Baianismo - Baianism

El baianismo es un término aplicado a la escuela de pensamiento del teólogo católico Michael Baius (1513-1589). Refleja un giro hacia el agustinianismo sobre el escolasticismo que dominaba a la mayoría de los teólogos católicos en ese momento. Es el predecesor histórico inmediato del jansenismo y, con el jansenismo, la Iglesia católica lo ha considerado no ortodoxo.

Michel Baius (Michel de Bay)

Michel De Bay (Baius)

Michel de Bay nació en Meslin en Hainaut, hijo de Jean de Bay, un agricultor. Estudió humanidades en Brugelette y en Enghien y en 1533 comenzó a estudiar filosofía en la Universidad Vieja de Lovaina . Desde 1535 también estudió teología en el Pope Adrian VI College . Fue ordenado sacerdote en 1542 y nombrado director del Standonck-College de Lovaina. En 1550, The De Bay también obtuvo una licencia en teología y se convirtió en presidente del Colegio Adrian, y también sustituyó al profesor de Sagrada Escritura, que entonces estaba ausente en el Concilio de Trento .

Mientras el canciller Ruard Tapper y Josse Ravesteyn , profesor de teología estaban en el Concilio de Trento, Baius y su colega Jean Hessels aprovecharon la ocasión para presentar nuevos métodos y nuevas doctrinas. Creían que los apologistas católicos estaban seriamente obstaculizados por su dependencia de la autoridad y los métodos de los escolásticos, y que si en lugar de apelar a los escritos de Santo Tomás como criterio último de la verdad, insistirían más en la autoridad de la Biblia. y de las obras de los primeros padres, como San Cipriano, San Jerónimo y San Agustín, se encontrarían en un terreno mucho más seguro, y sus argumentos probablemente despertarían el respeto de sus oponentes.

A petición de los franciscanos , la Universidad de la Sorbona de París censuró dieciocho proposiciones que incorporaban las principales innovaciones de Baius y Hessels. Baius respondió a la censura en una memoria ahora perdida, y la controversia solo aumentó. El Papa Pío IV , a través del Cardenal Granvela, impuso silencio tanto a Baius como a los franciscanos, sin, sin embargo, emitir ninguna decisión doctrinal.

En 1561, Baius asistió al Concilio de Trento como teólogo del Rey de España. Baius regresó a Lovaina en 1564 y el mismo año publicó nuevos tratados. Ravestein, que había sucedido a Tapper como canciller, informó a Roma, solicitando una acción decisiva. El 1 de octubre de 1567, el Papa Pío V firmó la bula papal , "Ex omnibus afflictionibus", en la que se encontraban varias proposiciones condenadas, pero sin mencionar el nombre de Baius. Baius se mantuvo neutral al principio, pero cuando la bula papal (1567) fue llevada a la universidad y leída a la facultad, la suscribió con los demás profesores. Baius abjuró ante Morillon, vicario general de De Granvelle , todos los errores condenados en la Bula, pero no fue necesario en ese momento para firmar su retractación.

En Lovaina , Baius logró un gran nombre como líder en la reacción antiescolástica del siglo XVI. Los campeones de esta reacción lucharon bajo la bandera de Agustín de Hipona, aunque paradójicamente socavaron la doctrina de la gracia de Agustín; como resultado, las predilecciones heterodoxas-agustinas de Baius lo pusieron en conflicto con Roma en cuestiones de gracia, libre albedrío y cosas por el estilo. En varios aspectos, Baius parecía pelagiano .

En 1570, a la muerte de Ravestein, Baius se convirtió en decano de la facultad. Luego se difundieron rumores de que el nuevo decano no estaba de ninguna manera de acuerdo con la enseñanza ortodoxa. Seguidores y adversarios sugirieron un pronunciamiento claro. Llegó bajo el título de la "Explicatio articulorum", en la que Baius afirmó que, de las muchas proposiciones condenadas, algunas eran falsas y justamente censuradas, algunas sólo mal expresadas, mientras que otras, aunque discrepaban de la terminología de los escolásticos, eran aún los dichos genuinos de los Padres; en cualquier caso, con más de cuarenta de los setenta y nueve artículos, afirmó no tener nada que hacer. Baius fue nombrado canciller de Lovaina, decano de la Colegiata de San Pedro y "conservador" de los privilegios de la universidad. En 1579 el Papa Gregorio XIII publicó la bula "Provisionis nostræ" confirmando la decisión papal anterior.

Doctrina baianista

El sistema de Baius ha sido convenientemente llamado baianismo, ya que sería difícil encontrar un nombre más objetivo. Está contenido en una serie de opúsculos o folletos: "Sobre el libre albedrío"; "Justicia y Justificación"; "Sacrificio"; "Obras meritorias"; "La integridad original del hombre y los méritos de los malvados"; "Los sacramentos"; "La forma del bautismo"; "El pecado original"; "Caridad"; "Indulgencias"; "Oraciones por los muertos". El propio Baius recogió todos esos folletos en "M. Baii opuscula theologica" (Lovaina, 1566). El marurista Gerberon dio una edición más completa: "M. Baii opera cum bullis pontificum et aliis ad ipsius causum spectantibus" (Colonia, 1696). Esta edición fue incluida en el Índice en 1697 debido a su segunda parte, o "Baiana", en la que el editor da información útil acerca de Baius, pero muestra demasiada simpatía por él.

La esencia del baianismo también se encuentra en las 79 proposiciones censuradas por Pío V (Denzinger, Enchiridion, 881-959). Aparte de todas las cavilaciones, los primeros 60 se identifican fácilmente en las obras impresas de Baius, y los 19 restantes - "tales quae vulgo circumferrentur", dice una copia manuscrita antigua de la Bula "Ex omnibus" - representan la enseñanza oral del ala baianista. En el prefacio de "La integridad original del hombre", Baius dice: "¿Qué era al principio la integridad natural del hombre? Sin esa pregunta, uno no puede entender ni la primera corrupción de la naturaleza (por el pecado original) ni su reparación por la gracia de Cristo. " Esas palabras nos dan la secuencia del baianismo: (1) el estado de naturaleza inocente; (2) el estado de naturaleza caída; (3) el estado de naturaleza redimida.

(1) Estado de naturaleza inocente

Del hecho, tan fuertemente afirmado por los Padres, de la conjunción real de naturaleza y gracia en el primer hombre, Baius infiere su conexión necesaria o incluso su identidad práctica. En su opinión, la inocencia primitiva no era sobrenatural, al menos en la aceptación ordinaria de esa palabra, sino debida y exigida por la condición normal de la humanidad (que no puede, sin ella, permanecer en el estado de salvación). Y ese estado primitivo, natural del hombre, incluía entre sus requisitos necesarios el destino al cielo, la inmunidad contra la ignorancia, el sufrimiento y la muerte, y el poder inherente del mérito. Ninguno de ellos era, ni podía llamarse con razón, un don gratuito de la gracia.

(2) Estado de naturaleza caída

La caída del hombre no es, ni puede ser, según Baius, la mera pérdida de dones gratuitos o sobrenaturales, sino un mal positivo que penetra profundamente en nuestra propia naturaleza. Ese mal es el pecado original. Por pecado original, Baius entiende, en lugar de una simple privación de gracia, la concupiscencia habitual misma, transmitida según las leyes de la herencia y desarrollada según las leyes del crecimiento físico y psíquico. Es un pecado o mal moral en sí mismo, incluso en niños irresponsables, y eso al margen de toda relación con una voluntad, sea original o personal. Entonces, ¿qué ocurre con la libertad humana como fuente de responsabilidad moral? Baius no cree necesario que, para ser agentes morales, estemos libres del determinismo interno, sino solo de la coacción externa. De una fuente tan contaminada, aparte de la Redención, solo pueden fluir acciones contaminadas. A veces pueden parecer virtuosos, pero es solo una apariencia (vitia virtutes imitantia). En verdad, todas las acciones humanas, no purificadas por la Redención, son vicios puros y simples y vicios condenatorios en eso (vitia sunt et damnant).

(3) Estado de la naturaleza redimida

Los dones de la inocencia primitiva, perdidos por el pecado original, son restaurados por Jesucristo. Entonces y sólo entonces se convierten en gracias, no, en verdad, debido a su carácter sobrenatural, sino debido a la indignidad positiva del hombre caído. Con la ayuda de la gracia, los redimidos pueden realizar acciones virtuosas y adquirir méritos para el cielo. ¿Implica eso un estatus superior, una renovación interior o una gracia santificante? –Baius no lo considera necesario. La acción moral, ya sea justicia, caridad u obediencia a la ley, es el único instrumento de justificación, virtud y mérito. El papel de la gracia consiste exclusivamente en mantener bajo control la concupiscencia, y así capacitarnos para realizar acciones morales y cumplir la ley. Es cierto que Baius habla de la remisión del pecado como necesaria para la justificación, pero esto es solo una fictio iuris; de hecho, un catecúmeno antes del bautismo o un penitente antes de la absolución puede, simplemente guardar los preceptos, tener más caridad que ciertos hombres llamados justos. Si el catecúmeno y el penitente no se denominan justos, es sólo por deferencia a la Sagrada Escritura, que para una justicia completa requiere tanto la novedad de vida (es decir, la acción moral) como el perdón del pecado (es decir, del reatus, o la posibilidad de castigo). Conceder ese tipo de perdón es el único objeto y eficacia de los sacramentos de difuntos, el bautismo y la penitencia. En cuanto a los sacramentos de los vivos, la Eucaristía, única sobre la que Baius expresó su opinión, no tiene otro valor sacrificatorio que el de ser una buena acción moral que nos acerca a Dios.

Punto de vista católico

La enseñanza católica, ya esbozada contra los pelagianos por varios concilios y papas del siglo V, es totalmente presentada contra los reformadores por el Concilio de Trento , especialmente la Sesión V, Decreto sobre el Pecado Original, y la Sesión VI, Decreto sobre Justificación. En esas dos sesiones, ambas anteriores a los escritos de Baius, encontramos tres declaraciones que son obviamente irreconciliables con las tres posiciones principales de Baius descritas anteriormente: (1) la justicia original del hombre se representa como un don sobrenatural; (2) El pecado original no se describe como un deterioro profundo de nuestra naturaleza, sino como la pérdida de privilegios puramente gratuitos; (3) La justificación se describe como una renovación interior del alma por la gracia inherente.

La condena de Pío V de los 79 principios baianistas es un acto del magisterio supremo de la Iglesia, un pronunciamiento ex cátedra. Decir, con los baianistas, que el acto papal condena no los principios reales y concretos del profesor de Lovaina, sino sólo ciertas proposiciones hipotéticas o imaginarias; Afirmar que la censura no está dirigida a la enseñanza subyacente, sino solo a la vehemencia o dureza de las expresiones externas, es prácticamente embrutecer el documento pontificio. Por el tenor de la Bula, "Ex Omnibus", sabemos que a cada una de las 79 proposiciones se aplicará una o varias o todas las siguientes censuras: hæretica, erronea, suspecta, temeraria, scandalosa, in pias aures offendens .

Para una determinación más precisa de la doctrina católica, tenemos que consultar, además del Concilio de Trento, el consenso Catholicorum theologorum . Ese consenso fue expresado sin duda por universidades como París, Salamanca, Alcalá y la propia Lovaina, y por teólogos como Cunerus Petri (m. 1580 - "De gratiâ", Colonia, 1583); Suárez (m. 1617 - "De gratiâ Dei" en Op. Omn., VII, París, 1857); Robert Belarmino (m. 1623– "De gratiâ et libero arbitrio", en Controversiæ, IV, Milán, 1621); Juan Martínez de Ripalda (m. 1648 - "Adversus Baium et Baianos", París, 1872); Stayaert (m. 1701– "In propositiones damnatas assertiones", Lovaina, 1753); Honoré Tournély (m. 1729 - "De Gratiâ Christi", París, 1726); Casini (m. 1755 - "Quid est homo?", Ed. Scheeben , Mainz, 1862).

Sin embargo, no debe omitirse aquí que, incluso aparte del jansenismo , que es una rama directa del baianismo, en la historia de la teología se encuentran algunos rastros de las ideas de Baius sobre lo natural y lo sobrenatural. La Escuela Agustiniana , representada por hombres como Henry Noris , Fulgentius Bellelli y Giovanni Lorenzo Berti , adoptó, aunque con matices, la idea de la aspiración natural del hombre a la posesión de Dios y la visión beatífica en el Cielo. El trabajo estándar de esa escuela, "Vindiciæ Augustinianæ", fue incluso una vez denunciado a la Santa Sede, pero no hubo censura. Más tarde, Benedict Stattler , Georg Hermes , Anton Günther , JB Hirscher y Johannes von Kuhn desarrollaron una noción de lo sobrenatural que es similar a la de Baius. Aunque admitían dones relativamente sobrenaturales, negaban que la participación de la naturaleza divina y la adopción a la vida eterna difieran esencialmente de nuestra vida moral natural. Kleutgen se opuso a esa teoría y ahora parece haberse extinguido. La nueva teoría francesa de la "inmanencia", según la cual el hombre postula lo sobrenatural, también puede tener algún parentesco con el baianismo, pero sólo puede mencionarse aquí, ya que todavía es el centro de la controversia. Matulewicz, "Doctrina Russorum de Statu iustitiæ originalis" (Cracovia, 1903), dice que la teología rusa moderna encarna en gran medida los puntos de vista de Baius.

Otras lecturas

Para un análisis de las diferencias teológicas de Baius desde una perspectiva jesuita católica , especialmente en las interpretaciones de Baius de Agustín, y su relación con el jansenio y el jansenismo, ver Lubac, Henri de (1969). Agustinianismo y Teología Moderna . Traducido por Lancelot Sheppard. Herder & Herder. ISBN 0-8245-1802-0.

Referencias

Fuentes

  •  Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio públicoSollier, Joseph (1907). "Michel Baius" . En Herbermann, Charles (ed.). Enciclopedia católica . 2 . Nueva York: Robert Appleton Company.
  • "Baius, Michael" . Encyclopædia Britannica . Servicio Premium de Encyclopædia Britannica. 2005 . Consultado el 8 de abril de 2005 .

enlaces externos