Doctrina del descubrimiento - Discovery doctrine

Presidente del Tribunal Supremo John Marshall

La doctrina del descubrimiento , también llamada doctrina del descubrimiento , es un concepto de derecho internacional público expuesto por la Corte Suprema de los Estados Unidos en una serie de decisiones, en particular Johnson v. M'Intosh en 1823. El presidente del Tribunal Supremo, John Marshall, explicó y aplicó la forma que las potencias coloniales reclamaron tierras pertenecientes a naciones soberanas extranjeras durante la Era de los Descubrimientos . En virtud de ella, los gobiernos cristianos europeos podrían otorgar títulos sobre territorios cristianos no europeos sobre la base de que los colonizadores viajaron y " descubrieron " dicho territorio. La doctrina se ha utilizado principalmente para respaldar decisiones que invalidan o ignoran la posesión aborigen de tierras a favor de los gobiernos modernos, como en el caso de 2005 de Sherrill v. Oneida Nation .

El caso de 1823 fue el resultado de demandas colusorias en las que los especuladores de tierras trabajaron juntos para hacer reclamos para lograr el resultado deseado. John Marshall explicó el razonamiento de la Corte. La decisión ha sido objeto de varios artículos de revisión de leyes y ha sido objeto de un mayor escrutinio por parte de los teóricos legales modernos.

Historia

La Doctrina del Descubrimiento fue promulgada por las monarquías europeas para legitimar la colonización de tierras fuera de Europa. Entre mediados del siglo XV y mediados del siglo XX, esta idea permitió a las entidades europeas apoderarse de tierras habitadas por pueblos indígenas con el pretexto de "descubrir nuevas tierras". En 1494, el Tratado de Tordesillas declaró que solo las tierras no cristianas podrían ser colonizadas bajo la Doctrina del Descubrimiento.

En 1792, el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Thomas Jefferson, afirmó que esta Doctrina del Descubrimiento Europea era una ley internacional que también era aplicable al nuevo gobierno de los Estados Unidos. La Doctrina y su legado continúan influyendo en el imperialismo estadounidense y el trato a los pueblos indígenas.

Johnson contra M'Intosh

El demandante Johnson había heredado tierras, originalmente compradas a las tribus Piankeshaw . El acusado McIntosh reclamó la misma tierra, habiéndola comprado bajo una subvención de los Estados Unidos. Parece que en 1775 los miembros de la tribu Piankeshaw vendieron ciertas tierras en el Territorio de Indiana a Lord Dunmore , gobernador real de Virginia y otros. En 1805, el Piankeshaw entregó gran parte de la misma tierra a William Henry Harrison , gobernador del Territorio de Indiana, lo que dio lugar a reclamaciones de título conflictivas. Al revisar si los tribunales de los Estados Unidos deberían reconocer los títulos de propiedad obtenidos de los nativos americanos antes de la independencia estadounidense, el tribunal decidió que no deberían hacerlo. El presidente del Tribunal Supremo, John Marshall, tenía grandes propiedades inmobiliarias que se habrían visto afectadas si el caso se decidiera a favor de Johnson. Sin embargo, en lugar de retirarse del caso, el presidente del Tribunal Supremo redactó la decisión para un Tribunal Supremo unánime .

Decisión

Marshall descubrió que la propiedad de la tierra surge en virtud del descubrimiento de esa tierra, una regla que había sido observada por todos los países europeos con asentamientos en el Nuevo Mundo. Legalmente, Estados Unidos era el verdadero dueño de la tierra porque heredó esa propiedad de Gran Bretaña , el descubridor original.

Marshall señaló:

En el descubrimiento de este inmenso continente, las grandes naciones de Europa ... como todas perseguían casi el mismo objetivo, era necesario, para evitar acuerdos conflictivos y la consiguiente guerra entre ellos, establecer un principio. que todos deberían reconocer como la ley por la cual el derecho de adquisición, que todos afirmaban, debería regularse entre ellos. Este principio era que el descubrimiento daba título al gobierno por cuyos súbditos, o por cuya autoridad, se hizo, contra todos los demás gobiernos europeos, cuyo título podía consumarse mediante la posesión. ... La historia de América, desde su descubrimiento hasta nuestros días, prueba, creemos, el reconocimiento universal de estos principios.

El presidente del Tribunal Supremo Marshall señaló que la bula papal Romanus Pontifex de 1455 aprobó las reclamaciones de Portugal sobre las tierras descubiertas a lo largo de la costa de África occidental , y la Inter Caetera de 1493 había ratificado el derecho de España a conquistar las tierras recién encontradas, después de que Cristóbal Colón ya había comenzado a hacerlo. , pero declaró: "España no descansó su título únicamente en la concesión del Papa. Sus discusiones sobre la frontera, con Francia, con Gran Bretaña y con los Estados Unidos, todas muestran que ella lo colocó en los derechos otorgados por descubrimiento. Portugal sostuvo su reclamo sobre Brasil con el mismo título ".

Ley de los Estados Unidos

Marshall señaló las cartas de exploración entregadas al explorador John Cabot como prueba de que otras naciones habían aceptado la doctrina. Las tribus que ocupaban la tierra, en el momento del descubrimiento, ya no eran completamente soberanas y no tenían derechos de propiedad , sino que simplemente tenían un derecho de ocupación . Además, solo la nación descubridora o su sucesor podían tomar posesión de la tierra de los nativos por conquista o compra.

La doctrina también se citó en otros casos. Con Cherokee Nation v. Georgia , apoyó el concepto de que las tribus no eran estados independientes sino "naciones nacionales dependientes". Las decisiones en Oliphant v. Suquamish Indian Tribe y Duro v. Reina utilizaron la doctrina para prohibir a las tribus enjuiciar penalmente primero a los no indígenas y luego a los indios que no eran miembros de la tribu procesadora.

La doctrina ha sido citada por la Corte Suprema de los Estados Unidos en 2005, en City of Sherrill v. Oneida Indian Nation de Nueva York . Escribiendo para la mayoría, Ruth Bader Ginsburg declaró que "Bajo la 'doctrina del descubrimiento ...', el título de propiedad [propiedad] de las tierras ocupadas por los indios cuando llegaron los colonos pasó a ser propiedad del soberano, primero la nación europea descubiertora y luego el estados originales y los Estados Unidos ".

Crítica legal

Como los Piankeshaw no fueron parte en el litigio, "no se escucharon voces de indios en un caso que tuvo, y sigue teniendo, efectos profundos sobre los derechos de propiedad de los indios".

El profesor Blake A. Watson, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Dayton, considera que la afirmación de Marshall de "reconocimiento universal" de la "doctrina del descubrimiento" es históricamente inexacta.

Al revisar la historia de la exploración europea, Marshall no tomó nota del De Indis de 1532 del filósofo dominicano español Francisco de Vitoria ni de De Jure belli Hispanorum in barbaros . Vitoria adoptó de Tomás de Aquino el concepto de derecho romano de ius gentium , y concluyó que los indios eran legítimos dueños de sus propiedades y que sus jefes ejercían válidamente jurisdicción sobre sus tribus, cargo que anteriormente ocupaba Palacios Rubios . Su defensa de los indios americanos se basó en una comprensión escolástica de la dignidad intrínseca del hombre, una dignidad que encontró violada por las políticas de España en el Nuevo Mundo. Sin embargo, el jurista Anthony Anghie ha demostrado que Vitoria, después de aplicar a los indígenas el concepto de ius gentium, los descubrió violando el derecho internacional a través de su resistencia a la exploración y las actividades misioneras españolas. Al resistir las incursiones españolas, los indios, según Vitoria, estaban provocando la guerra con los invasores españoles, lo que justificaba la conquista española de tierras indígenas.

Marshall también pasó por alto la experiencia estadounidense más reciente, específicamente la compra por parte de Roger Williams de Providence Plantation . Para evitar los diseños de Massachusetts y Plymouth en la tierra, Williams viajó posteriormente a Inglaterra para obtener una patente que hacía referencia a la compra de los nativos. La Carta Real de Rhode Island emitida por Carlos II reconocía los derechos de los indios sobre la tierra.

El juez Marshall tampoco parece haber tomado nota de la política de la Compañía Holandesa de las Indias Occidentales que solo confirió derechos de propiedad en Nueva Holanda después de que el concesionario había adquirido el título por compra de los propietarios indios, una práctica también seguida por los cuáqueros en Pensilvania.

Watson y otros, como Robert Williams Jr., sugieren que Marshall malinterpretó la "doctrina del descubrimiento" como otorgando un derecho exclusivo a las tierras descubiertas, en lugar del derecho exclusivo a un tratado con los habitantes de las mismas.

Esfuerzos de incidencia contemporáneos

La doctrina del descubrimiento ha sido severamente condenada por ser socialmente injusta, racista y violatoria de los derechos humanos básicos y fundamentales. El Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas (UNPFII) señaló la Doctrina del Descubrimiento "como el fundamento de la violación de sus derechos humanos (de los pueblos indígenas)". La undécima sesión del UNPFII, celebrada en la sede de la ONU en Nueva York del 7 al 18 de mayo de 2012, tuvo el tema especial de "La Doctrina del Descubrimiento: su impacto duradero en los pueblos indígenas y el derecho a reparar las conquistas pasadas (artículos 28 y 37 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas) ", y pidió un mecanismo para investigar los reclamos históricos de tierras, y los oradores observaron que" La Doctrina del Descubrimiento se había utilizado durante siglos para expropiar tierras indígenas y facilitar su transferencia a naciones colonizadoras o dominantes ... "

La Convención General de la Iglesia Episcopal , realizada del 8 al 17 de agosto de 2009, aprobó una resolución que repudia oficialmente la doctrina del descubrimiento.

En la Asamblea General de la Asociación Unitaria Universalista de 2012 en Phoenix, AZ, los delegados de la Asociación Unitaria Universalista aprobaron una resolución repudiando la Doctrina del Descubrimiento y pidiendo a los Unitarios Universalistas que estudien la Doctrina y eliminen su presencia de las políticas, programas y teologías actuales. y estructuras del universalismo unitario. En 2013, en su 29 ° Sínodo General , la Iglesia Unida de Cristo hizo lo mismo al repudiar la doctrina en un voto casi unánime.

En 2014, Ruth Hopkins, una abogada tribal y ex juez, le escribió al Papa Francisco pidiéndole que revocara formalmente el Inter caetera Bul de 1493.

En el Sínodo de 2016, del 10 al 17 de junio en Grand Rapids, MI, los delegados a la asamblea general anual de la Iglesia Cristiana Reformada rechazaron la Doctrina del Descubrimiento como herejía en respuesta a un informe de estudio sobre el tema.

En la 222a Asamblea General de la Iglesia Presbiteriana (EE. UU.) (2016), los comisionados pidieron a los miembros de la iglesia que confiesen la complicidad de la iglesia y repudien la Doctrina del Descubrimiento. Los comisionados ordenaron que se escribiera un informe que revisara la historia de la Doctrina del Descubrimiento; Ese informe fue aprobado por la 223a Asamblea General (2018), junto con recomendaciones para una variedad de acciones adicionales que la iglesia podría tomar en todos los niveles para reconocer a los pueblos indígenas y enfrentar el racismo en su contra.

En 2016, la Asamblea Nacional de la Iglesia Evangélica Luterana en América (ELCA), adoptó la Acción de la Asamblea CA16.02.04 titulada Repudio de la Doctrina del Descubrimiento por un voto de 912-28, describiendo la Doctrina del Descubrimiento como "un ejemplo del ' mezcla inadecuada del poder de la iglesia y el poder de la espada '"

Más tarde, en 2016, el 3 de noviembre, un grupo de 524 clérigos quemó públicamente copias de Inter Caetera , una bula papal específica que sustenta la doctrina, como parte de las protestas del oleoducto de Standing Rock .

Ver también

Referencias

enlaces externos