Banco Africano de Inversiones - African Investment Bank

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Este artículo es parte de una serie sobre la
política y el gobierno de
la Unión Africana.

El Banco Africano de Inversiones (AIB) es una de las tres instituciones financieras de la Unión Africana (UA) junto con el Fondo Monetario Africano y el Banco Central Africano . Tendrá su sede en Trípoli, Libia .

Antecedentes

La Cumbre de Lomé (2000) adoptó el Acta Constitutiva de la Unión Africana, que especifica los objetivos, principios y órganos de la UA. Veintisiete países africanos firmaron la ley, que preveía el establecimiento de una amplia variedad de instituciones, incluido el Parlamento Panafricano ; Tribunal de Justicia ; Banco Central Africano; Fondo Monetario Africano; y Banco Africano de Inversiones. En 2005, la UA celebró una reunión de expertos independientes en Addis Abeba, Etiopía , para considerar documentos conceptuales y borradores de protocolos preparados por la Comisión de la Unión Africana (AUC) sobre las tres instituciones. La UA también determinó los puestos para las instituciones financieras , el Banco Central Africano ( Nigeria ), el Banco Africano de Inversiones (Libia) y el Fondo Monetario Africano ( África Central ).

Mandato y principios que rigen las operaciones

El 21 de noviembre de 2006, las AUC celebraron una reunión en Yaundé, Camerún , para delinear la implementación de las tres instituciones financieras africanas según el artículo 19 del Acta Constitutiva. El mandato de la AIB se concibió para ayudar a fomentar el crecimiento económico y acelerar la integración económica en África de acuerdo con el Plan Estratégico de la AU. El artículo 17 del Acuerdo estableció además que el método de operaciones bancarias de AIB se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes principios rectores:

  1. Las operaciones son principalmente para financiar proyectos específicos, incluyendo esquemas de desarrollo nacionales, subregionales o regionales para los miembros. Puede incluir financiación para instituciones nacionales de desarrollo en África que cumplan el mandato;
  2. Al seleccionar proyectos, evalúe su contribución potencial al mandato, en lugar del tipo de proyecto;
  3. AIB no financiará ninguna empresa en el territorio de un miembro si ese miembro se opone;
  4. Al considerar las solicitudes de préstamos o garantías, considere la capacidad del prestatario para obtener financiamiento o facilidades en otra parte;
  5. Al otorgar o garantizar préstamos, considere si el prestatario y su garante pueden cumplir con las obligaciones; y que la tasa de interés , otros cargos y el calendario de pagos son apropiados;
  6. Los ingresos solo se pueden utilizar para la adquisición en los estados miembros de bienes producidos por los miembros, excepto si la Junta Directiva permite la adquisición de no miembros, o bienes producidos por no miembros , en circunstancias especiales (es decir, un no miembro proporciona una financiación significativa a AIB) ;
  7. En el caso de un préstamo directo, el prestatario puede retirar fondos solo para los gastos del proyecto a medida que se incurren;
  8. Adoptar medidas para garantizar que los recursos del préstamo se utilicen únicamente para los fines para los que se otorgó el préstamo;
  9. Evitar una cantidad desproporcionada de recursos que beneficien a cualquier miembro;
  10. Buscar una diversificación razonable en la inversión de capital social ; AIB no asumirá la administración de ninguna entidad o empresa en la que tenga una inversión, excepto cuando sea necesario;
  11. Aplicar principios bancarios sólidos, en particular a las inversiones en capital social;
  12. Al garantizar los préstamos concedidos por otros inversores, AIB recibirá una compensación de riesgo adecuada .

Afiliación

De acuerdo con el Artículo 4, la membresía de AIB está abierta a todos los miembros de AU. Los países elegibles que no se conviertan en miembros cuando comiencen las operaciones podrán ser admitidos posteriormente, en los términos y condiciones establecidos por la Junta de Gobernadores (BOG), tras el voto afirmativo de al menos cuatro quintos de los Gobernadores, que representen no menos de tres cuartos. del poder de voto total del miembro.

Capital

El capital social autorizado inicial de AIB aún no se ha determinado. Se dividirá en un número de acciones con un valor nominal específico , que estarán a disposición de los socios para su suscripción de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo . El capital social autorizado se dividirá en acciones desembolsadas y acciones exigibles . El BOG determinará ocasionalmente la proporción de capital autorizado en acciones desembolsadas y acciones exigibles. El BOG podrá incrementar el capital social autorizado, en los términos y condiciones que estime convenientes. La decisión del BOG de aumentar el capital autorizado se adoptará con el voto de al menos cuatro quintos de los Gobernadores, que representen no menos de las tres cuartas partes del total de votos de los miembros.

Notas

Referencias