ 11.31, 11.35, 11.38
- Código § 11.66, 29 CFR § 570.68
- Código § 11.45
- Código § 11.63; 29 CFR § 570.67
- Código § 11.58
- Código § 11.33
- Código § 11.46; 29 CFR § 570.55
- Código § 11.64, 29 CFR § 570.33
- Código § 11.46; 29 CFR § 570.65
- Código §§ 11.51. 11.55
- Código § 11.49, 29 CFR § 570.59
- Código §§ 11.34, 11.46, 29 CFR § 570.59
- Código § 11.56
- Código § 11.53
- Código § 11.59; 29 CFR § 570.53
- Código § 11.37
- Código § 11.62; 29 CFR § 570.57
- Código §§ 47.221 et seq
- Código § 11.52
- Código § 11.40
- Código § 11.84; 43 PS § 491-3 (f))
- Código § 11.60
- 29 CFR
- § 570.64
- § 570.54
- § 570.52
- § 570.65
- § 570.62; 34 Código de Pensilvania § 11.47
- § 570.60
- § 570.34
- § 570.63
- §§ 570.33 (h) (l) (d) (h) (n) (1) (4) (c) (m) (g), 570.34 (c) (l)
- § 570.34 (l)
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Rhode Island
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Menores de 16:
Mayores de 16:
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 16 años:
- Cualquier trabajo de fabricación o minería.
- Trabajos de procesamiento como fileteado de pescado, aderezo de aves, cascado de nueces o lavado de ropa.
- Ocupaciones con funciones en los lugares de trabajo donde se fabrican, extraen o procesan mercancías.
- Manejo o cuidado de aparatos de elevación o de cualquier maquinaria motorizada (excepto las máquinas de oficina y las máquinas de comercio minorista, servicios de alimentación y establecimientos).
- Ocupaciones relacionadas con:
- a) Transporte de personas o bienes por ferrocarril, carretera, aire, agua, tubería u otros medios
- b) Depósito y almacenamiento
- c) Comunicaciones y servicios públicos
- d) Construcción (incluida la reparación) +
- Dispensación de gasolina u otro combustible
- Muelles, privados o públicos
- Auxiliares de estacionamiento
- Lavado de autos a mano o a máquina
- Ocupaciones en billar o billar
- Cualquier trabajo en un tunel
- Todo el trabajo utilizando escaleras o andamios.
- Trabajar en congeladores o enfriadores de carne.
(18: servir, vender o manipular alcohol)
Restricciones de horas de trabajo:
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Menores de 16 años: si tiene entre 14 y 15 años, es posible que no esté empleado:
- Durante el horario escolar.
- Antes de las 6:00 a . M. O después de las 7:00 p. M., Excepto durante las vacaciones escolares cuando se permite trabajar hasta las 9:00 p. M.
- Más de ocho horas al día.
- Más de 40 horas semanales.
-
Menores de 18 años: si tiene entre 16 y 17 años, es posible que no tenga empleo:
- Más de 48 horas semanales.
- Más de nueve horas al día.
- Antes de las 6 a . M. O DESPUÉS de las 11:30 p. M.
- Sin un respiro de 8 horas entre el final de un turno en un día y el inicio del trabajo al día siguiente.
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- CAPÍTULO CINCO - NIÑOS QUE INGRESAN AL LUGAR DE TRABAJO Y DERECHOS LABORALES DE LOS NIÑOS
- § 86
- § 87
- § 91
- § 96 (Servicio, venta y manipulación de alcohol)
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Carolina del Sur
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 14 años: por lo general, no pueden trabajar. Excepciones:
- Los menores de 14 años pueden trabajar en cualquier aspecto del mundo del espectáculo, como actuar o actuar en una producción teatral, televisiva, radial o cinematográfica.
- Los menores de 12 y 13 años pueden trabajar durante las sesiones no escolares en trabajos agrícolas no peligrosos con el consentimiento por escrito de los padres.
- A cualquier edad, los menores de edad pueden trabajar en cualquier negocio o establecimiento de propiedad exclusiva y operado por el padre del menor.
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Menores de 16 años: los menores de 14 y 15 años pueden trabajar en puestos de oficina, de oficina y de ventas. También pueden trabajar en una serie de trabajos en establecimientos minoristas, de servicio de alimentos y de servicio de gasolina, como:
- Cajero, marcado de precios y etiquetado (a mano o en máquina)
- Montaje de pedidos, embalajes y estanterías.
- Embolsado y ejecución de pedidos.
- Sirviendo comidas y bebidas.
- Trabajo de limpieza.
- Lavado y pulido de coches
- Operar bombas de gas y realizar otros servicios de cortesía.
- Limpieza de verduras y frutas y embalaje, sellado, etiquetado, pesaje, fijación de precios y almacenamiento de mercancías.
- Entrega y recados a pie, en bicicleta o en transporte público.
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Menores de 18 años: pueden trabajar sin restricciones, excepciones:
- Fabricación o almacenamiento de explosivos.
- Conducir un vehículo motorizado y ser un ayudante externo
- Minería de carbón
- Tala y aserradero
- Máquinas para trabajar la madera a motor
- Exposición a sustancias radiactivas y radiaciones ionizantes
- Aparato de elevación de motor
- Máquinas de conformado, punzonado y cizallado de metal con motor
- Minería, distinta de la minería del carbón
- Envasado o procesamiento de carne
- Máquinas de panadería motorizadas
- Máquinas de productos de papel accionadas por motor
- Fabricación de ladrillos, tejas y productos relacionados.
- Sierras circulares eléctricas, sierras de cinta y cizallas de guillotina
- Operaciones de demolición, demolición y desguace de barcos
- Operaciones de techado
- Operaciones de excavación
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Vender, servir o servir como mesera alcohol:
- Para trabajar como camarero en cualquier instalación que venda envases abiertos de alcohol, una persona debe tener al menos veintiún años de edad.
- Para trabajar como servidor, mesero o mesera y servir envases abiertos de alcohol, una persona debe tener al menos dieciocho años de edad.
- Para trabajar en cualquier capacidad en una tienda de licores minorista, un negocio de licores al por mayor o una destilería, una persona debe tener al menos veintiún años de edad.
Restricciones de horas de trabajo:
-
Menores de 16 años: los menores de 14 y 15 años no pueden trabajar:
- Durante el horario escolar.
- Antes de las 7 a.m. o después de las 7 p.m. (9 pm durante el período de vacaciones de verano del distrito escolar en el que reside el menor).
- Más de 18 horas durante la semana escolar.
- Más de 3 horas en días escolares.
- Más de 40 horas en semanas no escolares.
- Más de 8 horas en días no escolares.
-
Menores de 18: Menores de 16 y 17 años - Sin restricciones.
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- Estatuto de trabajo infantil de Carolina del Sur:
- 17 Órdenes de Ocupaciones Peligrosas de la Ley de Normas Laborales Justas
- Código SC Ann. Secciones:
- 20-7-370
- 61-5-20 (6)
- 61-13-340
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Dakota del Sur
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Restricciones laborales adicionales:
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Menores de 14: Los menores de 14 años solo pueden trabajar en o como:
- Actores infantiles
- Trabajos de bombeo de gasolina o desmontaje de semillas de maíz híbrido
- Empleo de los padres
- Empleo necesario para la manutención del niño o empleo con equipo agrícola.
-
Menores de 16: Los menores de 14 o 15 años no pueden trabajar en las siguientes condiciones:
- En cualquier ocupación peligrosa para la vida, la salud o la moral.
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Menores de 18 Menores de 16 o 17 años - Sin restricciones.
(¡Las leyes federales crean requisitos que son más estrictos en muchos casos!)
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Venta, servicio o camarera de alcohol: la edad varía según la licencia.
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Off License: Licencia de bebidas de malta
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Fuera de venta, licencia de bebidas de malta por debajo del 50% de las ventas de bebidas de malta: para vender cerveza en una tienda de comestibles, una persona debe tener al menos dieciocho años de edad.
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Fuera de venta, licencia de bebidas de malta con más del 50% de ventas de bebidas de malta: para vender, almacenar o manipular cerveza sellada en una tienda de comestibles, una persona debe tener al menos veintiún años de edad. (Si la venta de bebidas alcohólicas constituye más del cincuenta por ciento del negocio bruto realizado por el establecimiento)
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On / Off-Sale: Licencia de bebidas de malta
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Venta / venta libre, licencia de bebidas de malta-50% de ventas de alcohol: la venta de bebidas de malta constituye menos del cincuenta por ciento del negocio bruto realizado por ese establecimiento, un empleado que tenga 18 años de edad o más puede vender, servir o dispensar bebidas de malta siempre que el titular de la licencia o un empleado que tenga al menos 21 años de edad se encuentre en la propiedad. Nadie menor de 21 años puede tender bares, sacar o mezclar bebidas alcohólicas.
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Venta On / Off, licencia de bebidas de malta superior al 50% de ventas de alcohol: si el negocio bruto de la venta de bebidas de malta supera el 50%, un empleado que vende bebidas de malta debe tener al menos 21 años de edad.
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En venta: Licencia de licor
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Licencia de licor en venta por debajo del 50% de ventas de alcohol: si menos del 50% del negocio bruto proviene de la venta de alcohol, un empleado de 18 años o más puede vender, servir o dispensar bebidas alcohólicas siempre que el titular de la licencia o un empleado la edad de 21 está en la premisa. Nadie menor de 21 años puede tender bares, sacar o mezclar bebidas alcohólicas.
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Licencia de venta de bebidas alcohólicas con ventas superiores al 50% de alcohol: si el negocio bruto de la venta de alcohol supera el 50%, el empleado que vende el alcohol debe tener al menos 21 años de edad.
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Licencia de licor de paquete
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Licencia de paquete de licor por debajo del 50% de ventas de alcohol: si menos del 50% del negocio bruto proviene de la venta de alcohol, un empleado de 18 años o más puede vender bebidas alcohólicas.
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Licencia de paquete de licor con ventas superiores al 50% de alcohol: Las ventas de bebidas alcohólicas solo pueden ser realizadas por una persona que tenga al menos 21 años de edad.
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Venta On-Off: Licencia de vino
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Licencia de vino de venta sin descuento por debajo del 50% Ventas de alcohol: si menos del 50% del negocio bruto proviene de la venta de vino, un empleado de 18 años o más puede vender, servir o dispensar el vino siempre que el titular de la licencia o un empleado mayores de 21 años está en la premisa. Nadie menor de 21 años puede tender bares, sacar o mezclar bebidas alcohólicas.
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Licencia de venta de vino en venta / venta superior al 50% de ventas de alcohol: si el volumen de negocios bruto de la venta de vino supera el 50%, el empleado que vende el vino debe tener al menos 21 años de edad.
Restricciones de horas de trabajo:
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Menores de 14: Los menores de 14 años no pueden trabajar:
- Durante el horario escolar.
- Más tarde de las 7 p.m.
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Menores de 14: Los menores de 16 años no pueden trabajar:
- Por más de cuatro horas por día escolar o 20 horas por semana escolar.
- Por más de ocho horas por día no escolar o 40 horas por semana no escolar.
- Más tarde de las 10 p.m. en una noche escolar.
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Menores de 18: Menores de 16 o 17 años - Sin restricciones.
(¡Las leyes federales crean requisitos que son más estrictos en muchos casos!)
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- Código de Dakota del Sur (trabajo infantil)
- 60-12 (subsecciones 1-14)
- Códigos de Dakota del Sur Título 35 - BEBIDAS ALCOHÓLICAS Capítulo 04 - Venta de bebidas
- §35-4-79.1
- §35-4-79
- §35-4-79.3
- §35-4-79
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