Conversión (ley) - Conversion (law)

La conversión es un agravio intencional que consiste en "tomar con la intención de ejercer sobre los bienes muebles una propiedad incompatible con el derecho de posesión del propietario real". En Inglaterra y Gales, es un agravio de responsabilidad objetiva . Sus equivalentes en derecho penal incluyen hurto o hurto y conversión criminal . En aquellas jurisdicciones que lo reconocen, la conversión criminal es un delito menor que el hurto / hurto.

Los ejemplos de conversión incluyen: 1) Alpha corta y arrastra árboles en tierras que sabe que son propiedad de Beta, sin permiso o privilegio para hacerlo; y 2) Gamma toma los muebles pertenecientes a Delta y los almacena, sin el consentimiento de Delta (y especialmente si Delta no sabe dónde los puso Gamma). Un acto común de conversión en la época medieval involucraba rollos de tela que se guardaban bajo fianza , que el depositario o un tercero tomaba y confeccionaba ropa para su propio uso o para la venta.

Muchas cuestiones relativas a la propiedad conjunta en empresas, como una sociedad, pertenecen al capital social y no alcanzan el nivel de una conversión. Tradicionalmente, una conversión se produce cuando se pierde algo de propiedad y luego lo encuentra otro que se lo apropia para su propio uso sin la autoridad legal para hacerlo. También se ha aplicado en los casos en que los bienes muebles fueron rescatados para su custodia, luego mal utilizados o malversados ​​por el depositario o un tercero.

La conversión, como un daño puramente civil, se distingue tanto del robo como del enriquecimiento injusto . El robo es obviamente un acto incompatible con los derechos de otra persona, y el robo también será conversión. Pero no todas las conversiones son robos porque la conversión no requiere ningún elemento de deshonestidad. La conversión también es diferente del enriquecimiento injusto. Si uno reclama un enriquecimiento injusto, la persona que tiene la propiedad de otro siempre puede levantar una defensa por cambio de posición , para decir que sin saberlo ha agotado los bienes que le fueron transferidos. Para la conversión, siempre debe haber un elemento de tratar voluntariamente la propiedad de otro, de manera incompatible con sus derechos.

Elementos de conversión

Los elementos de la conversión son: 1) Intención de convertir la propiedad tangible o intangible de otro en posesión y uso propios, 2) La propiedad en cuestión se convierte posteriormente.

En otra formulación, se ha afirmado que una conversión que reclama debe mostrar una conversión ilícita del bien mueble, un derecho a la propiedad sobre el mismo y un derecho a la posesión inmediata que es absoluta, incondicional y no dependiente de la realización de algún acto.

Historia de la conversión

Los edificios, los silos y la maquinaria adjunta a ellos se pueden convertir si se retiran del terreno.

La conversión ha sido descrita como un agravio fascinante, aunque ha eludido en gran medida la atención de los escritores legales. La literatura frecuentemente se vuelca en la de trover . Otras fuentes definen la conversión como un acto distinto de dominio ejercido indebidamente sobre la propiedad personal de otra persona en negación o incompatibilidad con su título o derechos sobre el mismo, o en derogación, exclusión o desafío de dicho título o derechos, sin el consentimiento del propietario y sin justificación legal. .

Una conversión ocurre cuando una persona realiza tales actos en referencia a la propiedad personal de otra como monto, en vista de la ley, a su apropiación de la propiedad para sí mismo. La acción se desarrolló probablemente porque no había forma equivalente de la acción en la ley Inglés al derecho romano vindicatio rei . Esta fue una acción en la protección de la propiedad de uno, por la cual un demandante podría simplemente alegar en el tribunal "¡eso es mío!". Los primeros casos de conversión se encuentran en 1479, donde se hace referencia a una acción aún anterior en el caso cuando el acusado "convirtió" las mercancías cambiando su carácter, haciendo ropa con tela dorada.

De lo contrario, la conversión tuvo su origen en la acción de derecho consuetudinario in trover , como rama de acción en el caso . Lo más probable es que se pierdan los primeros casos. Probablemente se trataba de casos en los que el buscador de bienes perdidos no los devolvía al propietario legítimo, sino que los usaba él mismo o los entregaba a otra persona. Se hizo necesario inventar un nuevo auto que cubriera la brecha entre la acción por transgresión que consistía en la apropiación indebida de un bien y la destitución que consistía en su detención indebida.

El reclamo en conversión se había estandarizado en 1554 en el caso de Lord Mounteagle contra la condesa de Worcester (1554) 2 Dyer 121a, 73 ER 265. El demandante estaba en posesión de ciertos bienes, los perdió casualmente, el demandado encontró los bienes y no los devolvió, sino que "los convirtió para su propio uso".

Hay una distinción entre trover y conversión. Trover resolvió el viejo problema procesal de la apuesta legal que se había desarrollado como una forma de perjurio con licencia, lo que hacía que la detención no fuera atractiva para un demandante honesto que demandaba a un acusado deshonesto. Apostar en la ley permitió el testimonio de muchos testigos, que podrían no tener nada que ver con el litigio real. En este sentido, no se diferenciaba mucho de la limpieza y el mantenimiento . Debido a que Trover eludió estos viejos problemas, se hizo un esfuerzo por expandirlo en muchas formas diferentes. El dispositivo legal para lograr esto al principio fue tratar la alegación de perder los bienes y luego encontrarlos como una ficción. Este método se vio en varios casos en el siglo XVII. Como factor técnico, al demandado no se le permitió negar la pérdida y el hallazgo, por lo que las únicas cuestiones a litigar eran las del derecho de posesión del demandante y la conversión como hecho existente. Con perder y encontrar ya no es esencial, trover se convirtió en el remedio estándar para cualquier forma de interferencia con un mueble. Reemplazó por completo a detinue, que cayó en completo desuso. Reemplazó el traspaso a bienes muebles hasta tal punto que el primero rara vez se veía. En 1756, Lord Mansfield declaró en Cooper v Chitty (1756) 1 Burr 20, 31; 97 ER 166, 172:

[C] uando se cometan delitos por tomar bienes, es decir, donde se toman injustamente, se encuentra trover.

Se ven resultados similares en otros casos de la época. Las dos acciones se consideraron como remedios alternativos para el mismo mal. A menudo, el demandante tenía una opción de acción, aunque había diferencias entre las opciones. Trover debe implicar una detención indebida de bienes que no habían sido tomados indebidamente, mientras que la intrusión no lo haría. La teoría de la transgresión era que el demandante seguía siendo el propietario de los bienes muebles, con su posesión solo interrumpida o interferida, de modo que cuando se devolviera al demandante, este debía aceptarla. Los daños deben limitarse a la pérdida de uso, que podría ser considerablemente inferior a su valor total. Trover, que involucró bienes perdidos o aquellos colocados bajo fianza, requirió daños de reemplazo total. Una vez que se pagaron los daños, la propiedad de los bienes muebles pasó al demandado in trover.

La ley moderna de conversión cristalizó después del caso de Fouldes v Willoughby (1841) 8 M & W 540, 151 ER 1153. Dos caballos propiedad del demandante fueron colocados en un ferry fluvial. Los caballos fueron devueltos a la orilla por el barquero acusado. El demandante / propietario de los caballos permaneció en el ferry y posteriormente perdió los caballos. Se sostuvo que esto era una transgresión, pero no una conversión, ya que no había interferencia con el "derecho general de dominación" del demandante sobre los caballos.

Propiedad sujeta a conversión

Para que se produzca una conversión, solía ser necesario perderlo y luego encontrarlo otra persona que no fuera el propietario. En el proceso, era posible que la propiedad pudiera convertirse. Los muebles muebles convertidos han incluido un perro, dinero y recibos de impuestos. La tierra no puede ser objeto de una acción en trover, ya que no se puede perder, luego encontrar y convertir. Lo mismo ocurría con la arena y la grava, la madera, los cultivos y los accesorios, siempre que se los considerara parte de la tierra. No se pudo realizar ninguna acción en trover. Una vez que hubo separación de la tierra, estos se convirtieron en propiedad personal, y trover podría ser entretenido debido a la remoción de la tierra.

Los animales se pueden convertir si se eliminan, se mezclan o se lesionan.

Derecho intangible

Los derechos intangibles no se pueden perder ni encontrar, y la regla original del derecho consuetudinario era que no podía haber una conversión de los mismos. Esta restricción se ha descartado en su mayor parte. En ausencia de evidencia contradictoria, la medida de la indemnización por la conversión de un título negociable generalmente se toma como su valor nominal.

Propiedad tangible e intangible

La concepción de que una acción de conversión radica únicamente en bienes corporales susceptibles de ser identificados y tomados en posesión real se basa en una ficción mediante la cual se fundó la acción de trover, a saber, que el acusado había encontrado la propiedad de otro, que se había perdido . Esta concepción se ha convertido, en el progreso del derecho, en algo sin sentido que ha sido descartado por la mayoría de los tribunales. Por lo tanto, se ha aceptado generalmente que una acción de conversión recae para cada especie de propiedad personal que es objeto de propiedad privada, ya sea animada o inanimada. La propiedad intangible puede ser objeto de conversión en los Estados Unidos. No puede haber una acción en conversión para una elección en acción o una mera deuda. El software de computadora puede ser objeto de una conversión.

Tanto los elementos tangibles como los bienes intangibles pueden ser objeto de un reclamo de conversión según la ley de los Estados Unidos . En Kremen v. Cohen , 325 F.3d 1035 (9th Cir. 2003), cuando el nombre de dominio sex.com se transfirió indebidamente a un estafador , se sostuvo que un reclamo de conversión estaba disponible contra el registrador de nombres de dominio. Sin embargo, en la legislación inglesa, el caso reciente de OBG Ltd. c. Allan [2007] UKHL 21 poseía propiedad intangible no puede ser objeto de una reclamación de conversión.

Instrumentos escritos

Los certificados de acciones, bonos y papel comercial pueden ser objeto de una acción de conversión.

Una sentencia que tiene la naturaleza de una deuda registrada, pero que no tiene bienes ni bienes muebles adjuntos no está sujeta a conversión, porque el acreedor de la sentencia no tiene propiedad en ella. Un auto de ejecución puede ser objeto de una conversión, a pesar de que no es propiedad privada. Los manuscritos inéditos y publicados, con derechos de autor o no, pueden ser objeto de conversión, al igual que pinturas, dibujos, fotografías, cartas, libros de negocios, folletos, periódicos y similares. Se pueden convertir pólizas de seguro, certificados de acciones, conocimientos de embarque, valores, bonos y papel comercial.

Bienes inmuebles y bienes adheridos al mismo

La regla general es que una acción de conversión se encuentra solo con respecto a la propiedad personal y no se puede aplicar a los bienes raíces.

"muebles"

Surge la distinción entre " bienes muebles " (no asociados de ninguna manera con bienes inmuebles como tales ni necesarios para su disfrute) e " bienes inmuebles" (como edificios y que a menudo incluyen repuestos o incluso potencialmente, pero no usualmente, herramientas, dispositivos o sistemas móviles) a partir del principio de lex situs , según el cual la ley que rige para los inmuebles es aquella en la que se encuentra la tierra, independientemente de dónde se legalice un testamento o se haga o ejecute un contrato. Se hacen distinciones entre reclamo monetario sobre la tierra y la tierra misma, a menudo con diferentes limitaciones. Sin embargo, estas distinciones determinan la jurisdicción, en lugar de definir cómo resolver el problema de conversión o posesión.

El hecho de que la propiedad mueble se anexe a los bienes inmuebles después de su conversión no suele impedir el mantenimiento de una acción de conversión, aunque la opinión sobre este tema sigue siendo mixta (en parte debido a los conflictos de leyes entre bienes muebles e inmuebles en un mismo lote). Se han permitido las acciones de conversión de un edificio, maquinaria anexa a un edificio o un elevador de granos. La separación de la propiedad de los bienes raíces se puede convertir. Los edificios se pueden convertir. El estiércol se puede convertir. No existe una regla general simple que divida la propiedad personal frente a la propiedad real.

La tierra misma no puede ser convertida o "robada" por posesión. Más bien, el derecho consuetudinario reconoce y recompensa la posesión adversa como una forma de propiedad indocumentada de tierras abandonadas (que se documenta cuando se impugna o registra mediante escritura o reconocimiento o de otro modo), demandas por allanamiento o expulsión de tierras en las que los derechos escriturados son motivo o defensa.

Actos constitutivos de conversión

Una acción de conversión no se basa en el conocimiento o la intención del acusado. El acto que constituye la "conversión" debe ser un acto intencional, pero no requiere una intención ilícita y no está excusado por el cuidado, la buena fe o la falta de conocimiento. La intención fraudulenta no es un elemento de conversión. El acusado es responsable de la conversión, sin importar cuán buenas fueran sus intenciones, cuán cuidadoso haya sido, o cuán aparentemente fundada fue su creencia de que su acto delictivo fue correcto. La existencia de una causa probable no excluye la responsabilidad. Una persona puede ser responsable de la conversión aunque haya cometido un error razonable al pensar que los hechos son tales que le otorgarían un derecho legal sobre los bienes.

Hay casos en los que el acusado no se apropia claramente de la propiedad para su propio uso, y en los que la cuestión de si hay una conversión depende, por tanto, de la intención del acusado, ya sea expresa o implícita.

En general

Los árboles no se pueden convertir, pero sí se puede cortar la madera de la tierra.

La conversión, al ser un acto ilícito, no puede surgir del ejercicio de un derecho legal. Tales actos incluyen el derecho de ejecución en un juicio legal o los derechos de impugnación en virtud de un contrato. La regla general es que no hay conversión hasta que se realiza algún acto que es una negación o violación del dominio o derechos del demandante sobre la propiedad. Para constituir una conversión de un bien mueble, debe haber una asunción no autorizada del derecho de posesión o propiedad. El acto debe tener la esencia de un agravio.

Privar al dueño de la posesión

El ejercicio de la propiedad sobre la propiedad puede adoptar varias formas. Todo lo que se requiere es que el demandado ejerza el control sobre los bienes muebles de una manera incompatible con el derecho de posesión del demandante. La esencia de una conversión no es la adquisición de la propiedad por parte del malhechor, sino la privación injusta de la propiedad de otro que el propietario tiene derecho a poseer.

Recepción de propiedad

Una persona que acepta la posesión de propiedad personal de una persona no autorizada para transferirla puede ser considerada un convertidor. La Reafirmación (Segunda) de Agravios está de acuerdo con este concepto, estableciendo que quien recibe la posesión de un bien mueble de otro con la intención de adquirir para sí mismo o una tercera persona un interés de propiedad en el bien mueble que el otro no tiene el poder de La transferencia está sujeta a la responsabilidad de la conversión a una tercera persona que luego tiene derecho a la posesión inmediata de los bienes muebles.

Enajenación de bienes

Una acción de conversión puede basarse en una disposición, remoción, transporte, entrega o transferencia de posesión indebidos de la propiedad a una persona no autorizada por el propietario para recibir la propiedad. La Reafirmación (Segunda) de Agravios establece que, con algunas excepciones, quien realiza una entrega no autorizada de un bien mueble a una persona que no tiene derecho a su posesión inmediata está sujeto a responsabilidad por la conversión a otra que tenga ese derecho. Un depositario, agente o sirviente que vuelva a entregar a su fiador, mandante o amo no es responsable de la conversión a menos que la persona con derecho a la posesión inmediata haya hecho un reclamo adverso sobre él. Un depositario, agente o sirviente que entrega los bienes muebles a una tercera persona de conformidad con las instrucciones de su fiador, mandante o amo no es responsable de la conversión a menos que tenga conocimiento o razón para saber que su fiador, mandante o amo no está autorizado para ello. para deshacerse de él.

Detención o negativa a entregar la posesión.

Un contenedor marítimo y su contenido, perdido, encontrado y no devuelto a su legítimo propietario puede ser tanto una conversión como un delito.

Una conversión común es la negativa a ceder la posesión de los bienes muebles a quien tiene derecho a ellos. Normalmente, esto se considera una interferencia suficientemente grave con el derecho de control del demandante. Si la detención es pequeña o no se considera grave, no se considerará una conversión. Un garaje que retrase la entrega de un automóvil durante 30 minutos no comete una conversión. Lo mismo ocurre con un certificado de acciones. La colocación de muebles u otros bienes en almacenamiento para evitar daños o robos tampoco es una conversión, per se , si se notifica debidamente al propietario de su ubicación. Si la demora es larga o intencional, es una conversión. Mantener un automóvil durante un mes es una conversión. Los bienes depositados o depositados en depósito destruidos por el fuego se consideran convertidos. En 1704, se declaró en Baldwin v Cole :

La misma negación de bienes al que tiene derecho a exigirlos es una conversión real, y no solo una prueba de ello.

Uso indebido, pérdida o lesión.

El uso o la intermediación (un término generalmente aplicable a la ley de sucesiones ) con la propiedad de otro a menudo se ha considerado que constituye una conversión, ya sea que el acto sea realizado por alguien que no tenía autoridad para usar la propiedad o por alguien que tiene autoridad. utilizar la propiedad pero la utiliza de forma no autorizada. Cualquier ejercicio injustificado de dominio sobre la propiedad por parte de alguien que no es el propietario ni tiene derecho a la posesión que interfiera con el derecho de posesión de otro que tiene el derecho legal a la misma constituye una conversión. De acuerdo con la Reafirmación (Segunda) de Agravios, alguien que usa un bien mueble de una manera que es una violación grave del derecho de otro a controlar su uso está sujeto a la responsabilidad del otro por la conversión. Una conversión puede basarse en la destrucción de la propiedad personal. Una acción de conversión puede consistir en matar a un animal o inutilizar un instrumento musical.

Personas con derecho a iniciar una acción

En general, se reconoce que un agente a quien un principal ha confiado la posesión de los bienes tiene un interés suficiente en los bienes como para permitirle mantener una acción contra un tercero por una conversión. Algunas jurisdicciones sostienen que el agente debe tener más que un mero derecho de posesión. Un resultado similar se ha alcanzado donde el sirviente dejó el inmueble en posesión del imputado, quien posteriormente lo convirtió. Cuando un alguacil adjuntaba bienes muebles y los entregaba para su custodia a una persona, la persona era simplemente el sirviente del alguacil y, al no tener ningún interés en los bienes muebles, no podía mantener una acción para su conversión. Las causas de la acción de conversión son generalmente asignables, de modo que la acción puede ser instituida por el cesionario. Un funcionario en posesión de una propiedad puede ignorar una conversión de la misma por parte de un malhechor y proceder a vender la propiedad en el momento de la ejecución, permitiéndose entonces al comprador demandar al malhechor por la conversión de la propiedad. Un cesionario de propiedad personal, o interés en la misma, que adquiera el derecho de posesión por medio de la transferencia, puede mantener una acción para una conversión cometida después de la transferencia, aunque todavía no haya recibido la posesión real de los bienes. Un acreedor, que no tiene intereses, generalmente no puede ser un demandante en una acción para recuperar la propiedad convertida de un deudor. Un propietario de tierras puede entablar una acción de conversión, pero debe estar en posesión material de la tierra y de la propiedad separada de la tierra en el momento de la conversión.

Personas sujetas a acción

Se ha dictaminado que los muebles y la ropa almacenados sin previo aviso al propietario y posteriormente destruidos en un incendio en un almacén constituyen una conversión.

El propietario de una participación parcial en la propiedad puede ser responsable de convertir la misma, cuando la saque injustamente de la posesión de otro o realice algún otro acto que equivalga a una conversión. Los siguientes son los acusados ​​típicos en una acción de conversión:

  • Tomadores fraudulentos y sus cesionarios
  • Propietario como poseedor de la tierra
  • Personas que ayudan y / o compiten en la conversión.
  • Funcionarios públicos
  • Un agente, incluso si actúa de buena fe y de acuerdo con sus instrucciones, si el principal es culpable de conversión
  • El principal cuando el acto de su agente de convertir la propiedad se comete dentro del alcance de la agencia
  • El dueño de la propiedad si disminuye su valor o la vende o destruye en perjuicio de un acreedor prendario.

Condiciones previas a la recuperación

Para mantener una acción de conversión, el demandante debe tener interés en la cosa convertida. Debe recuperarse de la fuerza de su propio título, sin importar la debilidad del de su adversario. Es necesario que el demandante sea el propietario de la propiedad que se reclama convertir, o que esté en posesión o con derecho a la posesión al momento de la supuesta conversión. El título absoluto e incondicional es suficiente, pero no es necesario. Un mero derecho de posesión generalmente se considera un interés suficiente para mantener una acción.

Interés en la propiedad

Las personas que tengan el derecho inmediato de posesión del artículo convertido podrán mantener una acción de conversión. Para que un demandante se recupere en una demanda por conversión, es necesario que el demandante establezca un derecho sobre la propiedad y lo que se convierte. Un derecho inmediato a la posesión en el momento de la conversión suele ser todo lo que se requiere en términos de título o posesión para permitir que el demandante mantenga una acción. La posesión de propiedad personal conlleva la presunción de título y permite al poseedor mantener una acción de conversión contra cualquier persona excepto el propietario legítimo. A diferencia de un extraño sin derechos de posesión, la mera posesión por sí sola es suficiente y, en tal caso, el demandante no necesita probar más que la posesión. Por lo general, una posesión pacífica de la tierra, aunque sea ilícita, es un interés suficiente sobre el cual basar una acción de conversión contra un intruso en la tierra que arrebata la propiedad del suelo como parte de la transgresión, aunque ninguna de las partes tiene título sobre la tierra. o la propiedad separada del mismo.

Licitación de deuda adeudada demandada

Cuando sea necesaria una oferta de una deuda adeudada por el demandado para que el demandante tenga derecho a la posesión inmediata de la propiedad, dicha oferta es necesaria para que pueda mantener la acción de conversión. Esto se debe a que no se puede mantener una acción de conversión a menos que el demandante, en el momento de la supuesta conversión, tuviera derecho a la posesión inmediata de la propiedad específica que es objeto de la conversión. No se requiere una licitación cuando ya no está dentro del poder del demandado cumplir con su parte del acuerdo del cual surgió la deuda.

Demanda

Algunas jurisdicciones requieren que una demanda y una denegación sean necesarias para constituir una conversión y para mantener una acción posterior de conversión. La regla habitual es que la demanda y la negativa nunca son necesarias, excepto para proporcionar evidencia de la conversión. Sin estos, cuando las circunstancias (prueba circunstancial) son suficientes para probar la conversión, la demanda y la negativa son superfluas. En aquellas jurisdicciones que requieren una demanda y una denegación, no existe una forma específica que deba tomar la demanda. En los casos en que la propiedad robada termine en manos de un tercero, puede ser necesario exigir que se notifique al tercero que la propiedad ha sido robada.

Defensas

En una demanda de conversión, no es una defensa alegar que el demandado no fue negligente o que el demandado adquirió la propiedad del demandante a través de un error unilateral del demandante, o que el demandado actuó con total inocencia y perfecta buena fe.

Las siguientes son defensas tradicionales de una acción en conversión:

  • Abandono . El abandono de la propiedad antes de que fuera tomada por el acusado es una defensa completa.
  • Autoridad de la ley . Una conversión no puede ocurrir si se realiza por autoridad de la ley, una orden judicial o un proceso válido.
  • Consentimiento o aprobación . El consentimiento del demandante puede ser expreso o implícito.
  • Retraso en la acción judicial . Los estatutos de limitaciones se definen por jurisdicción legislativa. Algunos casos se basan en "conocimientos razonables". Las pinturas compradas a una tercera persona se convirtieron en objeto de una acción de conversión, a pesar de que el incidente había ocurrido 30 años antes. La acción se acumuló sobre la base de cuando el demandante razonablemente sabía o debería haber conocido la identidad del poseedor de las pinturas convertidas. Véase también la doctrina de laches .
  • Fraude del demandante . Transmitir la propiedad a una tercera persona con el propósito de evadir a los acreedores es una defensa completa para una acción posterior de conversión.
  • Interés del acusado . Si el acusado tiene la propiedad o la propiedad parcial de la propiedad, no se puede convertir. Los casos giran en torno a hechos específicos relacionados con la propiedad.
  • Valor de la propiedad . Se puede hacer una defensa provisional si la propiedad convertida no tiene valor. Sin embargo, está bien establecido que no es necesario que la propiedad tenga valor comercial para mantener una acción en conversión. Este argumento se puede utilizar para mitigar los daños.
  • Escritos . Se puede convertir una factura o una obligación de deuda. Sin embargo, si ha sido pagado o satisfecho, entonces no tiene valor ni existencia a los ojos del tribunal.
  • Inexistencia o falta de identidad de propiedad . Algo que no existía en el momento de la supuesta conversión no se puede convertir.
  • Privilegio . Los buscadores de bienes perdidos pueden tener derecho a uso o propiedad si no se puede identificar al propietario real. Esta es una superposición en las reglas de trover .
  • Actos ilícitos e ilegales . Los contratos ilegales, la propiedad ilegal y las actividades ilegales por parte del demandante pueden ser una defensa para una acción de conversión. No se puede convertir una moneda falsa, ni se puede emitir un billete de forma ilegal.
  • Renuncia , ratificación y preclusión . Una acción en conversión puede ser desestimada si el demandante ha renunciado al derecho a tratar la acción.
  • Recibiendo el producto de una venta . Aceptar el producto de la venta de la propiedad convertida es una defensa contra futuras acciones.
  • Aceptando devolución de mercadería . Una vez que el propietario acepta la devolución de la propiedad convertida, generalmente se le excluye de cualquier otra acción.

Daños y perjuicios

En general

El remedio para la conversión suele ser en forma de daños equivalentes al valor justo de mercado de los bienes muebles en el momento de la conversión. El convertidor puede ofrecer devolver la posesión de los bienes muebles al reclamante, pero el reclamante no está obligado a aceptar. Si el demandante quiere que se le devuelva el mueble sin ningún daño monetario adicional, puede reclamar un agravio relacionado, detinue . Se puede usar la fuerza para recuperar una propiedad mobiliaria sólo si el malhechor está en el proceso de tomar la propiedad mobiliaria o si el dueño de la propiedad mobiliaria está en "persecución directa" de la propiedad mobiliaria. Esto se debe a que una víctima de conversión debe utilizar los recursos legales disponibles en lugar de la "autoayuda" o la violencia. La fuerza letal nunca puede utilizarse en la recuperación de bienes muebles.

La medida exacta de la indemnización debida a un demandante cuyos bienes se han convertido indebidamente puede ser meramente nominal si el daño es técnico y el demandado puede devolver los bienes; puede limitarse al daño real en el que la mercancía puede devolverse, pero el daño es sustancial; pero en casos ordinarios es el valor total para el propietario de los bienes de los que ha sido privado.

Daños especiales

Cuando se produce la conversión, la parte lesionada debe recibir una compensación total por las pérdidas reales. Los daños especiales pueden recuperarse en una acción de conversión por cualquier lesión que resulte próximamente de la conversión. La Reafirmación (Segunda) de Agravios indica que estos daños pueden consistir en:

  • el valor adicional de un mueble debido a adiciones o mejoras realizadas por el convertidor no de buena fe.
  • el monto de cualquier otra pérdida pecuniaria cuya privación haya sido causa legal.
  • interés desde el momento en que se fijó el valor.
  • compensación por la pérdida de uso no compensada de otro modo.

Es una regla generalmente reconocida que los intereses perdidos por la conversión son recuperables. La pérdida del valor del alquiler se puede considerar como interés.

Mitigación

Se permite que el demandado demuestre la existencia de hechos que harían injusto permitir que el demandante recupere el valor total. Por lo general, el acusado no puede deducir los gastos de mantenimiento y conservación que normalmente se acumularían por el cuidado de la propiedad convertida. La devolución de la propiedad con aceptación por parte del propietario puede desestimar la acción, o ser utilizada como dato atenuante. Sin embargo, la mera oferta de la propiedad convertida no necesariamente descarta todos los daños que puedan haber ocurrido con base en el agravio original. La acción bajo un proceso legal puede ser una defensa completa y puede mitigar los daños.

Medida para convertir tipos particulares de propiedad

Los daños por conversión de granos, maíz y algodón se basan en el valor de mercado, más cualquier devengo o interés ganado.

Hay ciertos casos que requieren un cálculo especial de daños.

  • Productos básicos . Certificados de acciones o bonos que han aumentado de valor después de la conversión. Se permite la recuperación por el valor aumentado. Esta regla se puede aplicar a otros tipos de propiedad, como el algodón y el maíz.
  • Empresa comercial . La medida adecuada de daños para una empresa comercial es el valor en el momento de la conversión.
  • Papel comercial . Los daños son generalmente el valor en el momento de la conversión más los intereses devengados.
  • Pólizas de seguro . Similar a otras opciones de acción. El daño se basa en el valor en el momento de la conversión, menos el valor de las primas a pagar después de la conversión, y el valor en función de la esperanza de vida.
  • Acciones corporativas . Daños basados ​​en el valor de mercado, dividendos perdidos y devengo o pérdida de valor, considerando la oportunidad perdida de vender acciones con ganancia.
  • Propiedad separada de bienes raíces . Daños medidos según el valor de mercado y los intereses.
  • Propiedad sin valor de mercado o mantenida para uso personal . Elementos como recuerdos personales, escritos, diarios personales, planos, retratos, fotografías, memorias y similares, que no tienen un valor de mercado intrínseco, plantean una dificultad. Por lo general, el tribunal intentará desarrollar un método para llegar a un valor razonable para dicho artículo. Los resultados varían según los hechos del caso.

Práctica y procedimiento en Estados Unidos

En general

La primera cuestión en una acción de conversión es la de competencia y jurisdicción. Las meras cuestiones de propiedad dentro de las asociaciones y algunas leyes contractuales no surgen al nivel requerido para una acción de conversión. Estos son asuntos que se resuelven mejor en una demanda en equidad con una determinación de equidad en el caso. Una verdadera conversión es un caso estrictamente legal. En general, el alivio a través de una acción en conversión puede proceder, incluso si no se han agotado otros recursos potenciales. Sin embargo, una vez que se inicia la acción de conversión, es posible que el demandante no pueda buscar remedios concurrentes. Otros remedios concurrentes suelen ser:

  • Acción para recuperar la posesión que puede incluir trover , detinue y replevin , que ahora están legalmente definida y varían entre jurisdicciones.
  • Asunción
  • Procedimientos criminales

Por lo general, se puede permitir la incorporación de grupos. No es necesario nombrar a los convertidores sucesivos en una acción de conversión.

Alegato del demandante

Los hechos suficientes para constituir una causa de acción para la conversión deben establecerse en la denuncia o declaración, a fin de demostrar que el demandante tiene derecho a mantener una acción. El alegato típico debe incluir:

  • Hechos jurisdiccionales.
  • Identificación del imputado.
  • Diversidad de ciudadanía y cantidad en controversia (requerido para ingresar a un tribunal federal).
  • Prueba de título o derecho de posesión de la propiedad.
  • Descripción de la propiedad.
  • Valor de la propiedad.
  • Hechos constitutivos de la supuesta conversión del imputado.
  • Exigencia y rechazo de la devolución de la propiedad del demandado.
  • Daños sufridos por el demandante.

Respuesta del acusado

En general, el acusado debe responder al cargo de conversión afirmando:

  • Materias que pretendan probar el establecimiento de las defensas afirmativas del imputado.
  • El consentimiento del demandante a la toma del demandado (si existe, puede probarse o inferirse mediante pruebas circunstanciales).
  • Los derechos del demandado a la propiedad son superiores a los del demandante.
  • El demandante había renunciado al derecho a la propiedad oa una causa de acción posterior.
  • El demandante no pudo hacer valer ningún derecho a la propiedad frente al demandado.
  • La propiedad fue abandonada.
  • Alegando error u otra circunstancia atenuante: afirmación de que el demandante no ha intentado facilitar los intentos del demandado de resolver el problema o mitigar los daños.

Evidencia

En una acción de conversión, como en todos los casos de agravio, el testimonio de testigos es importante para establecer los hechos.

Las reglas de prueba no son diferentes en una acción de conversión a cualquier otro caso de agravio. La carga recae en el demandante para establecer el caso. En general, es necesario establecer las siguientes áreas:

  • Interés del demandante en la propiedad.
  • Identidad de la propiedad.
  • Valor de la propiedad.
  • Identificación del imputado.
  • El acusado ejercía dominio sobre la propiedad.
  • El ejercicio del dominio por parte del acusado se cometió intencionalmente.

Estos se establecen mediante testimonios y pruebas documentales.

Veredicto y juicio

Una acción en conversión es por el valor monetario de la propiedad y no por la propiedad en sí. Una sentencia que requiera daños monetarios o la devolución de la propiedad no es, per se , errónea. Un veredicto que exige solo la devolución de la propiedad es un error reversible. Queda a discreción del evaluador de hecho determinar el valor real, que puede ser diferente del valor de mercado, testimonio o evidencia documental. Un fallo es por el título y la propiedad de la propiedad en el momento de la conversión y no necesariamente afecta las transacciones posteriores que puedan haber ocurrido.

Conversión y crimen

La conversión es una interferencia con la propiedad de otra persona. Es un agravio intencional general, no un agravio intencional específico. Eso significa que la intención de tomar o tratar con la propiedad es suficiente para respaldar el reclamo, y no importa si el acusado sabía que el acto constituiría una interferencia con la propiedad de otro. Por lo tanto, las razones inocentes del acusado para el acto no pueden utilizarse como excusa. No importa si el acusado cometió un error. El remedio estándar para la conversión es un juicio por daños por un monto igual al valor justo de mercado de la propiedad. Los daños punitivos también son posibles, porque la conversión es un agravio intencional.

El remedio estándar en una acción de suspensión es una orden de devolución de la propiedad. El remedio estándar en una acción por traspaso de bienes muebles es un juicio por un monto igual al valor de la pérdida de uso de la propiedad. Los daños derivados de una reclamación por intrusión se basan en el daño causado al demandante, más que en el valor de los bienes muebles. Muchas acciones pueden constituir tanto conversión como transgresión. En estos casos, un demandante debe eventualmente elegir qué reclamo presionar en función de los daños que busca recuperar. Es la diferencia entre imponer una tarifa de alquiler y una venta total a un acusado.

En algunos casos, el ejercicio del dominio puede constituir un acto de allanamiento o un delito, por ejemplo , cuando la toma equivale a un hurto o una apropiación fraudulenta por un depositario o agente a quien se le ha confiado la propiedad de otro (Leyes de hurto de 1861 y 1901). . La conversión fraudulenta por cualquier persona para su propio uso (o el de otras personas que no sean el propietario) de la propiedad que se le confía es un delito en el caso de los custodios de la propiedad, factores, fideicomisarios bajo fideicomisos expresos por escrito ( Ley de Hurto 1861 , ss. 77-85; Ley de hurto de 1901 ).

Ver también

Referencias

Bibliografía

  • Bullen, E .; Leake, SM (1905). Precedentes de los alegatos en acciones de Bullen y Leake en la División del Banco del Rey del Tribunal Superior de Justicia (8 ed.). Dodd y Chitty.
  • Secretario, JF; Lindsell, WC (1904). Clerk and Lindsell on Torts (3 ed.). Dulce y Maxwell.
  • Dart, JH (1871). Un tratado sobre la legislación y la práctica relativas a los vendedores y compradores de bienes inmuebles . Biblioteca de la Universidad de Cornell. ISBN 978-1-112-59867-8.
  • Jarman, Thomas (1893). Tratado de testamentos (5ª ed.).
  • Lewin, Thomas (1904). Un tratado práctico sobre el derecho de los fideicomisos (2 ed.).
  • Pollock, F. (1904). El derecho de los agravios: un tratado sobre los principios de las obligaciones derivadas de los delitos civiles en el derecho común; al cual se agrega el borrador de un código de agravios civiles preparado para el gobierno de la India (7 ed.). Londres: Stevens and Sons.
  • Prosser, W .; Keeton, P .; et al. (1984). Prosser y Keeton sobre agravios (5 ed.). St. Paul, Minnesota: ISBN de West Publishing Co. 978-0-314-74880-5.