Convención de Herrenchiemsee - Herrenchiemsee convention
La Convención Constitucional de Herrenchiemsee (en alemán : Verfassungskonvent auf Herrenchiemsee ) fue una reunión de expertos constitucionales nombrados por los ministros presidentes de los estados occidentales de Alemania , celebrada en agosto de 1948 en la antigua abadía de Herrenchiemsee en Baviera . Fue parte del proceso de redacción y adopción de la actual constitución alemana, la Ley Fundamental ( Grundgesetz ). El borrador del documento elaborado por la convención de Herrenchiemsee sirvió como punto de partida para las deliberaciones del Parlamentarischer Rat en Bonn durante 1948 y 1949.
Actas
El 1 de julio de 1948, los aliados occidentales habían recomendado oficialmente la implementación de un estado de Alemania Occidental entregando los Documentos de Frankfurt a los ministros presidentes y alcaldes gobernantes de las zonas de ocupación occidentales. Del 8 al 10 de julio, los ministros-presidentes se reunieron en Coblenza y proclamaron el establecimiento de una República Federal de Alemania, que debería ser solo un arreglo provisional pero no un estado sucesor del Reich alemán .
Presidida por el representante de la Cancillería del Estado de Baviera , la convención se inauguró el 10 de agosto en el "Palacio Viejo" de Herrenchiemsee, una antigua residencia del rey Luis II . La asamblea no adoptó un nombre oficial, pero más tarde los miembros del Parlamentarischer Rat la llamaron Convención de Herrenchiemsee . Cada estado de Alemania Occidental estuvo representado por un experto, y el diputado de Berlín Occidental Otto Suhr , debido a las reservas aliadas, asistió a la reunión como un "invitado" sin derecho a voto. Se establecieron tres comités, que hasta el 23 de agosto redactaron un concepto casi completo de una nueva constitución alemana que fijaba los principios básicos de la Ley Fundamental:
- Un sistema bicameral de un parlamento federal elegido directamente (el Bundestag ) y una representación de los estados alemanes. No se llegó a un acuerdo sobre la configuración de la segunda cámara; en lugar de una auténtica " cámara alta " del Senado , en 1949 se implementó el cuerpo legislativo del Bundesrat .
- El gabinete de Alemania, como órgano ejecutivo federal, depende de una mayoría en el parlamento si puede cumplir con la tarea de formar un gobierno. La confianza del parlamento es fundamental pero también suficiente para el jefe de gobierno (el canciller ).
- Una mayoría negativa no impedirá la formación del gobierno ni lo derrocará sin reemplazarlo (ver voto de censura constructivo ).
- Junto al jefe de gobierno hay un jefe de estado legitimador neutral , el presidente de Alemania , con poderes ejecutivos limitados.
- El presidente no puede tomar medidas de emergencia ( Notverordnungen según el artículo 48 de la Constitución de Weimar de 1919 ) ni ejecutar leyes federales en los estados; esos derechos están reservados para el gobierno alemán y el Bundesrat.
- La ejecución de las leyes federales está supervisada por el sistema judicial federal.
- Los estados son los principales responsables de la legislación, la administración, la justicia y el financiamiento .
- Los estados y el gobierno federal preparan y ejecutan presupuestos separados .
- Los instrumentos de la democracia directa a nivel federal son limitados: no se prevé un referéndum a nivel nacional , y el plebiscito se celebrará únicamente para aprobar una nueva constitución.
- Cualquier enmienda constitucional para abolir los principios fundamentales de la dignidad humana o la forma de gobierno republicano , democrático y federal es ilegal (ver cláusula de eternidad ).
El carácter federal del proyecto de Herrenchiemsee se correspondía con la asignación de la convención por parte de los Estados alemanes. Fue adoptado por una conferencia de ministros-presidentes antes de ser enviado al Parlamentarischer Rat . El consejo de Bonn podía basarse en una concepción altamente calificada con varios puntos contenciosos resueltos de antemano, pero muchos diputados socialdemócratas y comunistas originalmente objetaron contra el fuerte ejercicio de influencia por parte de los gobiernos de los estados.
Referencias
- Josef Becker / Theo Stammen / Peter Waldmann (eds.): Vorgeschichte der Bundesrepublik Deutschland . München: UTB Wilhelm Fink Verlag, 1979.
- Frank R. Pfetsch y otros: Ursprünge der Zweiten Republik . Opladen: Westdeutscher Verlag, 1990.