Reglas de La Haya-Visby - Hague–Visby Rules
Convenio internacional para la unificación de determinadas normas jurídicas relativas a los conocimientos de embarque (1924) / Primer Protocolo (1968) / Segundo Protocolo (1979) | |
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Redactado | 25 de agosto de 1924/23 de febrero de 1968/21 de diciembre de 1979 |
Eficaz | 2 de junio de 1931/23 de junio de 1977/24 de febrero de 1982 |
Condición | Después de consultas / 10 ratificaciones, de las cuales 5 representan más de 1 millón de arqueo bruto (primer protocolo) / 5 ratificaciones (segundo protocolo) |
Ratificadores | 86/24/19 |
Depositario | Gobierno belga |
Idiomas | Francés e inglés (protocolos) |
Ley del almirantazgo |
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Historia |
Características |
Contrato de transporte / Charterparty |
Fiestas |
Judicial |
Convenciones internacionales |
Organizaciones internacionales |
Las Reglas de La Haya-Visby son un conjunto de reglas internacionales para el transporte internacional de mercancías por mar . Son una versión ligeramente actualizada de las Reglas de La Haya originales que se redactaron en Bruselas en 1924.
La premisa de las Reglas de La Haya-Visby (y del derecho consuetudinario inglés anterior del que se basan las Reglas) era que un transportista generalmente tiene un poder de negociación mucho mayor que el remitente, y que para proteger los intereses del remitente / propietario de la carga , la ley debería imponer al porteador algunas obligaciones de flete mínimo . Sin embargo, las Reglas de La Haya y La Haya-Visby no eran una carta de nuevas protecciones para los propietarios de la carga; el derecho consuetudinario inglés anterior a 1924 proporcionaba más protección a los propietarios de la carga e imponía más responsabilidades a los "transportistas comunes".
El título oficial de las Reglas de La Haya es el "Convenio internacional para la unificación de ciertas reglas de derecho relativas a los conocimientos de embarque". Después de ser enmendado por las Enmiendas de Bruselas (oficialmente el "Protocolo para enmendar la Convención Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas de Derecho Relativas a los Conocimientos de Embarque") en 1968, las Reglas se conocieron coloquialmente como Reglas de La Haya-Visby.
En 1979 se hizo una enmienda final al Protocolo de los DEG . Muchos países se negaron a adoptar las Reglas de La Haya-Visby y se quedaron con las Reglas de La Haya de 1924. Algunos otros países que se actualizaron a Hague-Visby posteriormente no adoptaron el protocolo SDR de 1979.
Implementación de la legislación
Las Reglas de La Haya-Visby fueron incorporadas a la legislación inglesa mediante la Ley de Transporte de Mercancías por Mar de 1971 ; y los abogados ingleses deben tener en cuenta las disposiciones del estatuto, así como el texto de las reglas. Por ejemplo, aunque el artículo I (c) de las Reglas exime a los animales vivos y la carga en cubierta, la sección 1 (7) restablece esos artículos en la categoría de "mercancías". Además, aunque el párrafo 4 del artículo III declara que un conocimiento de embarque es una mera "prueba prima facie de la recepción de las mercancías por parte del porteador", el artículo 4 de la Ley de transporte marítimo de mercancías de 1992 mejora un conocimiento de embarque para que sea " prueba concluyente de recepción ".
En virtud del Artículo X, las Reglas se aplican si ("a) el conocimiento de embarque se emite en un Estado contratante, o (b) el transporte es desde un puerto en un Estado contratante, o (c) el contrato (de transporte) dispone que (las) Reglas ... deben regir el contrato ". Si se aplican las Reglas, el texto completo de las Reglas se incorpora al contrato de transporte, y cualquier intento de excluir las Reglas es nulo en virtud del Artículo III (8).
Deberes de los transportistas
Según las Reglas, los deberes principales del porteador son "cargar, manipular, estibar, transportar, guardar, cuidar y descargar de manera adecuada y cuidadosa las mercancías transportadas" y "ejercer la debida diligencia para ... hacer que el barco esté en condiciones de navegar" y "... tripular, equipar y abastecer adecuadamente el barco". Está implícito (del derecho consuetudinario) que el transportista no debe desviarse de la ruta pactada ni de la ruta habitual; pero el Artículo IV (4) establece que "cualquier desviación en salvar o intentar salvar vidas o bienes en el mar o cualquier desviación razonable no se considerará una infracción o incumplimiento de estas Reglas".
Los deberes del transportista no son "estrictos", sino que solo requieren un nivel razonable de profesionalismo y cuidado; y el Artículo IV permite al transportista una amplia gama de situaciones que lo eximen de responsabilidad en un reclamo de carga. Estas exenciones incluyen la destrucción o daños a la carga causados por: incendio , peligros del mar, caso fortuito y acto de guerra. Una disposición controvertida exime al porteador de responsabilidad por "negligencia o incumplimiento del capitán ... en la navegación o en la gestión del barco". Esta disposición se considera injusta para el remitente; y tanto las Reglas de Hamburgo posteriores (que requieren que los estados contratantes denuncien las Reglas de La Haya-Visby) como las Reglas de Rotterdam (que aún no están en vigor) rechazan la exención por negligencia en la navegación y gestión.
Además, mientras que las Reglas de La Haya-Visby requieren que un barco esté en condiciones de navegar solo "antes y al comienzo" del viaje, según las Reglas de Rotterdam, el transportista deberá mantener el barco en condiciones de navegar durante todo el viaje (aunque este nuevo deber será un estándar razonable que está sujeto a las circunstancias de estar en el mar).
Deberes del remitente
Por el contrario, el remitente tiene menos obligaciones (en su mayoría implícitas), a saber: (i) pagar el flete; (ii) embalar la mercancía lo suficiente para el viaje; (iii) describir las mercancías de forma honesta y precisa; (iv) no enviar cargas peligrosas (a menos que ambas partes lo acuerden); y (v) tener la mercadería lista para su envío según lo acordado; (qv "aviso de disponibilidad para cargar"). Ninguna de las obligaciones de estos remitentes es exigible según las Reglas; en cambio, darían lugar a una acción normal en el contrato.
Crítica
Con solo 10 artículos, las reglas tienen la virtud de ser breves, pero tienen varias fallas. Cuando, después de 44 años de experiencia, las reglas de 1924 se actualizaron con una única enmienda menor, todavía cubrían solo el transporte completamente por mar (ignorando así el transporte multimodal ), y apenas reconocieron la revolución de los contenedores de la década de 1950. Además, la UNCTAD consideró que en realidad había diluido la protección a los cargadores que alguna vez proporcionó el derecho consuetudinario inglés y propuso en su lugar las más modernas Reglas de Hamburgo de 1978, que fueron aceptadas por muchos países en desarrollo, pero en gran parte ignoradas por las naciones que operan buques. Las modernas Reglas de Rotterdam , con unos 96 artículos, tienen mucho más alcance y cubren el transporte multimodal, pero siguen estando lejos de su implementación general.
Ratificaciones
A continuación se muestra una lista de ratificaciones y denuncias de los tres convenios:
País | la Haya | La Haya-Visby | La Haya-SDR | Comentarios |
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1924 | 1968 | 1979 | ||
Argelia | Activo | |||
Angola | Activo | |||
Antigua y Barbuda | Activo | |||
Argentina | Activo | |||
Aruba | Denunciado | Activo | Activo | |
Australia | Denunciado | Activo | ||
Bahamas | Activo | |||
Barbados | Activo | |||
Bélgica | Activo | Activo | Activo | |
Belice | Activo | |||
Bolivia | Activo | |||
Camerún | Activo | |||
Cabo Verde | Activo | |||
porcelana | ||||
Croacia | Activo | Activo | Activo | |
Costa de Marfil | Activo | |||
Cuba | Activo | |||
Chipre | Activo | |||
República Democrática del Congo | Activo | |||
Dinamarca | Denunciado | Activo | Activo | |
Dominica | Activo | |||
Alemania del Este | Activo | Activo | ||
Egipto | Activo | Denunciado | ||
Ecuador | Activo | Activo | ||
Fiyi | Activo | |||
Finlandia | Denunciado | Activo | Activo | |
Francia | Activo | Activo | Activo | |
Gambia | Activo | |||
Georgia | Activo | |||
Grecia | Activo | |||
Granada | Activo | |||
Guinea-Bissau | Activo | |||
Guayana | Activo | |||
Hong Kong | Denunciado | Activo | Activo | |
Hungría | Activo | |||
Iran | Activo | |||
Irlanda | Activo | |||
Israel | Activo | |||
Italia | Denunciado | Activo | Activo | |
Jamaica | Activo | |||
Japón | Denunciado | Activo | ||
Kenia | Activo | |||
Kiribati | Activo | |||
Kuwait | Activo | |||
Letonia | Activo | Activo | Activo | |
Líbano | Denunciado | Denunciado | ||
Lituania | Activo | Activo | Activo | |
Luxemburgo | Activo | |||
Macao | Activo | |||
Madagascar | Activo | |||
Malasia | Activo | |||
Mauricio | Activo | |||
México | Activo | |||
Mónaco | Activo | |||
Mozambique | Activo | |||
Nauru | Activo | |||
Países Bajos | Denunciado | Activo | Activo | |
Nueva Zelanda | Activo | |||
Nigeria | Denunciado | |||
Borneo del Norte | Activo | |||
Noruega | Denunciado | Activo | Activo | |
Palestina | Activo | |||
Papúa Nueva Guinea | Activo | |||
Paraguay | Denunciado | |||
Perú | Activo | |||
Polonia | Activo | Activo | Activo | |
Portugal | Activo | |||
India portuguesa | Activo | |||
Timor portugués | Activo | |||
Rumania | Denunciado | |||
Rusia | Activo | |||
San Cristóbal y Nieves | Activo | |||
Santa Lucía | Activo | |||
San Vicente y las Granadinas | Denunciado | |||
Santo Tomé y Príncipe | Activo | |||
Sarawak | Activo | |||
Senegal | Activo | |||
Seychelles | Activo | |||
Sierra Leona | Activo | |||
Singapur | Activo | Activo | ||
Somalia | Activo | |||
Eslovenia | Activo | |||
Islas Salomón | Activo | |||
España | Activo | |||
Sri Lanka | Activo | Activo | ||
Suecia | Denunciado | Activo | Activo | |
Suiza | Activo | Activo | Activo | |
Siria | Activo | Activo | ||
Tanganica | Activo | |||
Tonga | Activo | Activo | ||
Trinidad y Tobago | Activo | |||
pavo | Activo | |||
Tuvalu | Activo | |||
Reino Unido | Denunciado | Activo | Activo | |
Estados Unidos | Activo | |||
Alemania occidental | Activo | |||
Yugoslavia | Activo |
Ver también
- Navegabilidad (ley)
- Ley de Transporte de Mercancías por Mar de 1971
- Ley de Transporte de Mercancías por Mar de 1992
Referencias
enlaces externos
- Texto completo de la convención de 1924 , protocolos de 1968 y 1979 .
- Firmas y ratificaciones del convenio original , así como de los protocolos de 1968 y 1979 (en francés).
- La Guía de la Ley del Almirantazgo tiene una breve discusión con enlaces útiles