Comunidades de Goa - Comunidades of Goa

Las Comunidades de Goa eran una forma de asociación de tierras desarrollada en Goa, India , donde la propiedad de la tierra era de propiedad colectiva, pero estaba controlada por los descendientes masculinos de quienes afirmaban ser los fundadores de la aldea, quienes a su vez pertenecían en su mayoría a la casta superior. grupos. Documentado por los portugueses en 1526, era la forma predominante de tenencia de tierras en Goa antes de 1961. En su forma, es similar a la forma de tenencia de tierras de muchos otros pueblos agrícolas rurales, como la de la Bolivia prehispánica y los pueblos de Pueblo. ahora en el suroeste de Estados Unidos , identificado por Karl Marx como el dualismo de las comunidades rurales: la existencia de la propiedad colectiva de la tierra junto con la producción privada de la tierra.

Codificado por los portugueses

Las comunidades eran una variante del sistema de gaunkari llamado gramasanstha (ग्रामसंस्था)). Algunos estudiosos sostienen que el término gaunkari se deriva del nombre de quienes lo componen, es decir , gaunkar ; es decir, aquellos que hacen ( kar ) el gaun o aldea. Esta institución preexistió a la llegada de los portugueses, pero fue codificada por ellos. La primera de estas codificaciones estaba contenida en el Foral de Afonso Mexia en 1526. El término gramo en gramasanstha se refiere al pueblo. Comunidades es la palabra portuguesa para "comunidades". El sistema khazan de humedales gestionados en Goa es una rama del sistema gaunkari , pero ahora es bastante distinto de las comunidades.

Socios y dividendos

Los miembros de las comunidades se llamaban gaonkars o zonnkars (en portugués, jonoeiros ). Los primeros eran los miembros de la aldea, los segundos tenían derecho a zonn , o jono , que es un dividendo pagado por la comunidade a los gaunkars y accionistas , los titulares de acções (sing. Acção ), o acciones. El sistema se aplica por igual a las tierras agrícolas y a las viviendas de las aldeas.

Cambios en el tiempo

Con el tiempo y sujetas a sistemas de administración y propiedad de la tierra en conflicto, las viejas instituciones perdieron sus características originales y las comunidades ahora son meras sociedades de titulares de derechos que son miembros por nacimiento.

Después de que el gobierno portugués terminó en Goa en 1961, las actividades de desarrollo de las aldeas, que alguna vez fueron propiedad exclusiva de las comunidades o, más específicamente, de los gaunkaris , se confiaron al gram panchayat , lo que hizo que los gaunkaris no fueran funcionales.

El surgimiento de la propiedad privada en la tierra creó un nuevo conjunto de relaciones socioeconómicas a nivel de aldea, especialmente las comunidades y los ghar-bhaatt, las dos formas principales de tenencia de la tierra que llegaron a caracterizar a la Goa portuguesa.

El funcionamiento de las comunidades ahora está estrictamente controlado por el gobierno del estado de Goa, que según los partidarios del movimiento de comunidade les deja poco margen para actuar como unidades autónomas.

Papel limitado

La única función oficial de las comunidades, actualmente, es parcelar sus tierras a tarifas aprobadas por el gobierno. Sin embargo, los partidarios del movimiento de comunidade han estado llevando a cabo una campaña decidida, aunque pequeña, para salvaguardar lo que ven como sus derechos, y continúan luchando contra la erosión del sistema de comunidade en Goa, por ejemplo, presentando demandas de propiedad de la tierra. . En 2004, el Partido Goa Su-Ray lanzó una polémica en apoyo a las comunidades.

La Ley de Arrendamiento Agrícola de Goa Daman y Diu de 1964, aprobada en 1964 por el entonces gobierno del Partido Maharashtrawadi Gomantak, extendió los derechos de arrendamiento de los inquilinos a las tierras de la comunidade, para el pago de una renta de cesión llamada foro de la comunidade. Esto ha resultado en que la mayoría de las propiedades de campo de las comunidades pasen a manos privadas y la erosión de las comunidades en su conjunto.

Así, en la actualidad, la mayor parte de la tierra de la comunidad se encuentra en las colinas, que o bien no está cultivada o se dedica a plantaciones de anacardos, a los arrendatarios. Las tierras sin cultivar de la comunida atraen a ocupantes ilegales que desarrollan barrios de chabolas.

En las zonas costeras centrales del estado, pobladas y bien desarrolladas, casi toda la tierra que alguna vez perteneció a las comunidades ha sido asignada a inquilinos o asumida por el gobierno con fines industriales.

Existen disposiciones en el Código de Comunidade (una promulgación legislativa núm. 2070 del 15 de abril de 1961) para tomar medidas contra las usurpaciones ilegales, sin embargo, generalmente no se toman medidas.

Notas

Referencias

Otras lecturas

enlaces externos