Convenio relativo al intercambio de poblaciones griegas y turcas - Convention Concerning the Exchange of Greek and Turkish Populations

La Convención sobre el intercambio de poblaciones griegas y turcas , también conocida como la Convención de Lausana , fue un acuerdo entre los gobiernos griego y turco firmado por sus representantes en Lausana el 30 de enero de 1923, a raíz de la guerra greco-turca de 1919– 1922 . El acuerdo preveía la expulsión simultánea de cristianos ortodoxos de Turquía a Grecia y de musulmanes de Grecia (en particular del norte del país) a Turquía. Estos traslados involuntarios de población involucraron a aproximadamente dos millones de personas, alrededor de 1,5 millones de griegos de Anatolia y 500.000 musulmanes en Grecia.

Intercambios de población

Con respecto a los musulmanes de Grecia, el tratado reflejaba las concepciones otomanas de "nacionalidad" en el sentido de que sus orígenes étnicos reales fueron reemplazados por la afiliación religiosa. Esto significaba que muchos musulmanes griegos de Macedonia griega y Epiro fueron clasificados como turcos y así se vieron obligados a abandonar sus hogares, a pesar de que muchos pequeños radios o ninguna turca y en realidad descendientes de la era otomana conversos al Islam griegas.

Además, muchos casos históricos de griegos pónticos del noreste de Anatolia y la región del Trans-Cáucaso que se habían convertido al Islam y adoptado el idioma turco y la identidad nacional fueron clasificados simplemente como "turcos" a los efectos de la Convención. Sin embargo, un gran número de esa comunidad griega póntica había permanecido criptocristianos hasta finales del período otomano, antes de volver a su fe cristiana ortodoxa ancestral tras la ocupación rusa de Erzurum y Gumushane en 1828 , cuando se unieron a las fuerzas invasoras y luego siguieron al Imperio ruso. Ejército de regreso a Georgia y el sur de Rusia tras su retirada.

La convención fue ratificada por el gobierno turco el 23 de agosto de 1923 y por el gobierno griego el 25 de agosto de 1923, tras la celebración del Tratado de Lausana . Se registró en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones el 27 de enero de 1925.

Condiciones

  • El artículo 1 preveía la expulsión obligatoria de los ortodoxos griegos de Turquía a Grecia y de los musulmanes de Grecia a Turquía, a partir del 1 de mayo de 1923.
  • El artículo 2 eximió de la expulsión a los griegos de la ciudad de Constantinopla , así como a los musulmanes de Tracia occidental .
  • El artículo 3 estipula que los musulmanes que ya abandonaron Grecia y los ortodoxos griegos que ya abandonaron Turquía serán considerados como parte del intercambio de población.
  • El artículo 4 estipulaba que el intercambio comenzaría con hombres griegos sanos ubicados en Turquía.
  • El artículo 5 garantiza los derechos de propiedad de todas las personas expulsadas en virtud del acuerdo.
  • El artículo 6 estipulaba que las personas con derecho a deportación que estuvieran detenidas o encarceladas por diversos delitos, serán deportadas sin perjuicio de ello y cumplirán su condena en su nuevo país.
  • El artículo 7 preveía otorgar a cada persona removida la nacionalidad de su nuevo país.
  • El artículo 8 preveía la remoción de la propiedad junto con sus propietarios.
  • El artículo 9 estipulaba el establecimiento de una comisión mixta para disponer de los bienes inmuebles dejados por las personas desplazadas.
  • Los artículos 10 a 17 regulaban el trabajo de la comisión.
  • El artículo 18 obligaba a los gobiernos de Grecia y Turquía a realizar todos los cambios necesarios en la legislación interna para ajustarse al acuerdo.
  • El artículo 19 estipula que el acuerdo entrará en vigor el mismo día que el tratado de paz previsto que se firmará con el gobierno turco.

Notas

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