Plano de Casa Mata - Plan of Casa Mata

El Plan de Casa Mata (español: Plan de Casa Mata ) se formuló para elegir un nuevo Congreso Constituyente, que la monarquía de Agustín de Iturbide , que se disolvió en 1822. El Plan de Casa Mata trató de establecer una república .

En diciembre de 1822, Antonio López de Santa Anna y Guadalupe Victoria firmaron el Plan de Casa Mata el 1 de febrero de 1823, como inicio de sus gestiones para derrocar al emperador Agustín de Iturbide . Iturbide había formulado el Plan de Iguala en 1821, que unió a los insurgentes y las fuerzas realistas y la independencia de México en septiembre de 1821. El plan pedía una monarquía constitucional , y cuando ningún monarca europeo se presentó como candidato, el Congreso mexicano proclamó a Iturbide como emperador de México en mayo de 1822. Comandando el país como había mandado el ejército, disolvió el Congreso y ordenó la prisión de los disidentes.

Varias insurrecciones surgieron en las provincias y fueron sofocadas por el ejército, a excepción de la encabezada por Santa Anna en Veracruz , porque tenía un acuerdo con el general Echávarri, quien comandaba las fuerzas imperiales que combatían a Santa Anna. Por acuerdo de los dos se proclamó el Plan de Casa Mata el 1 de febrero de 1823. Este plan no reconocía al Primer Imperio Mexicano y llamaba a un nuevo Congreso Constituyente . Los insurrectos enviaron su propuesta a las delegaciones provinciales y solicitaron su apoyo al plan. En tan solo seis semanas, el Plan de Casa Mata había llegado a lugares remotos, como Texas , y casi todas las provincias se habían unido detrás del plan.

Cuando una delegación provincial aceptó el Plan de Casa Mata, retiró su lealtad al gobierno imperial y afirmó la soberanía dentro de su provincia. Agustín de Iturbide quedó aislado sin apoyo fuera de la Ciudad de México y algunas facciones del ejército. Restableció el Congreso constituyente disuelto, abdicó de la corona y abandonó el país en marzo de 1823, rumbo al exilio italiano con la promesa de un pago anual de 25.000 pesos si permanecía allí. La Constitución de 1824 fue adoptada al año siguiente.

Artículos

  • Arte. 1. Siendo indiscutible que la soberanía reside exclusivamente en la nación, el Congreso se instalará a la mayor brevedad posible.
  • Arte. 2. La convocatoria se realizará sobre la base prescrita para las primeras.
  • Arte. 3. En vista de que entre los diputados que formaron el Congreso disuelto hubo algunos que por sus ideas liberales y firmeza de carácter ganaron el aprecio del público, mientras que otros no cumplieron debidamente la confianza depositada en ellos, las provincias serán libre de reelegir a los primeros y de reemplazar a los segundos con individuos más capaces de cumplir con sus arduas obligaciones.
  • Arte. 4. Una vez reunidos los representantes de la nación, fijarán su residencia en la ciudad o pueblo que consideren mejor para iniciar sus sesiones.
  • Arte. 5. Los órganos que componen este Ejército, y los que en el futuro se adhieran a este plan, jurarán sostener a toda costa la representación nacional y todas sus decisiones fundamentales.
  • Arte. 6. Los jefes, oficiales y tropas que no estén dispuestos a sacrificarse por el bien del país podrán ir a donde deseen.
  • Arte. 7. Se nombrará un comité para llevar copias del plan a la capital del Imperio para ponerlas en manos de Su Majestad el Emperador.
  • Arte. 8. Otro comité con copia [irá] a Veracruz para proponer al gobernador ya los órganos oficiales de allí lo acordado por el ejército, para ver si se adhieren o no.
  • Arte. 9. Otro [será enviado] a los jefes de los cuerpos de este ejército que asedian El Puente y están en las ciudades.
  • Arte. 10. Hasta que no se reciba respuesta del Supremo Gobierno sobre el acuerdo del ejército, será la Diputación Provincial de esta provincia quien delibere sobre los asuntos administrativos, si la resolución anterior encontrare su aprobación.
  • Arte. 11. El ejército nunca dañará la persona del Emperador, por considerar que su cargo será decidido por la representación nacional. El primero se apostará en las ciudades, o donde las circunstancias lo exijan, y no se disolverá bajo ningún pretexto hasta que el Soberano Congreso lo disponga, ya que el segundo será sostenido por el ejército en sus deliberaciones.

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