Ley de nacionalidad angoleña - Angolan nationality law

Ley de Nacionalidad de Angola
Emblema de Angola.svg
Parlamento de angola
  • Lei nº 02/16, de 15 de abril de 2016: Lei da Nacionalidade, que estabelece as condições de atribuição, aquisição, perda e reaquisição da nacionalidade angolana
Promulgado por Gobierno de angola
Estado: legislación vigente

La ley de nacionalidad angoleña está regulada por la Constitución de Angola , en su forma enmendada; la Ley de Nacionalidad y sus revisiones; y diversos convenios internacionales de los que el país es signatario. Estas leyes determinan quién es o puede ser ciudadano de Angola. Los medios legales para adquirir la nacionalidad , la membresía legal formal en una nación, difieren de la relación doméstica de derechos y obligaciones entre un nacional y la nación, conocida como ciudadanía . La nacionalidad angoleña se obtiene típicamente bajo el principio de jus sanguinis , es decir, por nacimiento en Angola o en el extranjero de padres con nacionalidad angoleña. Se puede otorgar a personas afiliadas al país oa un residente permanente que haya vivido en el país durante un período determinado por naturalización.

Obtener la nacionalidad angoleña

La nacionalidad se puede obtener en Angola por nacimiento o naturalización. La legislación angoleña distingue entre atribución y adquisición de nacionalidad. La atribución es automática y desde el nacimiento; mientras que la adquisición se obtiene más tarde y con vigencia en el futuro.

Por nacimiento

Los nacimientos deben registrarse en el Registro Civil y se debe acreditar la nacionalidad de los padres. La prueba puede ser la presentación del registro de nacimiento de los padres o una cédula de identidad. En el caso de un nacimiento en el extranjero, también puede ser necesaria una declaración ante funcionarios consulares.

  • Personas nacidas en cualquier lugar de al menos uno de los padres que tenga la nacionalidad angoleña;
  • Recién nacidos expósitos , menores de un año, sin evidencia perceptible de la nacionalidad o identidad de sus padres; o
  • Personas que más tarde en la vida descubrieron que al nacer tenían un progenitor de nacionalidad angoleña.

Por naturalización

La nacionalidad angoleña se puede adquirir mediante solicitud para las personas que hayan cumplido los dieciocho años, la mayoría de edad y tengan capacidad jurídica , ante el Ministerio de inmigración. Deben proporcionar documentación que confirme la identidad, el estado económico y la falta de antecedentes penales graves, así como evidencia de exámenes satisfactorios por parte de la Comisión de Ciudadanía. Los solicitantes deben demostrar que son de buen carácter, pueden integrarse con la sociedad angoleña, son autosuficientes y capaces de mantenerse por sí mismos, y no tienen antecedentes penales con penas superiores a tres años de condena. Además, los solicitantes deben realizar exámenes para confirmar su comprensión de la educación cívica angoleña , la capacidad adecuada en portugués y el conocimiento de las normas culturales y sociales del territorio. Diez años de residencia se calculan a partir de la fecha de emisión de un permiso de residencia permanente . Tras la aprobación, los solicitantes deben realizar un juramento de lealtad . Además de los extranjeros que cumplen con los criterios, otras personas que pueden solicitar la naturalización incluyen:

  • Cónyuges o personas en Sociedades Registradas con ciudadanos angoleños, siempre que la unión sea legalmente válida y en curso, el socio extranjero dé su consentimiento y la unión se haya producido al menos cinco años antes de la solicitud;
  • Adoptados menores, para los mayores de catorce años con el consentimiento del niño, previa solicitud y certificación de una orden de adopción;
  • Niños menores de catorce años abandonados o huérfanos ;
  • Hijos menores o incapacitados de padres angoleños naturalizados;
  • Apátridas que no tengan otra nacionalidad, previa solicitud sin cumplir criterios generales; o
  • Personas que hayan prestado un servicio artístico, atlético, empresarial o científico excepcional a la nación, a discreción de la Asamblea Nacional o del Presidente.

Pérdida de la nacionalidad

Los angoleños a los que se les atribuyó la nacionalidad al nacer no pueden ser privados de ella. Se les permite renunciar a su nacionalidad, siempre que la renuncia se inscriba oficialmente en el Registro Central. Las personas pueden ser desnaturalizadas en Angola cometiendo un delito contra la seguridad del Estado; sirviendo a otra nación a título oficial sin haber informado previamente a la Asamblea Nacional de Angola; sirviendo en un ejército extranjero; por haber obtenido la nacionalidad mediante fraude, falsa representación u ocultación; o por haber adquirido la nacionalidad angoleña pero utilizar otra nacionalidad para obtener beneficios restringidos a clases específicas de personas.

Doble nacionalidad

Angola ha permitido la doble nacionalidad desde 1991. La Ley de Nacionalidad de 1984 desalentó la doble nacionalidad, pero reconoció que, en base a acuerdos internacionales, tal condición podría existir voluntaria o involuntariamente. Desde 1991, la Ley de Nacionalidad no prohíbe la doble nacionalidad, pero reconoce que las otras nacionalidades que posean los angoleños no deben tener aplicabilidad legal mientras se encuentren en Angola.

Historia

Reino de Kongo (1350-1575)

El territorio que es Angola fue tradicionalmente parte de las tierras conquistadas y consolidados por acuerdo de los gobernantes de Mpemba Kasi en el período entre 1350 y 1375. Alrededor de 1390, la capital del Reino del Kongo se estableció en Mbanza-Kongo por Lukeni lua Nimi , el primer rey. El reino se expandió por alianza y conquista durante el siglo XVI. Aunque las provincias y subprovincias normalmente conservaban su independencia, pagaban tributo y le debían lealtad al rey. La jerarquía gobernante dominaba las economías de las aldeas donde las tierras comunales se cultivaban y los bienes se distribuían entre los hogares trabajadores. Las rentas y los excedentes de producción se pagaban a la clase dominante local, cuya autoridad probablemente se basaba en redes de parentesco. Las ciudades más grandes fueron apoyadas por la producción de plantaciones que fue trabajada por esclavos, que pertenecían a la nobleza local. Los representantes de la clase dominante normalmente dividían sus espacios de vida entre la ciudad y el campo para asegurarse de que se pagaran los impuestos, que facilitaban la adquisición de bienes comerciales. La autoridad del rey se estableció a través de su control de las propiedades que sustentaban la capital y su uso estratégico del linaje y el patrocinio. Para asegurar el apoyo de la nobleza, el rey envió nobles a las zonas rurales durante breves períodos de tiempo y, como incentivo para el éxito, los trasladó a distritos más importantes y, finalmente, a la capital.

Entre 1482 y 1484, el explorador portugués Diogo Cão exploró el estuario del río Zaire y se encontró con los habitantes del reino. Una segunda exploración de Cão tuvo lugar entre 1485 y 1486, en la que se dirigió a la capital, M'banza-Kongo. En 1491, llegó una flota que incluía sacerdotes, soldados y constructores y, tras dirigirse a la capital, bautizó al rey Nzinga a Nkuwu , que tomó el nombre de João, y a cinco de sus principales jefes. El hijo de João, Nzinga Mbemba , que tomó el nombre de Afonso I, también fue bautizado ese año. Alfonso se convirtió en un cristiano comprometido y utilizó el cristianismo para expandir y consolidar su reinado cuando sucedió a su padre en 1506. En 1509, Alfonso utilizó tropas portuguesas para ayudar a someter los territorios al norte de Nsundi , que incluían Nsanga y Masinga, dos productores de cobre. ciudades que estaban alineadas con el Reino de Tio . A lo largo de su reinado, Alfonso estuvo involucrado en el comercio de esclavos con los portugueses, que necesitaban la mano de obra para sus plantaciones brasileñas.

Tras la muerte de Alfonso, el reino se debilitó y vio reinar una sucesión de monarcas efímeros entre 1545 y 1568. Pidiendo apoyo a sus aliados portugueses, cuando M'banza-Kongo fue saqueado por el pueblo Yaka en 1569, Álvaro I buscó refugio en una isla en el río Congo. Sebastião I de Portugal envió 600 hombres bajo el mando de Francisco Gouveia Sottomaior , el gobernador de Santo Tomé , quienes pudieron restaurar a Álvaro al trono en 1574. A cambio de su apoyo, Sebastião hizo que Álvaro firmara documentos oficiales de vasallaje y aceptara ayudar a los portugueses a establecer una colonia en el Reino de Ndongo en un área al sur del río Cuanza . Sebastião ya le había dado a Paulo Dias de Novais una carta real para colonizar y establecer el Reino de Angola, sobre el cual se convertiría en Capitán-Gobernador y señor hereditario .

Período portugués (1575-1975)

Dias estableció la Colonia de Angola ocupando la isla de Luanda en 1575. Fundó la capital de Luanda al año siguiente con cien familias y cuatrocientos soldados. Hasta la década de 1920, Portugal mantuvo Luanda y Benguela, que fundó en 1587, pero no pudo extender su control al interior del país debido a la resistencia a la colonización, la guerra interna y las enfermedades tropicales que mataron a posibles colonos. En virtud de las Ordenanzas de Manuel I  [ pt ] ( portugués : Ordenações Manuelinas ), compiladas por Portugal en 1521, los tribunales tuvieron libertad de acción para interpretar el derecho consuetudinario y las costumbres locales en los territorios sin los tribunales superiores establecidos. Se definía a los nacionales como aquellos nacidos en territorio portugués y salir del territorio sin permiso del soberano era motivo de desnaturalización. En 1603, las Ordenanzas de Felipe I  [ pt ] ( portugués : Ordenações Filipinas ) establecieron que los ciudadanos portugueses eran niños nacidos en la Península Ibérica o islas adyacentes, Brasil , o de un funcionario al servicio de la corona en las posesiones portuguesas de África o Asia, cuyo padre era nativo de Portugal, o cuya madre era nativa de Portugal y cuyo padre era un extranjero que había establecido su domicilio en Portugal durante un mínimo de diez años. Aquellos que no estaban al servicio de la corona en las colonias (excepto Brasil) no fueron considerados portugueses. Un niño no puede derivar la nacionalidad directamente de su madre a menos que sea ilegítimo .

La primera Constitución de Portugal , redactada en 1822, definía a los sujetos de la corona portuguesa como hijos de un varón, originario de cualquiera de los territorios del reino. El esquema de nacionalidad establecido en 1603 se mantuvo prácticamente sin cambios, excepto por algunas aclaraciones, como los hijos legítimos de un padre portugués o los hijos ilegítimos de una madre portuguesa nacida en el extranjero podrían ser nacionales si residían en Portugal y los hijos nacidos de una madre portuguesa y un padre extranjero sólo podía obtener la nacionalidad portuguesa al alcanzar la mayoría de edad y solicitarla. Dos nuevas disposiciones incluían que los expósitos descubiertos en suelo portugués se consideraban nacionales, al igual que los libertos . La naturalización solo estaba disponible para los hombres extranjeros que se casaban con mujeres portuguesas, y solo si tenían inversiones en el país o prestaban servicios a la corona. La desnaturalización resultó del servicio prestado a un gobierno extranjero o de recibir beneficios de él, o de obtener otra nacionalidad. En 1826 se adoptó una nueva constitución (que estuvo en vigor de 1826 a 1828, de 1834 a 1836 y de 1842 a 1910) que otorgaba la nacionalidad a cualquier persona nacida en suelo portugués. Se aceptaba que el nacimiento por descendencia establecía la nacionalidad, siempre que el padre viviera en Portugal o estuviera en el extranjero al servicio del monarca. Las disposiciones estipulaban que solo los hijos ilegítimos podían obtener la nacionalidad de su madre y establecían que una ley de nacionalidad debía definir las disposiciones para la naturalización.

El nuevo código de nacionalidad fue promulgado como Decreto de 22 de octubre de 1836, que estableció que los motivos para la naturalización incluían haber alcanzado la mayoría de edad, demostrar medios adecuados de autosuficiencia y tener un mínimo de dos años de residencia, que se podía renunciar si se tenía portugués. ascendencia. El Código Civil de 1867 reiteró requisitos de nacionalidad similares a los que habían estado en vigor anteriormente, con la excepción de que una mujer extranjera, al contraer matrimonio con un marido portugués, adquiere automáticamente la nacionalidad portuguesa. También disponía que las portuguesas que se casaban con extranjeros perdían su nacionalidad, a menos que se convirtieran en apátridas, y no podían volver a adquirir la condición de portuguesas a menos que el matrimonio terminara y ella viviera en Portugal. Mantuvo las disposiciones del Decreto de 1836 para la naturalización, pero aumentó la residencia a tres años y agregó estipulaciones de que los solicitantes deben haber completado sus deberes militares en su país de origen y que no tienen antecedentes penales. El Código Indígena ( portugués : código indígenato ) de 1899, especificaba que la población nativa de Angola se regía por el derecho africano consuetudinario, mientras que la población blanca no nativa estaba sujeta al derecho portugués. El Código creó dos clases de ciudadanos y una diferenciación en cuanto a quién recibió o no todos los derechos. Los requisitos de nacionalidad se mantuvieron estables y no volvieron a cambiar significativamente hasta 1959, cuando una nueva Ley de Nacionalidad (Lei n.º 2098) otorgó la nacionalidad portuguesa a cualquier persona nacida en Angola, a menos que los padres fueran diplomáticos extranjeros. Las mujeres casadas seguían obteniendo la nacionalidad de su marido, con la excepción de que una mujer podía conservar su nacionalidad de origen si declaraba específicamente que no quería ser portuguesa y podía probar que su país de origen permitía conservar su nacionalidad después del matrimonio.

Después de un extenso conflicto entre 1961 y 1974, Portugal acordó iniciar el proceso de descolonización y mediante el Decreto del 25 de abril de 1974 creó los países africanos de Angola, Cabo Verde, Guinea Bissau, Mozambique y Santo Tomé y Príncipe. Esto fue precipitado por el colapso de la dictadura del Estado Novo en Portugal, ese año. El Acuerdo de Alvor , redactado en enero siguiente, estableció los términos de la independencia de Angola. Entre los términos figuraban disposiciones sobre la nacionalidad que especificaban que los nacidos en Angola, a menos que optaran por conservar otra nacionalidad, se convertirían en ciudadanos angoleños el 11 de noviembre de 1975. También disponía que las personas que residen en Angola y que no nacieron allí, las personas nacidas en Angola residentes en Portugal, y los ciudadanos portugueses domiciliados en Angola tendrían su condición jurídica aclarada en la ley. Antes de que pudieran redactarse los estatutos o celebrarse elecciones para una convención constitucional, las facciones políticas en Angola reanudaron la lucha. En un intento por resolver la cuestión de la nacionalidad de aquellos en los nuevos países, Portugal promulgó el Decreto-Ley 308/75 el 24 de junio de 1975. Sus términos asumían que la nacionalidad angoleña se otorgaría a los habitantes del territorio y proclamaba que aquellos que no perderían La nacionalidad portuguesa en el momento de la independencia incluía solo a las personas nacidas en Portugal pero que vivían en el extranjero y las personas nacidas en el extranjero en el territorio pero que habían establecido vínculos a largo plazo con la cultura portuguesa al vivir en Portugal. No se ofreció ninguna opción a otros ciudadanos portugueses para conservar su estatus y la pérdida automática de la nacionalidad dejó a muchos ex ciudadanos coloniales apátridas.

Post-independencia (1975-presente)

La Constitución angoleña de 1975 no definió quiénes eran nacionales ni los requisitos para obtener la nacionalidad. Estos estaban contenidos en la primera Ley de Nacionalidad que se redactó en 1975. Proporcionaba la nacionalidad angoleña a las personas nacidas en el territorio o los niños nacidos en el extranjero de al menos uno de los padres que era angoleño, siempre que no tuvieran nacionalidad extranjera o sus padres no fueran en Angola en servicio como diplomático extranjero. Para aquellos que tenían más de la mayoría en el momento de la independencia, la Ley de 1975 proporcionaba la nacionalidad general a los nacidos en Angola y la opción de declarar que querían el estatus de angoleño si habían nacido en el extranjero de padres angoleños. A los que no quisieron ser angoleños se les permitió renunciar a su nacionalidad en el plazo de un año desde la independencia. Los extranjeros pueden naturalizarse después de diez años de residencia o una residencia de tres años si están casados ​​con un angoleño y se toman disposiciones para la naturalización de quienes han ayudado en el movimiento independentista. Los hijos de personas naturalizadas siguieron la condición de sus padres, pero se les permitió optar por entrar o salir de la nacionalidad angoleña al alcanzar la mayoría de edad. Se puede retirar la nacionalidad a quienes se oponen a la independencia o actúan para causar la muerte de la población civil. Angola fue única entre las naciones africanas por su pronta adopción de los principios de igualdad entre hombres y mujeres, principalmente debido a su período socialista .

La Ley de Nacionalidad ha sido enmendada en numerosas ocasiones, en 1984, 1991, 2005 y 2016. La versión de 1984 desaconsejaba firmemente la doble nacionalidad, confirmó que los expósitos o niños que de otro modo serían apátridas eran angoleños y estableció que las personas que perderían su nacionalidad al el matrimonio con un ciudadano angoleño podría obtener la nacionalidad angoleña. En 1986 se aprobó un Reglamento de Nacionalidad (Decreto No. 1/86), que estuvo en vigor hasta 2017. Exigía que los nacimientos se inscribieran en la Oficina de Registro Central de Angola (en portugués : Conservatória dos Registos Centrais ) o en el extranjero con funcionarios consulares. Exigía que se presentara prueba de la nacionalidad parental, o la falta de ella. También especificó los requisitos de documentación para otros medios de adquirir la nacionalidad angoleña y, por primera vez, estableció disposiciones para adquirir la nacionalidad mediante adopción. Durante un alto el fuego entre 1991 y 1992 en la Guerra Civil de Angola , la Constitución de Angola fue objeto de una importante enmienda (Ley Nº 12/91) y añadió el artículo 19, que estipulaba que la nacionalidad y la ciudadanía en Angola se adquirirían o perderían según las especificaciones. en la legislación. Según los términos de la Ley de Nacionalidad revisada en 1991, se hizo una distinción entre aquellos que automáticamente obtuvieron la nacionalidad y ciudadanía a través de la atribución (nacimiento) y aquellos que las obtuvieron a través de la adquisición (naturalización). También marcó un cambio en el tratamiento de la doble nacionalidad, considerándola aceptable, a menos que la persona renunciara específicamente a su nacionalidad angoleña.

En 1992, se promulgó una Constitución Provisional, con la expectativa de que permanecería vigente solo hasta que la Asamblea Nacional pudiera redactar una carta permanente, pero la Guerra Civil se reanudó, dejando la Constitución Provisional en su lugar. Se modificó ligeramente mediante enmiendas en 1996 y 2005. También en 2005, se enmendó la Ley de nacionalidad con el objetivo de prevenir los matrimonios fraudulentos y se estipuló que la duración del matrimonio debía ser de al menos cinco años y que el cambio de nacionalidad requería el consentimiento del cónyuge. . La enmienda también agregó la adquisición de la nacionalidad por medios fraudulentos como base para la desnaturalización. En 2010, se adoptó una nueva constitución que incluía los motivos para la atribución o adquisición de la nacionalidad como se especifica en la Ley de Nacionalidad de 1991, lo que los convierte en derechos fundamentales. En 2016 se reformó la Ley de Nacionalidad, manteniendo el mismo esquema básico, pero dificultando la naturalización. Excluyó específicamente a los ciudadanos extranjeros y sus descendientes, nacidos en Angola antes de la independencia, de adquirir la nacionalidad angoleña si no habían tomado previamente medidas para adquirir un pasaporte o una tarjeta de identificación. Esta disposición se promulgó para reducir el aumento de la inmigración de personas con doble nacionalidad que adquirieron la nacionalidad angoleña y luego utilizaron su doble condición de manera arbitraria para obtener ventajas, como evitar las regulaciones de inmigración o utilizar su otra nacionalidad para obtener los beneficios ofrecidos a los extranjeros.

Referencias

Citas

Bibliografía

enlaces externos

Leyes en ingles

Leyes en portugués