Matrimonio entre personas del mismo sexo en Puebla - Same-sex marriage in Puebla

El matrimonio entre personas del mismo sexo en Puebla es legal luego de una sentencia del 1 de agosto de 2017 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación . La Corte Suprema dictaminó que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo contenida en el Código Civil del estado violaba los artículos 1 y 4 de la Constitución de México , legalizando el matrimonio entre personas del mismo sexo en el estado de Puebla . La sentencia se publicó oficialmente en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.

El Congreso de Puebla aprobó un proyecto de ley sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo el 3 de noviembre de 2020, modificando varios artículos del Código Civil para reflejar el fallo de la Corte Suprema.

Historia legal

Uniones del mismo sexo realizadas en estados mexicanos
  Matrimonios del mismo sexo realizados. *
Franjas: Proporción de cobertura municipal.
  Realización de uniones civiles; matrimonio solo por amparo .
  Matrimonio no celebrado (salvo amparo) a pesar de orden judicial.
  Matrimonio accesible por amparo o viajando fuera del estado.
* La legislación no es igual en todos los estados. Ver detalles .

Fondo

El 7 de diciembre de 2006 se propuso en Puebla un proyecto de ley de unión civil , similar al de la Ciudad de México , pero enfrentó una fuerte oposición y críticas de los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido Acción Nacional (PAN), que declaró que "la familia tradicional es el único modelo social, y no puede haber otro". El proyecto de ley de unión civil fue propuesto nuevamente el 15 de marzo de 2011. Después de cinco revisiones en los años siguientes, el 8 de junio de 2014, el proyecto de ley se pospuso para una sesión posterior. El 29 de septiembre de 2014, el Congreso anunció que no habría discusión en esa legislatura.

Los activistas organizaron una marcha el 8 de noviembre de 2014, instando al Congreso de Puebla a legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

El Congreso rechazó un proyecto de ley de unión civil en diciembre de 2014. El Partido de la Revolución Democrática (PRD), que había apoyado la medida, anunció su intención de volver a presentar un proyecto de ley similar en 2015. El 11 de junio de 2015, un diputado del PRD presentó un matrimonio proyecto de ley en su lugar, citando decisiones de los tribunales nacionales a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo. En junio de 2016, el Congreso anunció que pospondría cualquier votación sobre la legislación hasta que la Corte Suprema de México se pronuncie sobre la acción de inconstitucionalidad presentada en abril de 2016.

En septiembre de 2016, funcionarios del municipio de San Pedro Cholula anunciaron que cualquier pareja del mismo sexo que desee contraer matrimonio en el municipio puede hacerlo sin impedimentos, citando la jurisprudencia nacional establecida por la Corte Suprema a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo.

Mandatos judiciales

La Corte Suprema de México dictaminó el 12 de junio de 2015 que las prohibiciones estatales del matrimonio entre personas del mismo sexo son inconstitucionales en todo el país. El fallo de la corte se considera una "tesis jurisprudencial" y no invalida las leyes estatales, lo que significa que las parejas del mismo sexo a las que se les niega el derecho a contraer matrimonio aún tendrían que buscar medidas cautelares individuales ( amparo ) en la corte. El fallo estandarizó los procedimientos para que jueces y tribunales de todo México aprueben todas las solicitudes de matrimonio entre personas del mismo sexo e hizo que la aprobación fuera obligatoria.

El 29 de enero de 2014 se otorgó un importante caso de reconocimiento a través de una orden judicial. Una pareja del mismo sexo, casada en 2012 en la Ciudad de México , presentó una orden judicial contra el IMSS ( Instituto Mexicano del Seguro Social ) después de que este se negó a registrar a una de las parejas como cónyuge. Beneficios. En un fallo histórico, la Corte Suprema dictaminó que el IMSS estaba obligado a reconocer el matrimonio.

El 15 de octubre de 2014 se interpuso una medida cautelar colectiva para 13 parejas. La medida cautelar, apoyada por Equal Marriage Mexico, el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos y El Taller AC, buscaba que la prohibición estatal del matrimonio entre personas del mismo sexo fuera declarada inconstitucional y permitir que las 13 parejas en cuestión se casaran. En marzo de 2015, surgieron informes de que un juez había fallado en contra de las parejas citando el requisito de que "prueben su homosexualidad". Los activistas criticaron esto como una táctica dilatoria y apelaron a la Corte Suprema de México. El 5 de mayo de 2016, la Corte Suprema dictaminó que la prohibición estatal del matrimonio entre personas del mismo sexo era inconstitucional y discriminatoria y permitió que las parejas se casaran. El 1 de junio de 2016, la Primera Sala de la Corte Suprema de México dictó un fallo similar en un caso que involucraba a 15 parejas.

En noviembre de 2014, un tribunal federal otorgó a Guadalupe del Carmen Gómez Tetetla y Fabiola Lucero Méndeza una orden judicial para contraer matrimonio. La pareja había solicitado una orden judicial a principios de ese año después de que se rechazara su solicitud de licencia de matrimonio. El estado apeló la decisión. El 10 de julio de 2015, el Tribunal de Apelación confirmó la sentencia a favor de la pareja. Su boda, que fue el primer matrimonio entre personas del mismo sexo en el estado de Puebla, tuvo lugar el 1 de agosto de 2015.

Acción de inconstitucionalidad (2016/17)

La Corte Suprema de México (edificio en la foto) anuló la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Puebla en 2017, permitiendo que tales matrimonios se realicen en el estado.

El 27 de abril de 2016, la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó una acción de inconstitucionalidad ( acción de inconstitucionalidad ; protocolizado 29/2016) contra el Estado de Puebla, cuestionando la constitucionalidad de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil. El Congreso de Puebla había enmendado recientemente la ley de familia estatal, pero mientras lo hacía no derogó la prohibición estatal del matrimonio entre personas del mismo sexo. La Comisión aprovechó esta oportunidad para presentar la acción de inconstitucionalidad. El artículo 294 definía el matrimonio como la unión de "un hombre y una mujer" y cuyo objetivo era "perpetuar la especie", y el artículo 297 definía de manera similar el concubinato entre "un hombre y una mujer". El artículo 300 exige que "el hombre y la mujer" tengan al menos 16 años de edad. Esta demanda buscaba legalizar por completo el matrimonio entre personas del mismo sexo en Puebla, de manera similar a lo ocurrido en los estados de Chiapas (caso 32/2016) y Jalisco (caso 28/2015).

El 1 de agosto de 2017, la Corte Suprema de México falló por unanimidad que los tres artículos en cuestión violaban los artículos 1 y 4 de la Constitución de México , ya que discriminaban a las parejas del mismo sexo. A fines de enero de 2018, a pesar de la oposición del Congreso, el Registro Civil anunció que acataría el fallo y comenzaría a procesar las solicitudes de matrimonio de parejas del mismo sexo. El fallo se produjo en vigor una vez que el Congreso fue notificado oficialmente y tras su publicación en la Gaceta Oficial de la Federación ( Diario Oficial de la Federación ) el 16 de febrero 2018.

Funcionarios de Puebla han confirmado que las parejas del mismo sexo pueden adoptar .

Respuesta y desarrollos posteriores

En octubre de 2018, la diputada María García Olmedo presentó al Congreso un proyecto de ley para codificar el matrimonio entre personas del mismo sexo en el Código Civil del estado.

El 4 de octubre de 2019, un comité del Congreso votó en contra de la despenalización del aborto y la actualización de la ley estatal para reflejar el fallo de la Corte Suprema sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo. Los legisladores reafirmaron la ley estatal vigente en ese momento que decía: "El matrimonio es un contrato civil, por el cual un solo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia". ("El matrimonio es un contrato civil, en el que un hombre y una mujer están unidos por la sociedad para perpetuar la especie y ayudarse mutuamente en la lucha por la existencia"). La medida no afectó el estado del matrimonio entre personas del mismo sexo en Puebla, que seguía siendo legal y reconocido. Poco después de la votación, el diputado García Olmedo del Partido Revolucionario Institucional presentó una impugnación legal ante la Corte Suprema, argumentando que la negativa del Congreso a enmendar la ley estatal para reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo de acuerdo con el fallo de la Corte Suprema era inconstitucional. García Olmedo también criticó personalmente a los diputados del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), quienes en su mayoría votaron a favor de la medida, de "traición", ya que el partido fue elegido en una plataforma de apoyo a los derechos LGBT y al matrimonio entre personas del mismo sexo.

El 30 de octubre de 2020, una comisión del Congreso votó 4-2 con 1 abstención a favor de un proyecto de ley sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo presentado por el diputado Vianey García Romero. El 3 de noviembre de 2020, el Congreso aprobó la legislación 31-5. La ley fue publicada en el Diario Oficial del Estado, con la firma del gobernador Miguel Barbosa Huerta , el 10 de noviembre y entró en vigencia al día siguiente. El artículo 294 del Código Civil ahora dice:

  • en español : El matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar a cabo una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones.
  • (El matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente por la sociedad, para construir una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones ) .
Partido político Miembros No Abstenerse Ausente
Movimiento de Regeneración Nacional 14 13 1
Partido Revolucionario Institucional 5 5
Labor de fiesta 5 4 1
Partido Acción Nacional 4 4
Fiesta de Encuentro Social 3 3
Partido de la Revolución Democrática 2 2
Movimiento Ciudadano 2 2
Partido Verde Ecologista de México 1 1
Nueva fiesta de la alianza 1 1
Compromiso por Puebla 1 1
Independiente 3 2 1
Total 41 31 5 3 2

Estadísticas matrimoniales

La siguiente tabla muestra la cantidad de matrimonios del mismo sexo realizados en Puebla desde 2019, según lo informado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía .

Número de matrimonios realizados en Puebla
Año Del mismo sexo Sexo opuesto Total % del mismo sexo
Mujer Masculino Total
2019 51 40 91 17.058 17.149 0,53%
2020 26 20 46 12,649 12,695 0,36%

Las cifras para 2020 son más bajas que las de años anteriores debido a las restricciones vigentes debido a la pandemia COVID-19 .

Opinión pública

Una encuesta de opinión de 2017 realizada por Gabinete de Comunicación Estratégica encontró que el 48.5% de los habitantes de Puebla apoyaba el matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que el 48% se oponía.

Según una encuesta de 2018 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía , el 37% de la población de Puebla se opuso al matrimonio entre personas del mismo sexo.

Ver también

Referencias

enlaces externos