Consejo de Indias - Council of the Indies

Mapa del Imperio español en 1598.
  Territorios administrados por el Consejo de Castilla
  Territorios administrados por el Consejo de Aragón
  Territorios administrados por el Consejo de Portugal
  Territorios administrados por el Consejo de Italia
  Territorios administrados por el Consejo de Indias
  Territorios designados para el Consejo de Flandes

El Consejo de Indias ; Oficialmente, el Consejo Real y Supremo de las Indias ( español : Real y Supremo Consejo de Indias , pronunciado  [verdadera i supɾemo konsexo de las indjas] ), fue el órgano administrativo más importante del Imperio Español durante las Américas y el Filipinas . La corona ostentaba el poder absoluto sobre las Indias y el Consejo de Indias era el órgano administrativo y consultivo de esos reinos de ultramar. Fue establecido en 1524 por Carlos V para administrar "las Indias", el nombre de España para sus territorios. Tal entidad administrativa, siguiendo el modelo conciliar del Consejo de Castilla , fue creada a raíz de la conquista española del imperio azteca en 1521, lo que demostró la importancia de América. Originalmente un consejo itinerario que siguió a Carlos V, posteriormente fue establecido como un cuerpo autónomo con funciones legislativas, ejecutivas y judiciales por Felipe II de España y colocado en Madrid en 1561. El Consejo de Indias fue abolido en 1812 por las Cortes de Cádiz , brevemente restaurada en 1814 por Fernando VII de España , y definitivamente abolida en 1834 por la regencia , actuando en nombre de Isabel II de España, de cuatro años .

Historia

El palacio del Alcázar de Madrid, residencia de los reyes de España, en el que se instaló el Consejo de Indias hasta 1701.
Pedro Moya de Contreras, ex arzobispo de México, presidente del Consejo de Indias
Luis de Velasco II, Marqués de Salinas, virrey de Nueva España y del Perú, más tarde presidente del Consejo de Indias
Juan de Solórzano Pereira , miembro del Consejo de Indias.

La reina Isabel había otorgado amplia autoridad a Cristóbal Colón , pero luego retiró esa autoridad y estableció el control real directo, poniendo los asuntos de las Indias en manos de su capellán, Juan Rodríguez de Fonseca en 1493. Los Reyes Católicos (Isabel y Fernando ) designaron Rodríguez de Fonseca para estudiar los problemas relacionados con el proceso de colonización derivados de lo que fue visto como un comportamiento tiránico del gobernador Cristóbal Colón y su desgobierno de los indígenas y los colonos ibéricos. Rodríguez de Fonseca se convirtió efectivamente en ministro de Indias y sentó las bases para la creación de una burocracia colonial. Presidió un comité o consejo, que incluía a varios miembros del Consejo de Castilla ( Consejo de Castilla ), y formó una Junta de Indias de unos ocho consejeros. El emperador Carlos V ya utilizaba el término "Consejo de Indias" en 1519.

El Consejo de Indias fue creado formalmente el 1 de agosto de 1524. Se informaba al rey semanalmente, y en ocasiones a diario, de las decisiones tomadas por el Consejo, que llegaba a ejercer la autoridad suprema sobre las Indias a nivel local y sobre la Casa de Contratación. ("Casa de Comercio") fundada en 1503 en Sevilla como depósito aduanero de Indias. Las demandas civiles de suficiente importancia podrían apelarse de una audiencia en el Nuevo Mundo ante el Concilio, que funciona como un tribunal de última instancia . Había dos secretarios del Consejo, uno a cargo de Perú, Chile, Tierrafirme (norte de Sudamérica) y el Reino de Nueva Granada; el otro estaba a cargo de Nueva España, que abarcaba México, Guatemala, Nueva Galicia, La Española y Filipinas. El nombre del Consejo no cambió con la adición de las Indias Orientales de Filipinas y otros territorios del Pacífico reclamados por España a las Indias Occidentales originales .

Las luchas intestinas y la inestabilidad política en Perú y los incansables esfuerzos de Bartolomé de las Casas en favor de los derechos de los nativos resultaron en la revisión de la estructura del Consejo por parte de Charles en 1542 con la promulgación de las " Nuevas Leyes ", que pusieron límites a los derechos. de españoles tenedores de encomiendas , mercedes de mano de obra indígena. Bajo Carlos II, el Concilio emprendió el proyecto de codificar formalmente el gran volumen de decisiones y legislación del Concilio y la Corona para las Indias en la publicación de 1680, Las Leyes de Indias ( es: Recopilación de las Leyes de Indias ) y recodificada en 1791 .

El Consejo de Indias solía estar dirigido por un eclesiástico, pero los consejeros eran generalmente no clérigos formados en derecho. En años posteriores, nobles y favoritos reales estaban en las filas de los consejeros, así como hombres que tenían experiencia en las altas cortes ( Audiencias ) de las Indias. Un ejemplo clave de un concejal tan experimentado fue Juan de Solórzano Pereira , autor de Política Indiana , quien sirvió en Perú antes de ser nombrado miembro del Consejo de Indias y dirigió el proyecto sobre las Leyes de Indias. Otros Presidentes del Consejo destacados fueron : Francisco Tello de Sandoval ; es: Juan de Ovando y Godoy ; Pedro Moya de Contreras , ex arzobispo de México; y Luis de Velasco, marqués de Salinas , ex virrey de México y Perú.

Aunque inicialmente el Concilio tenía la responsabilidad de todos los aspectos de las Indias, bajo Felipe II los aspectos financieros del imperio se trasladaron al Concilio de Finanzas en 1556-57, una fuente de conflicto entre los dos concilios, especialmente desde que se creó la América española. la fuente de la riqueza del imperio. Cuando se estableció el Santo Oficio de la Inquisición como institución en México y Lima en la década de 1570, el Consejo de Indias fue destituido. El jefe del Consejo Supremo de la Inquisición, es: Juan de Ovando y Godoy se convirtió en presidente del Consejo de Indias 1571-75. Estaba consternado por la ignorancia de las Indias por parte de los miembros del Consejo. Buscó la creación de una descripción general de los territorios, que nunca se completó, pero las Relaciones geográficas fueron el resultado de ese proyecto.

El apogeo del poder del Concilio fue en el siglo XVI. Su poder declinó y la calidad de los concejales disminuyó. En los últimos años de la dinastía de los Habsburgo, algunos nombramientos se vendieron o se otorgaron a personas obviamente no calificadas, como un niño de nueve años, cuyo padre había prestado servicios a la corona.

Con la ascensión de la dinastía borbónica a principios del siglo XVIII , se introdujeron una serie de cambios administrativos, conocidos como reformas borbónicas . En 1714 Felipe V creó una Secretaría de Marina e Indias ( Secretaría de Marina e Indias ) con un solo Ministro de Indias, que reemplazó las funciones administrativas del Consejo, aunque el Consejo siguió funcionando en un papel secundario hasta el siglo XIX. siglo. Cincuenta años después, Carlos III estableció un Secretario de Estado independiente para las Indias ( Secretarío del Estado del Despacho Universal de Indias ). A finales del siglo XVIII, el Consejo volvió a ser poderoso y prestigioso, con un gran número de concejales calificados y con experiencia en las Indias. En 1808 Napoleón invadió España colocó a su hermano, José Napoleón en el trono. Las Cortes de Cádiz , el organismo que los españoles consideraban el gobierno legítimo en España y sus territorios de ultramar en ausencia de su monarca borbón, abolieron el Concilio en 1812. Fue restaurado en 1814 tras la restauración de Fernando VII , y el monarca autocrático nombró a un gran número de Consejeros con experiencia americana. El Concilio fue finalmente abolido en 1834, un año después de la muerte de Fernando VII y después de que la mayor parte del imperio español en las Américas declarara su independencia.

En Sevilla se encuentran los archivos del Concilio, el Archivo General de Indias uno de los mayores centros de documentación de la historia española, hispanoamericana y europea .

Ver también

Referencias

Otras lecturas

  • Burkholder, Mark A. Diccionario biográfico de consejeros de Indias, 1717-1808 . Westport: Greenwood Press, 1986. ISBN  0-313-24024-8
  • Burkholder, Mark A. "Consejo de Indias" en Enciclopedia de Historia y Cultura de América Latina , vol. 2, pág. 293. Nueva York: Charles Scribner's Sons 1996.
  • Cervantes, Fernando. "Consejo de Indias" en Enciclopedia de México , vol. 1, págs. 361–3. Chicago: Fitzroy Dearborn 1997.
  • Haring, Clarence H. El Imperio español en América . Nueva York: Oxford University Press 1947.
  • Merriman, RG El surgimiento del Imperio español en el Viejo y el Nuevo Mundo, 4 vols. Nueva York: Cooper Square 1962.
  • Parry, JH La teoría española del imperio en el siglo XVI . Cambridge: Cambridge University Press, 1940.
  • Schäfer, Ernesto. El consejo real y supremo de las Indias. vol 1. Sevilla: M. Carmona 1935.
  • Solórzano y Pereira, Juan de. Política Indiana . 2 vols. Ciudad de México: Secretaría de Programación y Presupuesto 1979.
  • Zavala, Silvio. Las instituciones jurídicas en la conquista de América . 3er. ed. Ciudad de México: Porrúa 1935.