Audiencia del artículo 32 - Article 32 hearing

Una audiencia del Artículo 32 es un procedimiento bajo el Código Uniforme de Justicia Militar de los Estados Unidos , similar al de una audiencia preliminar en derecho civil. Su nombre se deriva de la sección VII de UCMJ ("Procedimiento de juicio") Artículo 32 (10 USC § 832), que ordena la audiencia.

La UCMJ especifica varios niveles diferentes de formalidad con los que se pueden tratar las infracciones. El más serio es un consejo de guerra general . Se requiere una audiencia según el artículo 32 antes de que un acusado pueda ser remitido a un consejo de guerra general, a fin de determinar si hay pruebas suficientes para merecer un consejo de guerra general. Los delincuentes en el ejército de los EE. UU. Pueden enfrentar un castigo no judicial , una corte marcial sumaria , una corte marcial especial , una corte marcial general o una separación administrativa. Un oficial al mando, en el papel de autoridad convocadora de consejo de guerra , consultará con el abogado defensor del juez de mando para obtener asesoramiento sobre la resolución del caso; Los factores a considerar incluyen, entre otros , la ley y la jurisprudencia pertinentes, la gravedad de los delitos, la fuerza o debilidad de cada elemento del caso, la promoción del orden y la disciplina, y el deseo del comandante de resolver el caso.

Normalmente se dirige una investigación cuando parece que los cargos son de una naturaleza tan grave que puede justificarse un juicio por un consejo de guerra general. El comandante que dirige una investigación en virtud del artículo 32 detalla a un oficial comisionado como oficial investigador que conducirá la investigación y hará un informe de conclusiones y recomendaciones. Este oficial nunca es el acusador, el abogado del juicio (juez abogado fiscal), ni está en la cadena de mando del acusado . Este oficial puede tener o no capacitación legal, aunque se recomienda y es común el uso de abogados militares (defensores de los jueces) dentro de la práctica del servicio. Si el oficial investigador no es un abogado, puede buscar asesoramiento legal de una fuente imparcial, pero no puede obtener dicho asesoramiento de un abogado de ninguna de las partes.

Se programa una audiencia de investigación tan pronto como sea razonablemente posible después del nombramiento del oficial investigador. Normalmente asisten a la audiencia el investigador, el acusado y el abogado defensor. El comandante normalmente detallará un abogado para representar a los Estados Unidos y, en algunos casos, un taquígrafo judicial y un intérprete; estos nombramientos son, en la práctica, asignaciones de funciones realizadas por la rama de derecho penal de la oficina del abogado del juez de mando. Por lo general, esta audiencia de investigación está abierta al público y a los medios de comunicación.

El oficial de investigación, generalmente, revisará todas las pruebas no testimoniales y luego procederá al interrogatorio de los testigos. Excepto por un conjunto limitado de reglas sobre privilegios, interrogatorios y la regla del escudo de violación (MRE 412), las reglas militares de evidencia no se aplican en esta audiencia de investigación. Sin embargo, esto no significa que el oficial investigador ignore las cuestiones probatorias. El oficial investigador comentará sobre todas las cuestiones probatorias que sean críticas para la disposición de un caso. Todo testimonio se toma bajo juramento o afirmación, excepto que un acusado puede hacer una declaración sin juramento.

La defensa tiene amplia libertad para interrogar a los testigos. A partir de 2013, en los casos en que se alega agresión sexual, algunos críticos alegan que se permite un contrainterrogatorio extremadamente intrusivo y agresivo de la víctima, una práctica que ha sido citada por los críticos del manejo militar de la agresión sexual en el ejército de los Estados Unidos . En un caso, un guardiamarina de la Academia Naval fue interrogado durante 30 horas durante varios días sobre su comportamiento sexual pasado. Si el comandante detalla a un abogado para representar a los Estados Unidos, este representante del gobierno normalmente llevará a cabo un interrogatorio directo de los testigos del gobierno. A esto le sigue un contrainterrogatorio por parte de la defensa y un interrogatorio por parte del oficial investigador una vez finalizado el interrogatorio de ambos abogados. Asimismo, si se llama a un testigo de la defensa, el abogado defensor normalmente realizará un interrogatorio directo seguido de un contrainterrogatorio del gobierno. Después de reorientar el interrogatorio por parte del abogado defensor o de que ambos abogados hayan completado el interrogatorio, el oficial investigador puede realizar un examen adicional. Los procedimientos exactos que se seguirán en la audiencia no se especifican ni en el Código Uniforme de Justicia Militar ni en el Manual de Corte Marcial.

Ver también

notas y referencias

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